ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA

Disposición 2/2023

DI-2023-2-E-AFIP-SDGADF

Ciudad de Buenos Aires, 02/01/2023

VISTO el Expediente Electrónico EX-2022-02353357- -AFIP-SDGADF, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Disposición N° 231 (AFIP) del 25 de agosto de 2017 se habilitó el sistema electrónico de contrataciones denominado “Portal de Compras AFIP” como herramienta para gestionar en forma electrónica los procedimientos de selección establecidos en el Régimen General para Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras Públicas de la AFIP, aprobado por la Disposición N° 297 (AFIP) del 11 de junio de 2003.

Que a través de la norma referida en primer término se aprobaron el Manual de Procedimiento del sistema “Portal de Compras AFIP”, las Políticas, los Términos y las Condiciones de Uso del referido sistema el Procedimiento de Registro y Autenticación de los Proveedores y el Procedimiento de Inscripción y Actualización de Datos para los interesados en participar en los procedimientos de selección realizados por la Administración Federal de Ingresos Públicos.

Que además, por dicha norma se dispuso la creación del Registro de Proveedores de la AFIP.

Que por la Disposición DI-2022-247-E-AFIP-AFIP del 28 de noviembre de 2022 se aprobó el Régimen General para Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras Públicas de la Administración Federal de Ingresos Públicos, abrogándose, entre otras normas, la Disposición N° 231/17 (AFIP).

Que por tal motivo resulta necesario el dictado de una nueva norma en la materia, otorgando mayor agilidad y eficiencia al procedimiento, resguardando el principio de transparencia.

Que ha tomado la intervención que le compete la Subdirección General de Asuntos Jurídicos.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 98de la Disposición DI-2022-247-E-AFIP-AFIP.

Por ello,

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Habilítase el sistema electrónico de contrataciones denominado “Portal de Compras AFIP”, cuyo sitio “web” es http://www.afip.gob.ar/compras, como herramienta para gestionar en forma electrónica los procedimientos de selección establecidos en el Régimen General para Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras Públicas de la Administración Federal de Ingresos Públicos aprobado por la Disposición DI-2022-247-E-AFIP-AFIP del 28 de noviembre de 2022.

ARTÍCULO 2°.- Apruébase el Manual de Procedimiento del sistema “Portal de Compras AFIP” que se consigna en el Anexo I (IF-2023-00008047-AFIP-SDGADF) de la presente.

ARTÍCULO 3°.- Apruébanse las Políticas, Términos y Condiciones de Uso del sistema “Portal de Compras AFIP” detallados en el Anexo II (IF-2023-00008046-AFIP-SDGADF), a los que deberán sujetarse los usuarios para la utilización del sistema.

ARTÍCULO 4°.- Apruébase el Procedimiento de Registro y Autenticación de los Proveedores, establecidos en el Anexo III (IF-2023-00008045-AFIP-SDGADF).

ARTÍCULO 5°.- Créase el Registro de Proveedores de AFIP que será continuador del que fuera creado por Disposición N° 231/2017 (AFIP) y apruébese el Procedimiento de Inscripción y Actualización de Datos en el Registro de Proveedores de la AFIP para los interesados en participar en los procedimientos de selección realizados en este Organismo, que se indica en el Anexo IV (IF-2023-00008044-AFIPSDGADF).

ARTÍCULO 6°.- Establécese la obligatoriedad del uso del sistema “Portal de Compras AFIP” para las contrataciones llevadas a cabo por la Dirección de Compras, la implementación del sistema “Portal de Compras AFIP” para las demás unidades con capacidad para contratar del Organismo se establecerá paulatinamente.

ARTÍCULO 7°.- Los procedimientos de selección cuya realización hubiese sido autorizada antes de la vigencia de la presente disposición tramitarán con arreglo a la normativa entonces vigente.

ARTÍCULO 8°.- Esta norma entrará en vigencia a partir del 2 de enero de 2023, para las contrataciones que se autoricen desde esa fecha sin perjuicio de la validez de los actos realizados y en ejecución de acuerdo con el régimen de la Disposición N° 297/03 (AFIP).

ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Gastón Suárez

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 04/01/2023 N° 262/23 v. 04/01/2023

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)


ANEXO I (Artículo 2°)

MANUAL DE PROCEDIMIENTO DEL SISTEMA “PORTAL DE COMPRAS AFIP”

1. PROCEDIMIENTOS DE SELECCIÓN

Los procedimientos de selección, cualquiera sea la clase o modalidad elegida, se realizarán mediante el sistema “Portal de Compras AFIP”.

Las normas referentes a actos que sólo puedan efectuarse en formamaterial, como la entrega de muestras, se aplicarán de acuerdo con lo establecido por la DI-2022-247-E-AFIP-AFIP del 28 de noviembre de 2022 y/o en la normativa especial que rija el procedimiento de selección de que se trate, salvo que en este Manual se disponga algo distinto.

2. CÓMPUTO DE PLAZOS

Los plazos establecidos en el presente Manual se computarán en días hábiles administrativos, salvo disposición expresa en contrario. Su cómputo se regirá por la fecha y hora oficial del sitio “web” http://www.afip.gob.ar/compras o el que en un futuro lo reemplace. La presentación efectuada en un día inhábil se considerará realizada en el día hábil siguiente.

3. NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS

Las notificaciones entre la Administración Federal de Ingresos Públicos y los interesados, oferentes, adjudicatarios o contratistas se realizarán válidamente a través de la difusión en el sitio “web” http://www.afip.gob.ar/compras o el que en el futuro lo reemplace, y se entenderán perfeccionadas el día hábil siguiente al de su difusión.

El envío de mensajería mediante el sistema “Portal de Compras AFIP” en forma automáticasolo constituye un medio de aviso, y no una notificación en los términos del inciso a) del artículo 12 del Anexo I de la Disposición N° 247/22 (AFIP).

Lo expuesto no obsta a la posibilidad de que este Organismo acuda a otros medios de notificación del artículo 12 del Régimen General aprobado por la Disposición N° 247/22 (AFIP), cuando lo considere oportuno o necesario.

4. PLIEGOS

El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y el Pliego de Bases y Condiciones Particulares de cada llamado serán difundidos en el sitio “web” http://www.afip.gob.ar/compras o el que en el futuro lo reemplace, debiendo ajustarse en sus recaudos y exigencias a lo establecido en la normativa vigente.

5. CONSULTAS

Para realizar consultas sobre el Pliego de Bases y Condiciones Particulares el interesado deberá estar registrado como proveedor o gestionar su acceso mediante el procedimiento de registración, autenticación y autorización como usuario externo del sistema, y efectuarlas mediante el sitio “web” http://afip.gob.ar/compras en los plazos previstos en los pliegos.

La Unidad con Capacidad de Contratación, además de la publicidad que corresponda según la normativa general vigente, difundirá en el sistema “Portal de Compras AFIP” las circulares aclaratorias y modificatorias que se emitan de oficio o como respuesta a consultas, en este último caso sin indicar el autor de la consulta.

6. PUBLICIDAD Y DIFUSIÓN DE LA CONVOCATORIA

Con la difusión de la convocatoria en el sistema “Portal de Compras AFIP”, este enviará automáticamente correos electrónicos a los proveedores inscriptos en el Registro de Proveedores de la AFIP según el rubro, clase u objeto de la contratación, si los hubiera.

Asimismo, para dar cumplimiento al requisito de publicidad de la convocatoria, se realizarán las publicaciones de rigor que establece el artículo 33 del Régimen General aprobado por la Disposición N° 247/22 (AFIP).

7. OFERTAS

Las ofertas deberán presentarse -hasta el día y la hora que se determine en la convocatoria- a través del sistema “Portal de Compras AFIP”, utilizando el formulario electrónico que suministre el sistema y cumpliendo todos los requisitos de los pliegos aplicables, adjuntando la documentación que la integre en soporte electrónico.

