CONTRATOS
Decreto 10/2023
DCTO-2023-10-APN-PTE - Aprobación.
Ciudad de Buenos Aires, 06/01/2023
VISTO el Expediente N° EX-2022-105973542-APN-DGDA#MEC y el Modelo de
Contrato de Préstamo BID N° 5570/OC-AR propuesto para ser suscripto
entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO
(BID), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 5570/OC-AR el
BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) se compromete a asistir
financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA con el fin de cooperar en la
ejecución del “Programa de Apoyo a MiPyMEs para la Transformación
Digital hacia Industria 4.0”, por un monto de hasta DÓLARES
ESTADOUNIDENSES OCHENTA MILLONES (USD 80.000.000).
Que el objetivo general del citado Programa consiste en contribuir al
aumento de la productividad, competitividad y acceso a los mercados de
MiPyMEs beneficiarias.
Que los objetivos específicos del mencionado Programa son: (i) fomentar
un desarrollo productivo innovador y ambientalmente sostenible de las
MiPyMEs beneficiarias, (ii) promover la transformación digital de las
MiPyMEs beneficiarias y (iii) fortalecer la asistencia a las MiPyMEs en
todas las regiones del país y la descentralización de los programas de
la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA.
Que el referido Programa se desarrollará a través de TRES (3)
componentes: (1) Fortalecimiento de los procesos de innovación en
MiPyMEs, (2) Transformación Digital hacia Industria 4.0 en MiPyMEs y
(3) Fortalecimiento de la red federal de servicios de apoyo y
descentralización de los instrumentos de la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA
Y MEDIANA EMPRESA.
Que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos del
financiamiento serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DE ECONOMÍA, el
cual actuará a través de la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA, que estará a cargo de la coordinación general del Programa y
de la ejecución técnica del mismo, y de la DIRECCIÓN GENERAL DE
PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES, dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO
PRODUCTIVO, que estará a cargo, en coordinación con la SUBSECRETARÍA DE
LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, de la gestión administrativa, financiera,
contable, presupuestaria y de las adquisiciones del Programa, o de las
dependencias que en el futuro las reemplacen con las mismas
competencias y atribuciones legales.
Que, adicionalmente, el Organismo Ejecutor, con la asistencia de la
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES FINANCIERAS INTERNACIONALES PARA EL
DESARROLLO, llevará a cabo la evaluación estratégica del Programa.
Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA
ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del
MINISTERIO DE ECONOMÍA, suscriba el Contrato de Préstamo BID N°
5570/OC-AR, así como toda otra documentación relacionada con la
operatoria de dicho Préstamo.
Que, en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de
Economía para que, en nombre y representación de la REPÚBLICA
ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo BID N° 5570/OC-AR y acuerde
las modificaciones que sean convenientes para la ejecución del
“Programa de Apoyo a MiPyMEs para la Transformación Digital hacia
Industria 4.0”, siempre y cuando no constituyan cambios sustanciales al
objeto y destino de los fondos ni deriven en un incremento de su monto
o una alteración en el procedimiento arbitral pactado.
Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de
interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de
Préstamo BID N° 5570/OC-AR propuesto para ser suscripto son los usuales
que se pactan en este tipo de contratos y resultan adecuados a los
propósitos y objetivos para los que será destinado el mencionado
Préstamo.
Que los servicios jurídicos permanentes han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y
por el artículo 53 de la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de
Presupuesto (t.o. 2014).
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo BID N°
5570/OC-AR a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO
INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), por un monto de hasta DÓLARES
ESTADOUNIDENSES OCHENTA MILLONES (USD 80.000.000), destinado a
financiar el “Programa de Apoyo a MiPyMEs para la Transformación
Digital hacia Industria 4.0” que consta de las Estipulaciones
Especiales integradas por SEIS (6) Capítulos, de las Normas Generales
integradas por DOCE (12) Capítulos y de UN (1) Anexo Único, que como
ANEXO I (IF-2022-120776192-APN-SSRFID#MEC) forma parte integrante de
esta medida. Asimismo, forman parte integrante de la presente medida,
como ANEXO II (IF-2022-120776551-APN-SSRFID#MEC) las “Políticas para la
Adquisición de Bienes y Obras Financiadas por el Banco Interamericano
de Desarrollo” y como ANEXO III (IF-2022-120777431-APN-SSRFID#MEC) las
“Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados
por el Banco Interamericano de Desarrollo”, ambas correspondientes a la
edición del mes de mayo de 2019.
ARTÍCULO 2°.- Facúltase al señor Ministro de Economía, o al funcionario
o a la funcionaria o funcionarios o funcionarias que este designe, a
suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el
Contrato de Préstamo BID N° 5570/OC-AR y su documentación adicional,
conforme al Modelo que se aprueba en el artículo 1° del presente
decreto.
ARTÍCULO 3°.- Facúltase al señor Ministro de Economía, o al funcionario
o a la funcionaria o funcionarios o funcionarias que este designe, a
convenir y suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA
ARGENTINA, modificaciones al Contrato de Préstamo BID N° 5570/OC-AR,
cuyo Modelo se aprueba por el artículo 1° de la presente medida,
siempre que no constituyan cambios sustanciales en el objeto o destino
de los fondos ni deriven en un incremento de su monto o introduzcan
modificaciones al procedimiento arbitral pactado.
ARTÍCULO 4°.- Desígnase como “Organismo Ejecutor” del “Programa de
Apoyo a MiPyMEs para la Transformación Digital hacia Industria 4.0” al
MINISTERIO DE ECONOMÍA, el cual actuará a través de la SUBSECRETARÍA DE
LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA que estará a cargo de la coordinación
general del Programa y de la ejecución técnica del mismo y de la
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES,
dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE INDUSTRIA
Y DESARROLLO PRODUCTIVO, que estará a cargo, en coordinación con la
SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, de la gestión
administrativa, financiera, contable, presupuestaria y de las
adquisiciones del Programa, o de las dependencias que en el futuro las
reemplacen con las mismas competencias y atribuciones legales.
Adicionalmente, el Organismo Ejecutor, con la asistencia de la
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES FINANCIERAS INTERNACIONALES PARA EL
DESARROLLO, llevará a cabo la evaluación estratégica del Programa; y
quedarán todas las mencionadas dependencias facultadas para realizar
todas las operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del
mencionado Programa, conforme las normas y procedimientos contenidos en
el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 5570/OC-AR que se aprueba por
el artículo 1° de la presente medida.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
FERNÁNDEZ - Juan Luis Manzur - Sergio Tomás Massa
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 09/01/2023 N° 1001/23 v. 09/01/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI,AnexoII, AnexoIII)