MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 129/2023
RESOL-2023-129-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 15/02/2023
Visto el expediente EX-2023-05267575- -APN-DGDA#MEC, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del
Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2023 formulado por
Intercargo Sociedad Anónima Unipersonal, actuante en el ámbito del
Ministerio de Transporte.
Que la ley 24.156 contiene en el capítulo III del título II, el Régimen
presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes
Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la Oficina
Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto
de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, sobre la
medida propiciada.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta resolución se dicta en virtud de las facultades previstas en
el artículo 49 de la ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1344 del
4 de octubre de 2007.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el
ejercicio 2023 de Intercargo Sociedad Anónima Unipersonal, actuante en
el ámbito del Ministerio de Transporte, de acuerdo con el detalle
obrante en los anexos I (IF-2023-10725946-APN-SSP#MEC) y II
(IF-2023-10726742-APN-SSP#MEC), que integran esta resolución.
ARTÍCULO 2º.- Estímanse en la suma de diecisiete mil setecientos
treinta y siete millones cuatrocientos noventa y seis mil trece pesos
($ 17.737.496.013) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de
veinte mil ciento noventa y cinco millones doscientos tres mil
quinientos veintiséis pesos ($ 20.195.203.526), los gastos de
operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo
(Pérdida de Operación) estimado en la suma de dos mil cuatrocientos
cincuenta y siete millones setecientos siete mil quinientos trece pesos
($ 2.457.707.513), de acuerdo con el detalle que figura en las
planillas del anexo II (IF-2023-10726742-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 3º.- Estímanse en la suma de veintiún mil ciento sesenta y
cuatro millones ciento cincuenta y seis mil setecientos sesenta y cinco
pesos ($ 21.164.156.765) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma
de veinte mil doscientos doce millones ochocientos cincuenta y tres mil
quinientos veintiséis pesos ($ 20.212.853.526) los gastos corrientes, y
como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (Ahorro)
estimado en la suma de novecientos cincuenta y un millones trescientos
tres mil doscientos treinta y nueve pesos ($ 951.303.239), de acuerdo
con el detalle que figura en las planillas del anexo II
(IF-2023-10726742-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 4º.- Estímanse en la suma de ciento tres millones seiscientos
treinta y nueve mil novecientos treinta y siete pesos ($ 103.639.937)
los recursos de capital y fíjanse en la suma de ciento treinta y cinco
millones ciento noventa y un mil cuatrocientos sesenta y ocho pesos ($
135.191.468) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en
conjunción con el Resultado Económico establecido en el artículo 3º de
esta resolución, estímase el Resultado Financiero (Superávit) para el
ejercicio 2023, en la suma de novecientos diecinueve millones
setecientos cincuenta y un mil setecientos ocho pesos ($ 919.751.708),
de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del anexo II
(IF-2023-10726742-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Sergio Tomás Massa
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 17/02/2023 N° 8531/23 v. 17/02/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)