En el caso de que en los pliegos se solicite algún requisito que solo pueda cumplirse en forma material, como la entrega de muestras o la presentación de documentos que por sus características deban acompañarse en soporte papel, estos deberán ser individualizados en la oferta y presentados en la Unidad con Capacidad de Contratación en el lugar y en la fecha que se indique en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

A fin de garantizar su validez la oferta electrónicamente cargada deberá ser confirmada por el oferente, quien podrá hacerlo únicamente a través de un usuario habilitado para ello, en los términos previstos en el Anexo III de esta disposición.

8. GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA

En la oferta presentada a través del sistema “Portal de Compras AFIP”, el oferente deberá individualizar su garantía de mantenimiento, de corresponder, utilizando el apartado que al efecto suministre el sistema. Su incumplimiento, hará que la oferta sea desestimada sin posibilidad de subsanación.

Cuando la garantía fuera una póliza electrónica de seguro de caución no se presentará en forma física. A los fines de cotejar los datos de la póliza electrónica de seguro de caución individualizada en la oferta, se validará su autenticidad con la Superintendencia de Seguros de la Nación.

En el caso de optar por garantíasno electrónicas, el original o el certificado pertinente de la garantía individualizada en la ofertadeberá ser presentado en la Unidad con Capacidad de Contratación dentro del plazo de CUARENTA Y OCHO (48) horas hábiles, contado a partir del acto de apertura, en el lugar que se indique en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Caso contrario, la oferta será desestimada.

9. APERTURA DE OFERTAS

La apertura de ofertas se efectuará por acto público a través del sistema “Portal de Compras AFIP” en el día y la hora que se encuentren previstos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. En forma electrónica y automática se generará el acta de apertura de ofertas correspondiente.

10. COMUNICACIÓN DEL DICTAMEN DE EVALUACIÓN

El dictamen de evaluación de las ofertas se notificará a todos los oferentes mediante su difusión en el sitio “web” http://afip.gob.ar/compras o en el que en un futuro lo reemplace.

11. OBSERVACIONES AL DICTAMEN DE EVALUACIÓN

El dictamen de evaluación podrá ser objeto de observacióndentro de los TRES (3) días contados a partir del día hábil siguiente al de su notificación, excepto que se tratare de una contratación directa, en cuyo caso el plazo se reducirá a UN (1) díacontado a partir del día hábil siguiente al de su notificación.

12. ADJUDICACIÓN

La adjudicación será notificada al adjudicatario o adjudicatarios y al resto de los oferentes , mediante su difusión en el sitio “web” http://afip.gob.ar/compras o el que en el futuro lo reemplace.

13. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO

La notificación de la orden de compra o venta o del respectivo contrato al adjudicatario se realizará mediante la difusión en el sitio “web” http://afip.gob.ar/compras o el que en el futuro lo reemplace.

14. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

El contratista deberá integrar la garantía de cumplimiento del contrato dentro del plazo de DIEZ (10) días de perfeccionada la orden de compra, de venta o de suscripto el contrato.

La garantía deberá ser presentadaa la Unidad con Capacidad de Contratación, en el lugar y forma en que se indique en el respectivo Pliego de Bases y CondicionesParticulares.



ANEXO II (Artículo 3°)

POLÍTICAS, TÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO DEL SISTEMA “PORTAL DE COMPRAS AFIP”

1. ENCUADRE JURÍDICO

El acceso y uso del sistema “Portal de Compras AFIP” se efectuará en el marco del Régimen General para Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras Públicas de la AFIP aprobado por la DI-2022-247-E- AFIP-AFIP, de las presentes Políticas, Términos y Condiciones de Uso y de las Condiciones Especiales que puedan complementar o modificar al citado sistema.

2. ACEPTACIÓN

Desde el momento de acceso y/o uso del sistema “Portal de Compras AFIP” se considera que el usuario acepta plenamente y sin reserva alguna las Políticas, los Términos y las Condiciones, así como las condiciones particulares de uso del sistema que pudieran dictarse, adhiriendo en forma inmediata a todas y cada de una ellas.

3. ACCESO

El acceso al sistema “Portal de Compras AFIP” es público y gratuito, y se realiza a través de Internet, cuya página principal se encuentra ubicada en el sitio “web” http://www.afip.gob.ar/compras o aquella que en el futuro la reemplace.

