MINISTERIO DE ECONOMÍA
SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA
Disposición 1/2023
DI-2023-1-APN-SSA#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 24/02/2023
VISTO el Expediente Nº EX-2023-17763632- -APN-DGD#MAGYP del Registro de
la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE
ECONOMÍA, las Resoluciones Nros. RESOL-2022-113-APN-MAGYP de fecha 12
de mayo de 2022 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y
PESCA y RESOL-2023-21-APN-SAGYP#MEC de fecha 19 de enero de 2023 de la
SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE
ECONOMÍA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución Nº RESOL-2022-113-APN-MAGYP de fecha 12 de
mayo de 2022 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
se creó, en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA de la
SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, el Plan Argentina 25MT con el objeto de
fomentar la producción sostenible, transformación y exportación de
trigo y sus subproductos, aprobándose asimismo por el Artículo 2º de la
precitada norma, en el marco del Plan Argentina 25MT, el programa
denominado “Cerrando Brechas Productivas”, en adelante el PROGRAMA, en
los términos del Anexo a la referida Resolución.
Que el objetivo del PROGRAMA es contribuir a la reducción de brechas de
rendimiento entre productores y productoras de trigo a través de
asistencia técnica directa, poniendo el organismo a disposición de
pequeños y medianos productores y productoras de trigo, asesoramiento
técnico especializado con el objetivo de incrementar su rinde aplicando
mejores prácticas de manejo sostenible.
Que la citada Subsecretaría es la Autoridad de Aplicación del Plan
Argentina 25MT, hallándose facultada a dictar las normas
complementarias para la debida operatividad y cumplimiento del Plan y
sus programas.
Que la campaña 2022/2023 estuvo signada por el fenómeno de “La Niña”
situación que se ha repetido por tercer año consecutivo con lluvias
menores al promedio y la ocurrencia de heladas reiteradas y tardías en
estadios críticos de los cultivos causando daños sobre gran parte del
área agrícola, condicionando el crecimiento y evolución de los
rendimientos.
Que el resultado final de estos acontecimientos climáticos fue una
caída en la superficie sembrada de trigo y una consecuente reducción
del volumen cosechado en relación a la campaña anterior.
Que en ese marco agroproductivo y ambiental se desarrolló la primera
edición del PROGRAMA, habiéndose aprobado la nómina de personas
productoras de trigo y las personas profesionales del agro
seleccionadas mediante la Resolución Nº RESOL-2023-21-APN-SAGYP#MEC de
fecha 19 de enero de 2023 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y
PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que las circunstancias desfavorables descriptas reflejan la necesidad
de recuperar el volumen de producción perdido para continuar
garantizando el abastecimiento y, a su vez, generar excedente con fines
de exportación.
Que la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE
ECONOMÍA lleva adelante políticas públicas orientadas a recuperar e
incrementar la producción y, parte de esto, incluye reducir las
diferencias productivas a través de herramientas vinculadas al
asesoramiento a los segmentos menos tecnificados con el fin de acortar
estas brechas.
Que de acuerdo a lo expuesto, corresponde emitir la convocatoria a
productores y productoras y profesionales del agro para participar de
la segunda edición del PROGRAMA.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SECRETARÍA DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la
intervención que le compete.
Que el suscripto resulta competente en virtud de las facultades
otorgadas por el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, y por la Resolución Nº RESOL-2022-113-APN-MAGYP de
fecha 12 de mayo de 2022 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE AGRICULTURA
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el llamado a convocatoria para la presentación
de las solicitudes de participación en la segunda edición, campaña de
trigo 2023/2024, del Programa “Cerrando Brechas Productivas” creado
mediante la Resolución Nº RESOL-2022-113-APN-MAGYP de fecha 12 de mayo
de 2022 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA de
conformidad con el Anexo que, registrado con el Nº
IF-2023-20045122-APN-SSA#MEC forma parte integrante de la presente
medida.
ARTÍCULO 2º.- La presente disposición entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Delfo Emilio Buchaillot
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 28/02/2023 N° 10904/23 v. 28/02/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Disposición N° 2/2023 de la Subsecretaría de Agricultura B.O. 19/04/2023 se prorroga hasta el día 2 de mayo de 2023 inclusive, la
fecha de inscripción establecida en el Anexo Nº
IF-2023-20045122-APN-SSA#MEC a la presente Disposición, para la presentación de las solicitudes de participación en
la segunda edición, campaña de trigo 2023/2024, del Programa “Cerrando
Brechas Productivas” creado mediante Resolución N°
RESOL-2022-113-APN-MAGYP de fecha 12 de mayo de 2022 del entonces
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA. Vigencia: a partir de su publicación en el Boletín Oficial)