MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN DEL EMPLEO
Disposición 1/2023
DI-2023-1-APN-SSPE#MT
Ciudad de Buenos Aires, 04/01/2023
VISTO el Expediente Nº EX-2022-106375579- -APN-DGD#MT, el Decreto N° 50
del 19 de diciembre de 2019, la Ley de Ministerios N° 22.520, las Leyes
N°22.431, N°24.013 y N°26.378, la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N°124 del 15 de febrero de 2011 y sus
modificatorias y N°1273 del 06 de septiembre de 2022, la Resolución de
la SECRETARÍA DE EMPLEO N°877 del 26 de mayo de 2011 y sus
modificatorias, N°1364 del 30 de septiembre de 2022, y la Resolución de
la entonces SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE EMPLEO Y FORMACIÓN
PROFESIONAL N°12/2011; y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N°22.431 se instituyó un sistema de protección integral
de las personas con discapacidad, que prevé que el Estado, a través de
sus organismos, asistirá a las personas con discapacidad mediante
procesos de formación profesional o a través de subsidios destinados a
facilitar su actividad laboral.
Que la Ley de Empleo N°24.013 asigna al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL competencias para diseñar y ejecutar programas
destinados a promover la calificación e inserción laboral de
trabajadoras/es con discapacidad y de trabajadoras/es que integran
grupos vulnerables o protegidos.
Que mediante la Ley N°26.378 la República Argentina ratificó la
Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad a su
cuerpo normativo.
Que con tal objeto, los Estados Parte se comprometen a adoptar medidas
destinadas a: 1) permitir que las personas con discapacidad tengan
acceso efectivo a programas generales de orientación técnica y
vocacional, servicios de colocación y formación profesional y continua;
2) alentar las oportunidades de empleo y la promoción profesional de
las personas con discapacidad en el mercado laboral, y apoyarlas para
la búsqueda, obtención, mantenimiento del empleo y retorno al mismo; 3)
promover oportunidades empresariales, de empleo por cuenta propia, de
constitución de cooperativas y de inicio de empresas propias; 4)
emplear a personas con discapacidad en el sector público; 5) promover
el empleo de personas con discapacidad en el sector privado mediante
políticas y medidas pertinentes, que pueden incluir programas de acción
afirmativa, incentivos y otras medidas; 6) promover la adquisición por
las personas con discapacidad de experiencia laboral en el mercado de
trabajo abierto, y 7) promover programas de rehabilitación vocacional y
profesional, mantenimiento del empleo y reincorporación al trabajo
dirigidos a personas con discapacidad.
Que mediante la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL N°124/2011 y modificatorias, se creó el PROGRAMA
PROMOVER LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES DE EMPLEO con el objetivo de
asistir a trabajadoras y trabajadores desocupadas/os con discapacidad
en el desarrollo de su proyecto ocupacional, a través de su inclusión
en actividades que les permitan mejorar sus competencias, habilidades y
destrezas laborales, insertarse en empleos de calidad y/o desarrollar
emprendimientos independientes.
Que el PROGRAMA PROMOVER LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES DE EMPLEO prevé
su implementación a través de las siguientes líneas de acción: 1) línea
de Actividades Asociativas de Interés Comunitario, que se instrumenta a
través de proyectos formulados y ejecutados por organismos públicos o
entidades privadas sin fines de lucro, dirigidos a personas con
dificultades funcionales para el desarrollo de tareas operativas por
limitaciones mentales, intelectuales, cognitivas o funcionales de
carácter sicosociales o psiquiátricas, y 2) la línea de Actividades de
Apoyo a la Inserción Laboral, que promueve la inclusión de
trabajadores/as con discapacidad en prestaciones formativas o de
promoción del empleo ejecutadas o impulsadas por este Ministerio, que
comprendan acciones de orientación laboral, de apoyo a la búsqueda de
empleo, de formación profesional, de certificación de estudios
formales, de asistencia al desarrollo de emprendimientos independientes
y/o de inserción laboral.
Que mediante la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N°877/2011 y
modificatorias, se aprobó el Reglamento del PROGRAMA PROMOVER LA
IGUALDAD DE OPORTUNIDADES DE EMPLEO.