El usuario deberá contar con un equipo y programas informáticos que cumplan con los requisitos mínimos de compatibilidad con el sistema (acceso por Internet, navegadores utilizados por la Administración Federal de Ingresos Públicos). En su defecto, no podrá tener acceso al sistema o podrá bloquearse su acceso.

4. TÉRMINOS

Al efecto de las presentes Políticas, Términos y Condiciones de Uso del sistema “Portal de Compras AFIP”, se entenderá que:

“PORTAL DE COMPRAS AFIP”: constituye el sistema electrónico de contrataciones a través del cual se realizan los procedimientos de selección prescriptos en la normativa vigente.

http://www.afip.gob.ar/compras: es el portal sobre el que se gestiona el “PORTAL DE COMPRAS AFIP” y donde se difunden las convocatorias y las restantes etapas de los procedimientos de selección.

El acceso a este portal es público y gratuito. Asimismo, constituye un medio válido de notificación entre esta Administración Federal y los interesados, oferentes, adjudicatarios o co-contratantes.

USUARIOS DEL PROVEEDOR: son las personas humanas que utilizan el sistema “Portal de Compras AFIP” en representación de la persona humana o jurídica inscripta en el Registro de Proveedores de la AFIP, conforme al procedimiento de registro y autenticación de los usuarios de los proveedores.

USUARIOS COMPRADORES: son las personas humanas designadas por la Unidad con Capacidad de Contratación como responsables de la utilización del sistema “Portal de Compras AFIP”, de acuerdo con los roles de usuarios otorgados a través del Sistema Único de Autenticación (SUA).

5. CONDICIONES DE UTILIZACIÓN DEL “PORTAL DE COMPRAS AFIP”

5.1. PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN CONTENIDA EN EL PORTAL

La información elaborada o disponible en el portal se encuentra protegida por las previsiones del ordenamiento jurídico en materia de propiedad intelectual. Está prohibido a los usuarios modificar, copiar, transmitir, vender, distribuir, exhibir,publicar, licenciar, crear trabajos derivados o utilizar, en general, el contenido disponible en el portal, cualquiera sea la finalidad de su utilización (comercial u otra).

5.2. USO ADECUADO DEL PORTAL

El usuario que ingresa alsistema “Portal de Compras AFIP” se compromete a utilizarlo en forma lícita y de acuerdo con las Políticas, Términos y Condiciones de Uso. Se encuentra prohibida la realización de actos que atenten contra el sitio, o que de alguna manera puedan dañar, inutilizar, sobrecargar, deteriorar, impedir o limitar la utilización de todas o algunas de sus funcionalidades.

5.3. RESPONSABILIDAD POR CLAVES DE USUARIO

Los usuarios del sistema “Portal de Compras AFIP” no pueden ceder, transferir o comunicar sus claves y nombres de usuarios, siendo responsables por los actos, documentos, anexos, ofertas y demás antecedentes que ingresen utilizando tales claves y nombres de usuario.

Los usuarios asumen la obligación de cambiar sus claves frecuentemente, evitando que sean evidentes y/o simples.

5.4. RESPONSABILIDAD

Esta Administración Federal no se responsabiliza por:

a) Los daños y/o perjuicios derivados del acceso y/o uso de los contenidos publicados en el sitio “web” http://www.afip.gob.ar/compras o aquella que en el futuro la reemplace.

b) Las interrupciones del servicio o inconvenientes originados en causas que impidan el acceso que no le sean imputables. La veracidad e integridad de la información y del contenido de los documentos publicados son de exclusiva responsabilidad de los usuarios que los publican y envían, de acuerdo con las claves de acceso con las que actúen.

c) La interrupción en la recepción de correos electrónicos por parte del usuario proveedor.

d) Los virus que puedan contener los documentos que adjuntan los usuarios del sitio.

Es responsabilidad de cada usuario controlar que los archivos que se suben al sitio no tengan ningún tipo de virus.

Las estadísticas e informes disponibles en el sistema son meramente referenciales, por lo que no comprometen a la Administración Federal de Ingresos Públicos.

