ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
Resolución 12/2023
RESFC-2023-12-APN-D#APNAC
Ciudad de Buenos Aires, 13/01/2023
VISTO el Expediente EX-2022-97666877-APN-DGA#APNAC, la Ley Nacional Nº
22.351, las Leyes Provinciales de Misiones Ley Rama VI - N° 173 y Rama
XVI – Nº 29, los Decretos Nros. 453 de fecha 24 de marzo de 1994 y 65
de fecha 1º de febrero 2022, y las Resoluciones Nros. 74/2002,
RS-2018-34329979-APN-D#APNAC y RS-2021-106201097-APN-D#APNAC del
Directorio de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES y
RS-2018-38906843-APN-AABE#JGM de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES
DEL ESTADO, y
CONSIDERANDO:
Que, por el Artículo 1° del citado Decreto N° 453/1994 se creó la
categoría de Reserva Natural Silvestre (R.N.S.) y se dispuso que las
mismas serán aquellas áreas que se encuentren en el dominio del ESTADO
NACIONAL “(...) de extensión considerable, que conserven inalterada o
muy poco modificada la cualidad silvestre de su ambiente natural y cuya
contribución a la conservación de la diversidad biológica sea
particularmente significativa en virtud de contener representaciones
válidas de uno o más ecosistemas, poblaciones animales o vegetales
valiosas a dicho fin (...)”.
Que, por el Artículo 16 de la Ley Provincial de Misiones Rama XVI – Nº
29 se creó el Sistema Provincial de Áreas Naturales Protegidas, y se
entiende por “Reservas Naturales – Culturales Provinciales” a aquellas
Áreas en las que se encuentran comunidades aborígenes interesadas en
preservar determinadas pautas culturales propias y cuya relación
armónica con el medio es necesario garantizar, así como también a
aquellas que albergan yacimientos arqueológicos, ruinas jesuíticas o
cualquier otra referencia histórica de interés.
Que, en el área que se crea como Reserva Natural Silvestre Parque
Federal Campo San Juan se hallan los restos materiales del antiguo
Ingenio Azucarero “San Juan”, declarado como Patrimonio Cultural y
Patrimonio Turístico de la provincia de Misiones por Ley Rama VI - N°
173, por su alto valor histórico y cultural, tanto a nivel provincial
como nacional.
Que, el área que comprende la Reserva Natural Silvestre Parque Federal
Campo San Juan forma parte de la ecorregión de campos y malezales que
está presente en el noreste de la provincia de Corrientes y al sur de
la provincia de Misiones; representando el UNO por ciento (1%) del
territorio de nuestro país y constituyendo una de las ecorregiones con
menor grado de protección en el Sistema Federal de Áreas Protegidas;
razón por la cual su preservación es prioritaria. Que, la ENTIDAD
BINACIONAL YACYRETÁ donó, con cargo y a favor del ESTADO NACIONAL
–ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, DOCE (12) parcelas de su
propiedad bajo la categoría de una Reserva Natural, ubicadas en el
Municipio Santa Ana, Departamento Candelaria, provincia de Misiones,
con una superficie total aproximada de CINCO MIL CIENTO TREINTA Y UN
hectáreas, VEINTE áreas, VEINTIDÓS centiáreas (5.131 ha., 20 a., 22
ca.), según surge de la Resolución RS-2018-38906843-APN-AABE#JGM.
Que, a través del dictado de la Resolución RS-2018-34329979-APN-D#APNAC
del Directorio, la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES aceptó la
donación con cargo anteriormente mencionada.
Que, asimismo, por medio de la Resolución RS-2018-38906843-APN-AABE#JGM
del Presidente de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES y
Vicepresidente de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, se
resolvió aceptar la donación descripta precedentemente y asignar los
inmuebles en uso a la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.
Que, el GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE MISIONES, representado por el Señor
Vicegobernador, Doctor Carlos Omar ARCE, y la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES
NACIONALES, representada por el entonces Presidente del Directorio,
Lautaro ERRATCHÚ, suscribieron con fecha 15 de octubre de 2021 UN (1)
Convenio de Cooperación para la Implementación, Manejo y Conservación
de la Reserva Natural Silvestre y Reserva Natural Cultural Provincial
“Parque Federal Campo San Juan”, el cual obra en el Expediente como
documento IF-2021-101585685-APN-DRNO#APNAC.
Que, a través de la Resolución RS-2021-106201097-APN-D#APNAC del Directorio se ratificó el mencionado Convenio.
Que, según el “Anexo Técnico” de creación de la Reserva Natural
Silvestre “Parque Federal Campo San Juan”, obrante en el documento
IF-2021-120998895-APN-DRNEA#APNAC, el área tiene un alto valor
ecológico y sociocultural, presentándose como un espacio de campos y
malezales, una zona estratégica que propicia la conservación de la
biodiversidad.
Que, a través del Decreto Nº 65/2022 se creó la Reserva Natural Silvestre “Parque Federal Campo San Juan”.
Que, en el Acta de la 1ª reunión del Comité Asesor de Gestión de la
Reserva Natural Silvestre Parque Federal Campo San Juan, obrante como
documento IF-2022-102554746-APN-DTC#APNAC, se determinó trabajar
durante el año 2022 en la Zonificación del Área Protegida.
Que, de acuerdo con las Directrices de Zonificación de la
ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, aprobadas mediante la Resolución
del Directorio N° 74/2002, se establece que las Unidades de
Conservación que no cuenten con el Plan de Manejo aprobado, deberán
elaborar una Zonificación Preliminar a fin de contar con pautas
orientativas para manejar los espacios de la unidad.
Que, con motivo de ello y sujeto al cargo, se desarrolló en
coordinación con la provincia de Misiones un documento de gestión
articulado que describe la zonificación preliminar del área con detalle
de usos, actividades permitidas, y superficies relativas, obrante como
IF-2022-131937069-APN-DNC#APNAC, en línea con la Directrices para la
Zonificación de Áreas Protegidas aprobadas por la Resolución mencionada
en el Considerando precedente.
Que las Direcciones Nacionales de Conservación, de Operaciones y de Uso
Público, y la Dirección General de Asuntos Jurídicos han tomado las
intervenciones de sus competencias.
Que, la presente se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 23, incisos k) y w), de la Ley N° 22.351.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase la Zonificación Preliminar de la Reserva
Natural Silvestre “Parque Federal Campo San Juan”, que como documento
IF-2022-131937069-APN-DNC#APNAC forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Determínase que por el Departamento de Mesa General de
Entradas, Salidas y Notificaciones se publique la presente en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA NACIÓN por el término de UN (1) día. Hecho,
gírense las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de
Conservación para la prosecución del trámite.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Francisco Luis Gonzalez Taboas - Claudio David Gonzalez - Natalia Gabriela Jauri - Federico Granato
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 17/01/2023 N° 1963/23 v. 17/01/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)