ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS
Disposición 10/2023
DI-2023-10-APN-DGIYSA#ANAC
Ciudad de Buenos Aires, 30/01/2023
VISTO el Expediente Nº EX-2022-119414951-APN-ANAC#MTR del Registro de
esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), la Ley N°
13.891, el Decreto N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007, la
Resolución ANAC N° 225 de fecha 04 de diciembre de 2009 y la Resolución
ANAC N° 323-E de fecha 24 de junio de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Expediente citado en el Visto, la Dirección de
Proyectos e Infraestructura dependiente de ésta DIRECCIÓN GENERAL DE
INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS (DGIySA) de la
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) elaboró un proyecto de
Manual, el cual tiene como objetivo presentar el nuevo método de
evaluación y notificación de la resistencia de los pavimentos
aeroportuarios, denominado Método “Índice de Clasificación de Aeronaves
– Índice de Clasificación de Pavimentos (ACR-PCR)”, el cual sustituirá
al Método “ACN-PCN” vigente, a partir del 28 de noviembre de 2024.
Que la resistencia o valor soporte de un pavimento de aeródromo puede
considerarse como un conjunto de parámetros, que incluye un número que
puede relacionarse con el peso permitido para la operación de una
aeronave en el aeródromo.
Que su propósito es proteger la integridad de los pavimentos del área
de movimiento y asegurar que mantengan su vida útil de diseño de manera
segura y económica.
Que, considerando que se trata de un tema relativamente nuevo para la
mayoría de los explotadores de aeródromo, no solo nacionales sino
también de la mayor parte de los países del mundo, este manual pretende
ser un documento de orientación técnica, con el fin de preparar a los
profesionales del sector aeronáutico y aeroportuario para los cambios
que se avecinan en esta temática.
Que este método, además, servirá de apoyo para los explotadores de
aeródromo y para los operadores aéreos a fin de evaluar las operaciones
de aeronaves en condiciones de seguridad operacional aceptable.
Que de acuerdo con el Capítulo 2 del Volumen I “Diseño y Operaciones de
Aeródromos” del Anexo 14 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional
(Ley N°13.891), se obtendrá la resistencia de un pavimento destinado a
las aeronaves de masa en la plataforma (rampa) superior a 5.700 kg,
mediante el método del Índice de Clasificación de Aeronaves – Índice de
Clasificación de Pavimentos (ACR-PCR), aplicable a partir del 28 de
noviembre de 2024.
Que, en el ámbito nacional, en virtud de lo establecido en la Subparte
B, Inciso 154.111 de la Parte 154 “Diseño de Aeródromos” de las
REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL (RAAC), a partir de 28 de
noviembre de 2024 se obtendrá la resistencia de un pavimento destinado
a las aeronaves de masa en la plataforma (rampa) superior a 5.700 kg,
utilizando el método del Índice de Clasificación de Aeronaves – Índice
de Clasificación de Pavimentos (ACR-PCR).
Que, de acuerdo a lo especificado en la citada Regulación, el
explotador del aeródromo determinará la resistencia de los pavimentos
del área de movimiento.
Que asimismo, en virtud de lo establecido en la Subparte C, Inciso
153.263 de la Parte 153 “Operación de Aeródromos” de las REGULACIONES
ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL (RAAC), cuando se efectúen operaciones con
sobrecarga de aeronaves que operan actualmente en el aeródromo, el
explotador de aeródromo deberá examinar los criterios relativos a
dichas operaciones, ya que la excesiva frecuencia de este tipo de
operaciones puede disminuir en gran medida la vida útil del pavimento o
exigir grandes obras de reparación.
Que, si bien este método entrará en vigencia el 28 de noviembre de
2024, se estima conveniente establecer una metodología estándar a fin
de generar una transición ordenada entre el Método ACN-PCN vigente y el
nuevo Método ACR-PCR.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos, dependiente de la DIRECCIÓN
GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA (DGLTYA), de esta
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), ha tomado la
intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas por
el Decreto N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007, la Resolución
ANAC N° 225 de fecha 04 de diciembre de 2009 y la Resolución ANAC N°
323-E de fecha 24 de junio de 2022.
Por ello,
LA DIRECTORA GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébese el MANUAL PARA LA DETERMINACIÓN DE LA
RESISTENCIA DE UN PAVIMENTO AEROPORTUARIO A TRAVÉS DEL MÉTODO ACR-PCR,
que como Anexo GDE N° IF-2023-03114004-APN-DGIYSA#ANAC forma parte de
la presente disposición.
ARTÍCULO 2°.- Dese intervención a la UNIDAD DE PLANIFICACIÓN Y CONTROL
DE GESTIÓN (UPyCG) de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
(ANAC), difúndase mediante las publicaciones de información aeronáutica
y sitio “web” institucional de esta Administración Nacional.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL y cumplido, archívese.
Noemi Rosa Muchnik
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición no se publica/n.
El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en:
https://www.argentina.gob.ar/anac sección normativa
e. 08/03/2023 N° 13628/23 v. 08/03/2023