MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución 65/2023
RESOL-2023-65-APN-ME
Ciudad de Buenos Aires, 10/01/2023
VISTO el expediente electrónico N° EX-2022-121495033-APN-DNGU#ME, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el VISTO la UNIVERSIDAD DEL CHUBUT
comunicó a este Ministerio, en los términos del artículo 34 de la Ley
Nº 24.521 de Educación Superior, la aprobación de la reforma de su
Estatuto.
Que dicho texto estatutario fue aprobado por la Honorable Asamblea
Universitaria de la UNIVERSIDAD DEL CHUBUT en su reunión de fecha el 31
de octubre de 2022 y registrada bajo Acta 24/2022.
Que analizado el contenido del nuevo texto estatutario de que se trata
no se encuentran objeciones legales que formular por lo que corresponde
disponer la publicación del mismo en el Boletín Oficial.
Que ha tomado la intervención que le corresponde la DIRECCIÓN NACIONAL
DE GESTIÓN UNIVERSITARIA, dependiente de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS
UNIVERSITARIAS.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha emitido el dictamen de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
el artículo 34 de la Ley Nº 24.521 de Educación Superior.
Por ello,
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Aprobar el Estatuto Académico reformado de la UNIVERSIDAD
DEL CHUBUT, presentado a la consideración de este MINISTERIO DE
EDUCACIÓN.
ARTICULO 2°.- Ordenar la publicación en el Boletín Oficial del Estatuto
reformado de la UNIVERSIDAD DEL CHUBUT que obra como Anexo
(IF-2022-132038885-APN-DNGU#ME) y que forma parte integrante de la
presente Resolución.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese.
Jaime Perczyk
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 13/01/2023 N° 1414/23 v. 13/01/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)