Que por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
N°1273 del 06 de septiembre de 2022, se han introducido modificaciones
en la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
N°124/2011, las cuales buscan modificar no sólo los cupos de
participación, plazos de ejecución y características de las tutorías de
los proyectos encuadrados en la Línea de Actividades Asociativas de
Interés Comunitario, sino principalmente adecuar el texto de la mentada
norma a la actual estructura organizativa de este MINISTERIO.
Que por Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N°1364 del 30 de
septiembre de 2022 se introdujeron modificaciones en la Resolución de
la SECRETARIA DE EMPLEO N° 877/2011, reglamentando las modificaciones
que fueron introducidas en la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 124/2011.
Que mediante la mencionada Resolución también se introdujeron cambios
sustanciales en cuanto a la implementación de la Línea de Actividades
de Apoyo a la Inserción Laboral del PROGRAMA PROMOVER LA IGUALDAD DE
OPORTUNIDADES DE EMPLEO, tomando como eje central la eliminación de
condiciones previas para la inscripción respecto a Programas de Empleo
que hoy en día no se encuentran vigentes.
Que resulta menester la adecuación de los formularios que se utilizan
en la implementación del PROGRAMA PROMOVER LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
DE EMPLEO, dándole efectiva ejecución a los cambios sustanciales que se
implementaron a través de la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N°
1364 del 30 de septiembre de 2022, tomando como eje central la
eliminación de condiciones previas para la inscripción respecto a
Programas de Empleo que no se encuentran vigentes.
Que al haber sido originalmente los instrumentos operativos referidos
aprobados a través de Resolución de la entonces SUBSECRETARÍA DE
POLÍTICAS DE EMPLEO Y FORMACION PROFESIONAL N°12 del 17 de Junio de
2011 deviene necesaria su actualización y la intervención de la hoy
SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN DEL EMPLEO en su carácter de continuadora de
la primera, a fin de que se aprueben los instrumentos operativos.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le
compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 50/2019 y modificatorias.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE PROMOCIÓN DEL EMPLEO
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébanse los instrumentos operativos del PROGRAMA
PROMOVER LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES DE EMPLEO - LINEA DE ACTIVIDADES
ASOCIATIVAS DE INTERES COMUNITARIO, que como Anexos forman parte
integrante de la presente Resolución y a continuación se detallan:
1) ANEXO I - Formulario de Presentación de Proyecto IF-2022-135108359-APN-CATD#MT;
2) ANEXO II - Formulario de Bajas, Modificaciones, Desvinculaciones y/o Reemplazos IF-2022-135107724-APN-CATD#MT.
ARTÍCULO 2°.- Apruébanse los instrumentos operativos del PROGRAMA
PROMOVER LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES DE EMPLEO LINEA DE ACTIVIDADES DE
APOYO A LA INSERCION LABORAL que como Anexos forman parte integrante de
la presente Resolución y a continuación se enumeran:
1) ANEXO III - Formulario de Propuesta de Implementación IF-2022-135106959-APN-CATD#MT;
2) ANEXO IV - Formulario de Adhesión IF-2022-135105672-APN-CATD#MT;
3) ANEXO V - Formulario de Solicitud de Asignación Estímulo por permanencia en Estudios Formales IF-2022- 135104674-APN-CATD#MT;
4) ANEXO VI - Formulario de Solicitud de Incentivo por Aprobación de Estudios Formales IF-2022-135103770- APN-CATD#MT;
5) ANEXO VII - Formulario de Solicitud de Incentivo por Aprobación de
Curso de Formación Profesional IF2022-135103065-APN-CATD#MT;
6) ANEXO VIII - Formulario de Solicitud de Suspensión de Participación IF-2022-135102456-APN-CATD#MT;
7) ANEXO IX - Formulario de Solicitud de Reanudación de Participación IF-2022-135101667-APN-CATD#MT;
8) ANEXO X - Formulario de Desvinculación IF-2022-135100924-APN-CATD#MT;
9) ANEXO XI - Formulario de Solicitud de Reingreso IF-2022-140207837-APN-CATD#MT.
ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Esteban Javier Bogani
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 05/01/2023 N° 476/23 v. 05/01/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII, AnexoIV, AnexoV, AnexoVI, AnexoVII, AnexoVIII, AnexoIX, AnexoX, AnexoXI)