5.5. SUSPENSIÓN O ELIMINACIÓN DE USUARIOS

Esta Administración Federal podrá suspender y/o eliminar unilateral y automáticamente del sistema “Portal de Compras AFIP” a los usuarios que incurran en infracciones a las presentes Políticas, Términos y Condiciones de Uso del sistema “Portal de Compras AFIP”.

5.6. CENTRO DE CONTACTO.

Se establece para el sistema “Portal de Compras AFIP” un centro de contacto que contará con una mesa de ayuda, que atenderá las consultas que los usuarios formulen respecto del funcionamiento del sistema en la dirección de correo electrónico: compras@afip.gob.ar

6. USUARIOS DE LOS PROVEEDORES

6.1. CORREOS ENVIADOS POR EL SISTEMA “PORTAL DE COMPRAS AFIP”

Los usuarios de los proveedores aceptan recibir correos electrónicos relativos a procedimientos de selección y demás información relevante en la dirección de correo electrónico informada en el Registro de Proveedores.

El sitio “web” http://www.afip.gob.ar/compras o el que en el futuro lo reemplace es el medio obligatorio de difusión de las convocatorias y de las restantes etapas de los procedimientos de selección, sin perjuicio de las demás formas de difusión y publicidad que la reglamentación vigente determina.

Los correos electrónicos enviados por el sistema sólo constituyen un medio de aviso.

Los proveedores deberán revisar periódicamente el sitio web indicado, en particular el Escritorio del Proveedor, para notificarse de las novedades vinculadas a las etapas, desarrollo del procedimiento de contratación electrónica y demás información relevante, así como consultar las demás formas de difusión y publicidad que la reglamentación vigente determina.

6.2. LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD

Los usuarios proveedores deben velar por la seriedad de las ofertas ingresadas al sistema “Portal de Compras AFIP”, siendo plenamente responsables por ellas. Los usuarios proveedores aceptan que esta Administración Federal carece de responsabilidad por los resultados que obtengan en cada uno de los procedimientos de selección en que participen, liberando al Organismo de cualquier responsabilidad derivada de la dilación o no envío oportuno de correos electrónicos de alerta, declarando conocer que el medio de notificación es la difusión que cada usuario comprador efectúa en el sistema “Portal de Compras AFIP” de compras. La no recepción oportuna de correos electrónicos de alerta que envía el sistema no justifica ni se considera causal suficiente para eximir a los proponentes de sus cargas y responsabilidades.

6.3. POLÍTICAS DE PRIVACIDAD

Los usuarios del sistema “Portal de Compras AFIP” aceptan, por el solo hecho de su inscripción o registro en el sitio, que los datos, antecedentes e información aportados en las diversas etapas de los procedimientos en que participan sean de público conocimiento en el ámbito de las transacciones que se efectúan en él y que sólo se encuentran disponibles públicamente a esos efectos. Asimismo, los referido usuarios, por el sólo hecho de su inscripción, otorgan su conformidad para que los resultados de los procedimientos de selección en que participen y las respectivas contrataciones integren las estadísticas e informes, se procesen y sean publicados por esta Administración Federal.

Cuando se solicite por parte de terceros acceso a información que pudiese afectar derechos de los usuarios proveedores, tales como los relacionados con su vida privada o derechos de carácter económico o comercial, se procederá de acuerdo con lo previsto por el ordenamiento vigente y, en especial, por la Ley de Protección de Datos Personales N.° 25.326su DecretoreglamentarioN° 1.558 del 29 de noviembre de 2001, el Anexo VII del Decreto N.° 1.172 del 3 de diciembre de 2003, el Decreto N° 117 del 12 de enero de 2016 - “Plan de Apertura de Datos”, la Ley de Acceso a la Información Pública N ° 27.275, su Decreto reglamentario N.° 206 del 27 de marzo de 2017, y por sus normas modificatorias y complementarias.

6.4. DECLARACIÓN

Los usuarios del sistema declaran conocer y aceptar la circunstancia relativa a que el Organismo puede en cualquier momento modificar en todo o en parte las presentes Políticas, Términos y Condiciones de Uso, las que serán publicadas en el sitio “web” http://www.afip.gob.ar/compras.

