AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO
Resolución 281/2022
RESOL-2022-281-APN-ACUMAR#MOP
Ciudad de Buenos Aires, 29/12/2022
VISTO el Expediente EX-2022-110303557- -APN-SG#ACUMAR, la Ley N°
26.168, la Ley N° 2.217 de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, la Ley
N° 13.642 de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES, la Resolución Nº 193/2020
(RESOL-2020-193-APN-MOP) y la Resolución N° 244/2022
(RESOL-2022-244-APN-MOP) del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, la
Resolución N° 4/2021 (RESOL-2021-4-APN-ACUMAR#MOP) y la Resolución N°
71/2020 (RESOL-2020-71-APN-ACUMAR#MOP) texto ordenado aprobado por
Resolución N° 155/2022 (RESOL-2022-155-APN- ACUMAR#MOP) de la AUTORIDAD
DE CUENCA MATANZA RIACHUELO (ACUMAR), y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 26.168 creó la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO
(ACUMAR) como ente de derecho público interjurisdiccional, con
competencias en el área de la Cuenca Matanza Riachuelo a la que
adhirieron la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y la PROVINCIA DE BUENOS
AIRES, mediante las Leyes N° 2.217 y N° 13.642, respectivamente.
Que si bien fue creada dentro de la órbita del ESTADO NACIONAL, ACUMAR
es un ente creado entre personas públicas estatales, que cuenta con
facultades delegadas por las tres jurisdicciones que la componen.
Que la citada Ley de creación establece en su artículo 2° in fine que
ACUMAR dictará sus reglamentos de organización interna y de operación.
Que el Estado argentino incorporó instrumentos internacionales en
materia de género y diversidad, como la Convención sobre la Eliminación
de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) aprobada
mediante la Ley Nº 23.179 o la Convención Interamericana para Prevenir,
Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belem
do Pará), aprobada mediante la Ley Nº 24.632.
Que a su vez ha dictado numerosas leyes como la Ley Nº 26.485 de
Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia
contra las mujeres, la Ley Nº 26.743 que establece el derecho a la
Identidad de Género de las personas, la Ley Nº 27.412 de Paridad de
género en los ámbitos de representación política, y la Ley 27.636 de
Promoción del Acceso al Empleo Formal para Personas, Travestis,
Transexuales y Transgénero “Diana Sacayán- Lohana Berkins”.
Que en dicho contexto el MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS (MOP) creó en su
órbita, mediante la Resolución Nº 193/2020, el “Programa Transversal de
Políticas de Género y Diversidad”, con el objeto de incorporar la
perspectiva de género y de la diversidad en el diseño, implementación y
evaluación de las políticas públicas llevadas adelante.
Que a fin de cumplir con los objetivos del Programa creado, se conformó
la “Red de Género y Diversidad del Ministerio de Obras Públicas”, a la
que ACUMAR adhirió mediante la Resolución N° 4/2021.
Que, a efectos de cumplir con la premisa de promover el uso del
lenguaje y la comunicación no sexista e inclusiva, el MINISTERIO DE LAS
MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD elaboró el documento “(Re)Nombrar: Guía
para una comunicación con perspectiva de género”, que contiene pautas
concretas para la elaboración de los documentos gubernamentales.
Que, en este marco, diversos organismos gubernamentales y no
gubernamentales, así como instituciones del ámbito privado, dictaron
normas, guías y recomendaciones para el uso del lenguaje inclusivo de
género.
Que en el ámbito de ACUMAR, las direcciones de Comunicación y de
Promoción de Políticas de Géneros y Diversidades elaboraron el “Manual
de comunicación con perspectiva de géneros y diversidades. Guía para un
uso no binario del lenguaje”, a fin de promover una forma de
comunicación más inclusiva en el ámbito de ACUMAR, el que se ha ido
actualizando.
Que a su vez, el MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS aprobó la Resolución N°
244/2022, a fin de promover el uso del lenguaje de género inclusivo en
los actos, circulares, notas, comunicaciones oficiales internas o
externas de esa cartera ministerial.
Que dicha norma mediante el artículo 3°, invita a los organismos
descentralizados, empresas y entes que se encuentren dentro de la
órbita del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS a adherir a la medida dictada y
a designar, cada uno de ellos, a UNA (1) persona para operar como
enlace y capacitarse en el uso género inclusivo de la lengua.
Que mediante el Decreto N° 50/2019, el PODER EJECUTIVO NACIONAL
determinó que ACUMAR se encuentra dentro de los entes que funcionan
bajo la órbita del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.
Que en virtud de lo expuesto, y en el marco de las diversas acciones
implementadas por ACUMAR en materia de género y diversidad, resulta
pertinente adherir a la Resolución N° 244/2022 del MINISTERIO DE OBRAS
PÚBLICAS y aprobar el “Manual de comunicación con perspectiva de
géneros y diversidades. Guía para un uso no binario del lenguaje.
2022”, elaborado por ACUMAR.
Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS en el ámbito de sus competencias.
