MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 18/2023
RESOL-2023-18-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 13/01/2023
VISTO el Expediente N° EX-2022-127424921-APN-DGD#MAGYP, la Ley N°
26.509 y sus modificatorias, y su Decreto Reglamentario N° 1.712 de
fecha 10 de noviembre de 2009, los Decretos Provinciales Nros. 1.305 de
fecha 2 de noviembre de 2021, 1.397 de fecha 15 de noviembre de 2022 y
1.417 de fecha 22 de noviembre de 2022, la Resolución N° 294 de fecha
28 de diciembre de 2021 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA (RESOL-2021-294-APN-MAGYP), el Acta de la reunión de
la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS de fecha
30 de noviembre de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que la Provincia de RÍO NEGRO presentó para su tratamiento los Decretos
Provinciales Nros. 1.397 de fecha 15 de noviembre de 2022 y 1.417 de
fecha 22 de noviembre de 2022, en la reunión de fecha 30 de noviembre
de 2022 de la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES
AGROPECUARIOS, a los efectos de la aplicación de la Ley Nº 26.509 y sus
modificatorias.
Que el Decreto Provincial N° 1.305 de fecha 2 de noviembre de 2021 fue
tratado en la reunión de fecha 24 de noviembre de 2021 de la COMISIÓN
NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS, dando origen al
dictado de la Resolución N° 294 de fecha 28 de diciembre de 2021 del ex
- MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
(RESOL-2021-294-APN-MAGYP).
Que el citado Decreto Provincial N° 1.397/22 prorrogó, el estado de
emergencia y/o desastre agropecuario por heladas primaverales tardías y
por caída de granizo, dispuesto en el referido Decreto Provincial N°
1.305/21, en las localidades afectadas de los Departamentos de Pichi
Mahuida, Avellaneda, General Roca y El Cuy, por el término de SIETE (7)
meses.
Que asimismo, el citado Decreto Provincial N° 1.417/22 declaró el
estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, por
heladas tardías y caída de granizo en lo que refiere a la actividad
hortícola, frutícola, vitivinícola y frutos secos de los Departamentos
de Avellaneda, General Conesa, Pichi Mahuida, General Roca, El Cuy y
Adolfo Alsina a partir del 22 de noviembre de 2022 y por el término de
DIECIOCHO (18) meses.
Que la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS,
luego de analizar la situación provincial, recomendó prorrogar y
declarar el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según
corresponda, en los términos de la Ley N° 26.509 y sus modificatorias,
con el alcance propuesto por la Provincia de RÍO NEGRO.
Que asimismo, la citada Comisión estableció los días 2 de junio de 2023
y 22 de mayo de 2024, como fecha de finalización del ciclo productivo
para las explotaciones afectadas, de las áreas declaradas en los
Artículos 1° y 2° de esta resolución, respectivamente, de acuerdo con
lo estipulado en los Artículos 22 y 23 del Anexo al Decreto
Reglamentario N° 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
la Ley de Ministerios –t.o. 1992- y sus modificaciones y el Artículo 9°
del Anexo al Decreto Reglamentario N° 1.712/2009.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- A los efectos de la aplicación de la Ley N° 26.509 y sus
modificatorias, dase por prorrogado, en la Provincia de RÍO NEGRO,
hasta el 2 de junio de 2023, el estado de emergencia y/o desastre
agropecuario, según corresponda, a las explotaciones agropecuarias
afectadas por heladas intensas y granizo en los Departamentos de
General Roca, Avellaneda, Pichi Mahuida y El Cuy, que fuera declarado
mediante la Resolución N° 294 de fecha 28 de diciembre de 2021 del ex -
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA (RESOL-2021-294-APN-MAGYP).
ARTÍCULO 2°.- A los efectos de la aplicación de la Ley Nº 26.509 y sus
modificatorias, dase por declarado, en la Provincia de RÍO NEGRO, el
estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, por
el plazo de DIECIOCHO (18) meses a partir del 22 de noviembre de 2022,
a las explotaciones hortícola, frutícola, vitivinícola y frutos secos
afectadas por heladas tardías y granizo en los Departamentos de
Avellaneda, General Conesa, Pichi Mahuida, General Roca, El Cuy y
Adolfo Alsina.
ARTÍCULO 3°.- Determinar que el 2 de junio de 2023 y el 22 de mayo de
2024 son las fechas de finalización del ciclo productivo para las
explotaciones agropecuarias afectadas de las áreas declaradas en los
Artículos 1° y 2° de esta resolución, respectivamente, de acuerdo con
lo estipulado en los Artículos 22 y 23 del Anexo al Decreto
Reglamentario N° 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009.
ARTÍCULO 4°.- A los efectos de poder acogerse a los beneficios que
acuerda la Ley N° 26.509 y sus modificatorias, conforme con lo
establecido por su Artículo 8°, los productores y las productoras
afectados/as deberán presentar certificado extendido por la autoridad
competente de la provincia, en el que conste que sus predios o
explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos en
dicho artículo.
ARTÍCULO 5°.- El Gobierno Provincial remitirá a la SECRETARÍA TÉCNICA
EJECUTIVA de la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES
AGROPECUARIOS el listado de los productores y las productoras
afectados/as, acompañando copia del certificado de emergencia emitido
por la autoridad provincial competente.
ARTÍCULO 6°.- Las instituciones bancarias nacionales, oficiales o
mixtas y la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), entidad
autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, arbitrarán los
medios necesarios para que los productores y las productoras
agropecuarios/as comprendidos/as en la presente resolución gocen de los
beneficios previstos en los Artículos 22 y 23 de la Ley N° 26.509 y sus
modificatorias.
ARTÍCULO 7°.- La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Sergio Tomás Massa
e. 17/01/2023 N° 1958/23 v. 17/01/2023