7. USUARIOS COMPRADORES

El usuario comprador es responsable de la información que se difunda y debe procurar que su contenido se adapte a las previsiones contempladas por el ordenamiento vigente.

Queda estrictamente prohibido a los usuarios compradores realizar cualquier uso del sistema ajeno al marco del proceso de contrataciones públicas electrónicas. Los organismos de control están autorizados a utilizar el sistema “Portal de Compras AFIP” con el objeto de asegurar el correcto desempeño de los distintos procesos y velar por su transparencia.

8. LÍMITE DE RESPONSABILIDAD DEL SISTEMA SOBRE EL PROCESO DE SELECCIÓN

El sistema “Portal de Compras AFIP” es un medio que facilita la realización de los procedimientos de selección. La seriedad e idoneidad de las ofertas recibidas serán evaluadas por las áreas competentes.




ANEXO III (Artículo 4°)

PROCEDIMIENTO DE REGISTRO Y AUTENTICACIÓN DE LOS PROVEEDORES

1. USUARIOS DE LOS PROVEEDORES. TERMINOLOGÍA

El sistema “Portal de Compras AFIP” permite otorgar a los proveedores inscriptos en el Registro de Proveedores de la AFIP distintos niveles de acceso a los efectos de la más ágil, segura y transparente utilización de la herramienta.

Las personas que quieran contratar con esta Administración Federal, a los fines de utilizar y/o interactuar con el aludido sistema, deberán hacerlo a través de sus usuarios.

A los fines del sistema “Portal de Compras AFIP”, se entiende por:

1.1. PROVEEDOR: es la persona humana o jurídica a la que se hace referencia en la normativa vigente.

1.2. USUARIO: es la persona humana que utiliza el sistema “Portal de Compras AFIP” en representación del proveedor. El usuario, según los permisos que se lo otorguen, podrá tener los siguientes perfiles:

1.2.1. PERFIL ADMINISTRATIVO: utiliza el sistema “Portal de Compras AFIP” en representación del proveedor y puede efectuar la carga del formulario electrónico de la oferta, así como realizar consultas.

1.2.2. PERFIL ADMINISTRADOR LEGITIMADO: utiliza el sistema “Portal de Compras AFIP” en representación del proveedor y se encarga de interactuar jurídicamente con la Administración Federal de Ingresos Públicos por este medio. Es el único usuario facultado para realizar ofertas en nombre del proveedor.

2. PROCEDIMIENTO DE CREACIÓN DE USUARIOS

El procedimiento que deberá observar quien desee participar de los procedimientos de selección gestionados a través del sistema “Portal de Compras AFIP” es el siguiente:

2.1. Gestionar la adhesión del Servicio “Portal de Compras AFIP” desde el Administrador de Relaciones de Clave Fiscal y las nuevas relaciones para las personas que puedan operar en nombre del oferente.

2.2. Al ingresar al sistema, deberá confirmar si actúa en nombre propio o en nombre de la persona humana o jurídica que le hubiera delegado el servicio.

2.3. Con el primer ingreso de alguno de los usuarios habilitados para operar en el sistema, deberá completar el formulario electrónico de pre-inscripción. En el mismo, determinará a su vez, el usuario designado como Administrador Legitimado.

2.4. El Administrador Legitimado o quien pueda representar al oferente presentará la documentación respaldatoria que acredite la calidad y/o identidad de su mandante, personería invocada y facultades del Administrador Legitimado para actuar en representación del proveedor. Esta información será presentada en forma electrónica por las vías que la AFIP determine.

2.5. El Organismo podrá requerir al oferente la presentación de la documentación en forma presencial a los efectos de facilitar su verificación.

2.6. El oferente podrá otorgar nuevos usuarios a través de la delegación del servicio mediante el Administrador de Relaciones de Clave Fiscal.

3. RESPONSABILIDAD DEL PROVEEDOR

La utilización de los usuarios y contraseñas en el sistema “Portal de Compras AFIP”, su resguardo y protección son de exclusiva autoría y responsabilidad del proveedor. La operación del sistema, la información a él transmitida, como toda consecuencia jurídica que de ellas se derive, serán de exclusiva responsabilidad de la persona humana o jurídica en cuyo nombre y representación actúe el usuario, sin perjuicio de las responsabilidades que conforme la normativa vigente le competan a este último a título personal.



