INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
Resolución 173/2022
RESOL-2022-173-APN-INASE#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 29/12/2022
VISTO el Expediente EX-2022-28906175--APN-DRV#INASE del Registro del
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita
del ex - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y
CONSIDERANDO:
Que no se ha realizado el pago de arancel anual en el Registro Nacional
de la Propiedad de Cultivares de las creaciones fitogenéticas de soja,
de denominaciones AZUL 35, NA66R, NM70R, NM55R, MERCEDES 76, MERCEDES
72, ANTA 80, ANTA 83, AYELEN 22, ANDREA 63, ANDREA 60, MARIA 50, MARIA
54, RMO 75, RMO 4637, RMO 58, LEO 7800, LEO 6401, RM 4839, RM 5601, RM
8201, RM 7800, RM 3101, RM 3300, RM 5700, RM 6001, RM 6900, RM 7200,
RMO 805, RMO 77, RM 3801 y RM 5500; y de las creaciones fitogenéticas
de trigo pan de denominaciones SIRIRI, CENTINELA, CH 12559, CH 12576 y
CH 13338, conforme lo establecido por el Artículo Nº 30 inciso e) de la
Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247 y el Artículo Nº
36 inciso e) del Decreto Nº 2.183 de fecha 21 de octubre de 1991,
reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº
20.247.
Que habiéndose efectuado el reclamo fehaciente de pago y transcurrido
el plazo establecido, no se ha obtenido respuesta del titular.
Que dicho reclamo se ha realizado mediante Nota
NO-2022-28907294-APN-DRV#INASE, indicando para algunas variedades su
nombre experimental y número de RNC, según se detalla a continuación:
AZUL 35, NA66R, NM70R, NM55R, SIRIRI, CENTINELA, RMO 75, RMO 4637, RMO
58, RM 4839, RM 5601, RM 8201, RM 7800 y RM 6001, notificadas bajo las
siguientes denominaciones experimentales y números de RNC: CM 3077 N RR
(RNC 7592), LEO 21899 (RNC 7596), LEO 23999 (RNC 7598), LEO 8499 (RNC
7599), RELMO SIRIRI (RNC 9537), RELMO CENTINELA (RNC 9538), LEO
11530-02 (RNC 9901), LEO 14401-02 (RNC 9904), LEO 25505-02 (RNC 9908),
LEO 4539-05 (RNC 11290), LEO 8900-05 (RNC 11294), LEO 234-05 (RNC
11295), LEO 88-05 (RNC 11297) y RM 5900 (RNC 12160), respectivamente.
Que en este sentido, la Dirección de Registro de Variedades del
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita
de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE
ECONOMÍA, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la suscripta es competente para dictar el presente acto, en virtud
de lo establecido en el Artículo 9º del Decreto Nº 2.817 de fecha 30 de
diciembre de 1991, ratificado por la Ley Nº 25.845.
Por ello,
LA PRESIDENTA DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Declárese la caducidad del Título de Propiedad de las
creaciones fitogenéticas de soja de denominaciones AZUL 35, NA66R,
NM70R, NM55R, MERCEDES 76, MERCEDES 72, ANTA 80, ANTA 83, AYELEN 22,
ANDREA 63, ANDREA 60, MARIA 50, MARIA 54, RMO 75, RMO 4637, RMO 58, LEO
7800, LEO 6401, RM 4839, RM 5601, RM 8201, RM 7800, RM 3101, RM 3300,
RM 5700, RM 6001, RM 6900, RM 7200, RMO 805, RMO 77, RM 3801 y RM 5500;
y de las creaciones fitogenéticas de trigo pan de denominaciones
SIRIRI, CENTINELA, CH 12559, CH 12576 y CH 13338, pasando a ser de uso
público.
ARTÍCULO 2º.- Publíquese, notifíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro del Boletín Oficial y archívese.
Silvana Babbitt
e. 02/01/2023 N° 107121/22 v. 02/01/2023