MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 1131/2022
RESOL-2022-1131-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 29/12/2022
Visto el expediente EX-2022-76955273- -APN-DPRES#PFA, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del Plan
de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2023, formulado por la
Superintendencia de Bienestar de la Policía Federal Argentina,
organismo actuante en el ámbito del Ministerio de Seguridad.
Que la ley 24.156 y sus modificaciones, contiene en el Capítulo III del
Título II el Régimen Presupuestario de Empresas Públicas, Fondos
Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración
Nacional.
Que en el decreto 1776 del 29 de noviembre de 2007 se estableció que
las Obras Sociales allí detalladas dependientes de las Fuerzas Armadas,
de la Policía Federal Argentina y del Servicio Penitenciario Federal,
quedan comprendidas dentro del concepto de Obras Sociales Estatales a
que alude el artículo 3° del anexo al decreto 1731 del 7 de diciembre
de 2004, resultándoles de aplicación en materia presupuestaria lo
establecido en el Capítulo III del Título II de la ley 24.156 y sus
modificaciones.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la Oficina
Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto
de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, sobre la
medida propiciada.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta resolución se dicta en virtud de las facultades previstas en
el artículo 49 de la ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1344 del
4 de octubre de 2007.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el
ejercicio 2023 de la Superintendencia de Bienestar de la Policía
Federal Argentina, organismo actuante en el ámbito del Ministerio de
Seguridad, de acuerdo con el detalle obrante en los anexos I
(IF-2022-125166021-APN-SSP#MEC) y II (IF-2022-125166093-APN-SSP#MEC),
que integran esta resolución.
ARTÍCULO 2°.- Estímanse en la suma de treinta y cinco mil ciento
noventa millones doscientos veintinueve mil cuatrocientos veinticuatro
pesos ($ 35.190.229.424) los ingresos corrientes, y fíjanse en la suma
de treinta y cuatro mil novecientos ochenta y un millones veintiún mil
ochocientos sesenta y seis pesos ($ 34.981.021.866) los gastos
corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado
Económico (Ahorro) estimado en doscientos nueve millones doscientos
siete mil quinientos cincuenta y ocho pesos ($ 209.207.558), de acuerdo
con el detalle que figura en las planillas del anexo II
(IF-2022-125166093-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 3°.- Estímanse en cero pesos ($ 0) los recursos de capital, y
fíjanse en la suma de ciento ochenta y cinco millones setecientos
setenta y cuatro mil doscientos ochenta pesos ($ 185.774.280) los
gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el
Resultado Económico establecido en el artículo 2° de esta resolución,
estímase el Resultado Financiero (Superávit) para el ejercicio 2023, en
la suma de veintitrés millones cuatrocientos treinta y tres mil
doscientos setenta y ocho pesos ($ 23.433.278), de acuerdo con el
detalle obrante en las planillas del anexo II
(IF-2022-125166093-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Sergio Tomás Massa
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 02/01/2023 N° 107361/22 v. 02/01/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)