ANEXO IV (Artículo 5°)

PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES DE LA AFIP

1. OBJETO

El Registro de Proveedores de la AFIP tiene por objeto registrar la información relativa a los proveedores, sus antecedentes, historial de procedimientos de selección en los que se hubieren presentado como oferentes, historial de contratos, órdenes de compra o venta,incumplimientos contractuales por causas imputables al proveedor,sanciones y toda otra información que se considere de utilidad.

2. PRE-INSCRIPCIÓN

Los interesados en participar en los procedimientos de selección deberán realizar la pre-inscripción en el Registro de Proveedores de la AFIP, donde completarán la información requerida en los formularios de pre-inscripción disponibles en el sitio “web” http://www.afip.gob.ar/compras.

3. INSCRIPCIÓN

El Administrador Legitimado que haya realizado la pre-inscripción suministrando la información correspondiente, según el tipo de sujeto de que se trate, a los fines de la incorporación en el Registro deberá acompañar la documentación respaldatoria que acredite dicha información conforme a lo estipulado en el presente.

4. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN

El Administrador Legitimado del proveedor deberá suministrar toda la documentación detallada en el presente, la que deberá ser legible y completa.

La Administración Federal de Ingresos Públicos cotejará los datos suministrados por los interesados en los formularios de pre-inscripción con la documentación aportada por aquéllos. Si los datos se corresponden incorporará al proveedor al Registro. En su defecto, podrá requerir enmiendas, subsanaciones o modificaciones, según lo considere.

5. ACTUALIZACIÓN

Los proveedores inscriptos en el Registro deberán mantener permanentemente actualizada la información obrante en el mismo teniendo en cuenta que:

5.1. La actualización del domicilio especial, del número de teléfono, del correo electrónico institucional, alternativo y/o del Administrador Legitimado y del nombre de fantasía, podrán realizarse modificando el formulario de pre-inscripción, sin más trámite.

5.2. El Administrador Legitimado deberá presentar toda la documentación respaldatoria de las modificaciones realizadas o que deba renovar a partir de su vencimiento. Para actualizar esta información esta Administración Federal tomará intervención de la misma forma que en el proceso de incorporación de proveedores prevista en el punto 4.

6. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR PARA LA INCORPORACIÓN AL REGISTRO DE PROVEEDORES

Para la incorporación, según el tipo de sujeto, deberá presentarse la siguiente documentación:

6.1. Personas humanas:

6.1.1. Documento Nacional de Identidad o Pasaporte del titular.

6.1.2. En caso de acreditar apoderado, poder suficiente vigente y Documento Nacional de Identidad o Pasaporte del Apoderado.

6.1.3. Declaración jurada de habilidad para contratar con la Administración Federal de Ingresos Públicos.

6.1.4. Declaración jurada de cumplimiento de la legislación laboral vigente.

6.1.5. Declaración jurada de elegibilidad.

6.1.6. Declaración jurada del artículo 1° del Decreto N° 202/17.

6.2. Personas jurídicas

6.2.1. Contrato social o estatuto, inscripto en la Inspección General de Justicia o en el Registro Público pertinente.

6.2.2. Ampliaciones estatutarias y/o actualizaciones, en caso de corresponder, inscriptas en la Inspección General de Justicia o el Registro Público correspondiente.Se acepta inicio de trámite, siempre que no exceda los SEIS (6) meses desde la fecha de presentación ante el organismo pertinente.

6.2.3. Última acta de designación de autoridades y distribución de cargos y/o designación de gerentes, inscripta en la Inspección General de Justicia o el Registro Público correspondiente. Se acepta inicio de trámite, siempre que no exceda los SEIS (6) meses desde la fecha de presentación ante el organismo pertinente.

6.2.4. Documento donde conste el último domicilio legal inscripto en la Inspección General de Justicia o el Registro Público correspondiente. Se acepta inicio de trámite, siempre que no exceda los SEIS (6) meses desde la fecha de presentación ante el organismo pertinente.

