INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO
Resolución 4/2023
RESOL-2023-4-APN-INIDEP#MEC
Mar del Plata, Buenos Aires, 19/01/2023
VISTO el EX-2022-87414323-APN-INIDEP#MAGYP del INSTITUTO NACIONAL DE
INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO, y la Resolución INIDEP N°215 de
fecha 16 de Noviembre de 2022, y
CONSIDERANDO
Que por la mencionada Resolución se modificó el Artículo 1º de la
Resolución INIDEP Nº 122 del 02 de Junio de 2014 donde se aprueba la
Política de Seguridad de la Información del INSTITUTO NACIONAL DE
INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO, organismo descentralizado en la
órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADRÍA Y PESCA, y de
conformidad con las previsiones establecidas en la Disposición Nº 3 de
fecha 27 de Agosto de 2013 de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE
INFORMACIÓN de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la
entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
Que resulta de carácter imperioso la publicación en el Boletín Oficial
de las políticas de seguridad de la información del INSTITUTO NACIONAL
DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO, organismo descentralizado en la
órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.
Que el suscripto es competente en virtud de la atribuciones conferidas,
por las Leyes 21.673, los Decretos N° 1063 del 17 de agosto de 2004 y
N° 74 de fecha 17 de enero de 2020,
Por ello,
EL DIRECTOR DEL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO
RESUELVE:
ARTICULO 1°: Sustitúyese el ARTÍCULO 3º de la Resolución INIDEP Nº 215
del 16 de Noviembre de 2022, el que quedará redactado de la siguiente
manera: “ARTICULO 3°: Regístrese, comuníquese y publíquese la presente
Resolución en el BOLETIN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA así como sus
ANEXOS I, II y III que forman parte integrante de la misma y cumplido
archívese.
ARTICULO 2°: Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Oscar Horacio Padin
e. 20/01/2023 N° 2546/23 v. 20/01/2023