Que el CONSEJO DIRECTIVO, aprobó el dictado de la presente medida e
instruyó a esta Presidencia a proceder a la suscripción del
correspondiente acto administrativo.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley
Nº 26.168 y el inciso d) del artículo 15 del Anexo II de la Resolución
N° 71/2020 texto ordenado aprobado por Resolución N° 155/2022 de ACUMAR.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Adhiérase a la Resolución N° 244/2022 del MINISTERIO DE
OBRAS PÚBLICAS (RESOL-2022-244-APN-MOP), de promoción del uso del
lenguaje y la comunicación no sexista e inclusiva como formas
expresivas válidas en las producciones, documentos, registros y actos
administrativos de todos los ámbitos de la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA
RIACHUELO (ACUMAR), como mecanismo para desalentar el uso genérico del
masculino.
ARTÍCULO 2°.- Procédase a la adecuación de los modelos de notas,
planillas, formularios y otra documentación de comunicación interna y/o
externa a efectos de que su redacción resulte acorde al lenguaje
inclusivo de género.
ARTÍCULO 3°.- Serán representantes de ACUMAR ante el MINISTERIO DE
OBRAS PÚBLICAS para capacitarse en el uso de género inclusivo de la
lengua, quienes sean designados por la DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN DE
POLÍTICAS DE GÉNEROS Y DIVERSIDADES en forma coordinada con la
DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN de ACUMAR. La designación de los
representantes así como sus modificaciones, será comunicada al
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS mediante nota suscripta por la DIRECCIÓN
DE PROMOCIÓN DE POLÍTICAS DE GÉNEROS Y DIVERSIDADES.
ARTÍCULO 4°.- Apruébase el “Manual de comunicación con perspectiva de
géneros y diversidades. Guía para un uso no binario del lenguaje.
2022”, a fin de promover una forma de comunicación más inclusiva en el
ámbito de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo, el que se
encontrará publicado en la página web del organismo www.acumar.gob.ar y
que como ANEXO I IF-2022-116338325-APN- DPPGYD#ACUMAR forma parte
integrante de la presente. El Manual aprobado por el presente artículo
podrá ser actualizado por Resolución de la PRESIDENCIA DE ACUMAR, a
propuesta de la DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN DE POLÍTICAS DE GÉNEROS Y
DIVERSIDADES.
ARTÍCULO 5º.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día
siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, notifíquese a la DIRECCIÓN DE RELACIONES
INSTITUCIONALES dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN
TÉCNICA E INSTITUCIONAL de la UNIDAD GABINETE DE ASESORES del
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL
DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Martin Sabbatella
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 06/01/2023 N° 649/23 v. 06/01/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
En
ACUMAR
queremos acompañar los compromisos que nuestro país asumió en materia
de géneros, diversidades y derechos humanos. Por eso, nos sumamos al
cambio cultural en marcha y a la propuesta de repensar la forma en que
nos comunicamos para hacerlo de un modo más inclusivo.
Es parte de nuestras responsabilidades incorporar y promover diferentes
estrategias para prevenir la violencia implícita en el lenguaje cuando
se usa el genérico masculino como representativo del conjunto de la
sociedad, mientras las mujeres y las personas lesbianas, gays,
bisexuales, trans, travestis, no-binarias y otras identidades no
reconocidas por la heterocisnormatividad quedan excluidas. Con la
premisa de que
se invisibiliza lo que no se nombra,
generando un modo de opresión y reproducción de las desigualdades, en
ACUMAR nos comprometemos con el desafío de revertir este tipo de
comunicación.
El lenguaje es un producto social e histórico: las palabras que lo conforman están cargadas de valoraciones.
El discurso nos brinda un mundo posible entre otros,
crea imaginarios y moldea nuestra percepción de la realidad. Y todo
ello lo hace teñido de naturalización: las cosas son como se nombran,
de allí su poder. Pero esas mismas características son las que lo hacen
factible de transformación.
Como parte del Estado, estamos convocadas, convocades y convocados a
involucrarnos activamente en la promoción de un lenguaje no sexista, no
transodiante y no binarista, en el marco del cumplimiento de la Ley
26.743 de Identidad de Género y de la Estrategia Integral para la
Aplicación de la Ley 27.636 de Promoción del Acceso al Empleo Formal
para Personas Travestis, Transexuales y Transgénero “Diana Sacayán -
Lohana Berkins”. Nuestra Cuenca está habitada y transitada por una
pluralidad de personas de las que debemos dar cuenta para que el
saneamiento sea posible entre todas, todes y todos.
Esta guía, diseñada en conjunto por las direcciones de Comunicación y
de Promoción de Políticas de Géneros y Diversidades, es un material de
consulta para todo el personal de ACUMAR y sugerimos tenerla siempre a
mano para poder utilizarla en las comunicaciones internas y externas
que llevemos adelante desde el organismo. Esta pieza contiene una serie
de
recomendaciones para una utilización no binaria del lenguaje y un
recursero con palabras de uso frecuente en ACUMAR que nos será de mucha utilidad, ya que propone alternativas a términos y frases binarias.
Sin embargo, sabemos que esta guía es apenas una primera aproximación
porque el lenguaje está vivo y en permanente ebullición. En el camino,
surgirán dudas y cuestionamientos que se convertirán en aportes para
nuevas versiones sobre lo expresado aquí. Que no se trate de un
material acabado de una vez y para siempre es parte del juego de la
comunicación y de la riqueza del lenguaje que debemos saber aprovechar.
IF-2022-1163 3 8325 -APN-DPPGYD#ACUMAR