6.2.5. En caso de acreditar apoderados, poder suficiente vigente y Documento Nacional de Identidad o Pasaporte del Apoderado.

6.2.6. Declaración jurada de habilidad para contratar con la Administración Federal de Ingresos Públicos.

6.2.7. Declaración jurada de cumplimiento de la legislación laboral vigente.

6.2.8. Declaración jurada de elegibilidad.

6.2.9. Declaración jurada de autenticación del Administrador Legitimado.

6.2.10. Declaración jurada del artículo 1° del Decreto N° 202/17.

6.3. Cooperativas, mutuales, sociedades de hecho y otros.

6.3.1. Acta de asamblea constitutiva, estatutos u otros, y susactualizaciones.

6.3.2. Documento Nacional de Identidad o Pasaporte de los socios.

6.3.3. En caso de acreditar apoderados, poder suficiente vigente y Documento Nacional de Identidad o Pasaporte del Apoderado.

6.3.4. Declaración jurada de habilidad para contratar con la Administración Federal de Ingresos Públicos.

6.3.5. Declaración jurada de cumplimiento de la legislación laboral vigente.

6.3.6. Declaración jurada de elegibilidad.

6.3.7. Declaración jurada de autenticación del Administrador Legitimado.

6.3.8. Declaración jurada del artículo 1° del Decreto N° 202/17.

6.4. Uniones transitorias

6.4.1. Contrato constitutivo de la Unión Transitoria inscripto en la Inspección General de Justicia o el Registro Público correspondiente.

6.4.2. Instrumento donde conste la designación de representantes legales de la Unión Transitoria inscripto en la Inspección General de Justicia o el Registro Público correspondiente.

6.4.3. Documento Nacional de Identidad o Pasaporte de los administradores.

6.4.4. En caso de acreditar apoderados, poder suficiente vigente y Documento Nacional de Identidad o Pasaporte del Apoderado.

6.4.5. Declaración jurada de habilidad para contratar con la Administración Federal de Ingresos Públicos.

6.4.6. Declaración jurada de cumplimiento de la legislación laboral vigente.

6.4.7. Declaración jurada de elegibilidad.

6.4.8. Declaración jurada de autenticación del Administrador Legitimado.

6.4.9. Declaración jurada del artículo 1° del Decreto N° 202/17.

6.5. Sociedades constituidas en el extranjero

Las sociedades constituidas en el extranjero que pretendan inscribirse deberán cumplir con los mismos requisitos que las empresas locales, teniendo en cuenta su acreditación, de acuerdo con las leyes y tratados vigentes.

7. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR PARA LA ACTUALIZACIÓN DE DATOS

Para la actualización de datos, según el tipo de sujeto de derecho, se deberá presentar la siguiente documentación:

7.1. Personas humanas


8.2. Personas jurídicas


8.3. Cooperativas, mutuales, sociedades de la Sección IV de la Ley General de Sociedades y otros.


8.4. Uniones transitorias


9. ESTADOS DE INSCRIPCIÓN

9.1. Preinscripción: Cuando el proveedor todavía no completó sus datos en el formulario de preinscripción en el Portal de Compras.

9.2.1 Desactualizado por Formulario: Cuando el proveedor actualiza datos que conlleven cambios de apoderados y socios gerentes; cambios en los estatutos; cambios de domicilio real y cualquier otro cambio en acta de directorio. Debe regularizar su situación presentando la documentación correspondiente.

9.2.2. Desactualizado por Clase: Cuando el proveedor agrega o modifica los Rubros y/o Clases seleccionados. Debe regularizar su situación presentando la documentación correspondiente.

10. PARTICIPACIÓN EN PROCESOS DE CONTRATACIÓN DEL PORTAL DE COMPRAS AFIP.

Los proveedores que iniciaron el proceso de inscripción y se encuentren en estado “Pre Inscripto”, “Desactualizado por Formulario” o “Desactualizado por Clase” pueden cargar sus ofertas en el Portal de Compras AFIP y confirmarlas.

No obstante, es condición necesaria encontrarse en estado “Inscripto” al momento de la evaluación de las ofertas.