MINISTERIO DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
Disposición 6/2023
DI-2023-6-APN-SSCRYF#MS
Ciudad de Buenos Aires, 07/03/2023
Visto el Expediente N° EX-2023-16802997--APN-DD#MS del REGISTRO DEL
MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN, la Ley Nº 17.132, la Ley Nº 22.127,
sus modificatorias y complementarias, la Resolución Ministerial N° 1993
de fecha 2 de noviembre de 2015, sus modificatorias y complementarias y
la Resolución Ministerial N° 191 de fecha 13 de febrero de 2023, y
CONSIDERANDO:
Que, el MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN ha asumido la responsabilidad
de promover las acciones dirigidas a la capacitación, formación y
fortalecimiento de los equipos de salud, tendientes a alcanzar su
desarrollo y afianzar los procesos de calidad de los servicios y su
vinculación con la comunidad, especialmente a través de la formación de
especialistas mediante las residencias del equipo de salud.
Que, el proceso de formación del profesional de salud en la residencia
debe considerarse una actividad en servicio y, aun cuando su esencia es
eminentemente educativa, el objetivo no puede ser logrado sino mediante
la ejecución directa y personal de las tareas asistenciales a través de
la asignación progresiva de responsabilidades crecientes bajo
supervisión permanente y adecuada en todos los escenarios de
aprendizaje.
Que, la transformación en materia educativa debe ir acompañada de
herramientas pedagógicas actualizadas, priorizando la formación del
profesional a través de la adquisición de competencias, incorporando
nuevos conocimientos, habilidades y actitudes, teniendo como principal
objetivo ayudar a resolver las problemáticas de salud demandadas por la
población.
Que, es necesaria una reconfiguración de los espacios de trabajo del
equipo de salud en formación, planteando nuevos desafíos mediante la
incorporación de herramientas tecnológicas adecuadas al proceso de
enseñanza-aprendizaje, así como la construcción colectiva de la
formación en servicio para las nuevas subjetividades.
Que, por Resolución Ministerial N° 191 de fecha 13 de febrero de 2023
se crea el SISTEMA INTEGRAL DE EVALUACIÓN DE RESIDENCIAS DE LOS EQUIPOS
DE SALUD (SIER), bajo la órbita del MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN,
presidido por la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN,
con la coordinación de la DIRECCIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO Y
CONOCIMIENTO, que tiene como objetivo primario promover una formación
de posgrado comprometida con la calidad priorizando los componentes
humanísticos, para la conformación de profesionales con carácter
crítico y reflexivo.
Que, el SISTEMA INTEGRAL DE EVALUACIÓN DE RESIDENCIAS DE LOS EQUIPOS DE
SALUD (SIER) se implementará a través de distintos procesos que
conforman la EVALUACIÓN GLOBAL DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, y
para ello es necesario el desarrollo de un circuito conforme lo
dispuesto en la presente normativa.
Que, con el objetivo de agilizar los procesos de EVALUACIÓN GLOBAL DE
RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, se han informatizado los instrumentos
de evaluación correspondientes al SISTEMA INTEGRAL DE EVALUACIÓN DE
RESIDENCIAS DE LOS EQUIPOS DE SALUD (SIER) que deberán ser completados
por las instituciones formadoras como así también por los/as
residentes, realizando de esta forma una validación por pares.
Que, en este sentido, resulta imprescindible establecer una serie de
criterios mínimos que deben cumplir las residencias, priorizando la
calidad en las condiciones de formación, laborales e institucionales,
para obtener el reconocimiento de la residencia por parte de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO Y CONOCIMIENTO, para con
posterioridad proceder a su acreditación, de corresponder, a través del
proceso de evaluación externa llevado a cabo por las Entidades
Evaluadoras habilitadas para tal fin.
Que, la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN, a través
de la DIRECCIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO Y CONOCIMIENTO, considera
oportuno renovar los Estándares de Acreditación de las residencias del
equipo de salud, entendiendo que a la fecha se deben actualizar las
herramientas pedagógicas utilizadas en el proceso
enseñanza-aprendizaje, y que las condiciones de formación y laborales
que los y las profesionales de salud requieren se han modificado en el
contexto actual.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente norma se dicta en uso de las facultades conferidas por
la Resolución Ministerial N° 191 de fecha 13 de febrero de 2023.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Créase el CIRCUITO PARA EL PROCESO DE EVALUACIÓN GLOBAL
DE LAS RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, conforme lo establecido en el
ANEXO I (IF-2023-16894644-APNDNTHYC#MS) que forma parte integrante de
la presente, mediante el cual se operativizará el SISTEMA INTEGRAL DE
EVALUACIÓN DE LAS RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD (SIER).
ARTÍCULO 2º.- Apruébanse los INSTRUMENTOS PARA LA EVALUACIÓN GLOBAL DE
LAS RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD que como ANEXO II
(IF-2023-16894586-APN-DNTHYC#MS) que forma parte integrante de la
presente.
ARTÍCULO 3º.- Apruébanse los nuevos ESTÁNDARES NACIONALES PARA LA
ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD que como ANEXO III
(IF-2023-16894546-APN-DNTHYC#MS) que forma parte integrante de la
presente.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Claudio Antonio Ortiz
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 08/03/2023 N° 13654/23 v. 08/03/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII)