MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD
Resolución 111/2023
RESOL-2023-111-APN-MMGYD
Ciudad de Buenos Aires, 15/03/2023
VISTO el Expediente EX-2020-40169424- -APN-CGD#MMGYD, los Decretos N°
al Decreto N° 1344 del 4 de octubre de 2007, Nº 7 del 10 de diciembre
de 2019, modificatorio de la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. 1992),
las Leyes Nros. 23.179, 24.632, 26.061, 26.485 y 26.743, la Decisión
Administrativa N° 279 del 2 de marzo de 2020, la Resolución de la
Sindicatura General de la Nación N° 162 del 11 de noviembre de 2014,
del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad Nros. 114 del 29 de
julio de 2020, 131 de fecha 30 de julio de 2020, 239 del 8 de octubre
de 2020 y 261 de fecha 30 de mayo de 2022 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y
DIVERSIDAD N° 114 del 29 de julio de 2020 se creó el PROGRAMA DE
FORTALECIMIENTO PARA DISPOSITIVOS TERRITORIALES DE PROTECCIÓN INTEGRAL
DE PERSONAS EN CONTEXTO DE VIOLENCIA POR MOTIVOS DE GÉNERO, luego
modificada por la N° 261/22, en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE
ABORDAJE INTEGRAL DE LAS VIOLENCIAS POR RAZONES DE GÉNERO de este
Ministerio.
Que el objetivo primordial del PROGRAMA es fortalecer, a través de una
transferencia económica y de asistencia técnica, los Dispositivos
Territoriales de Protección (Hogares, Refugios, Casas de Medio Camino,
espacios integrales de asistencia y protección, entre otros)
gestionados por provincias, municipios, y organizaciones sociales y
comunitarias con personería jurídica, para la asistencia y protección
de las personas y su grupo familiar que se encuentran en situación de
violencias por motivos de género.
Que de la experiencia adquirida se desprende que resulta de fundamental
importancia realizar modificaciones al PROGRAMA en pos de reforzar
distintas formas de acompañamiento a los dispositivos territoriales de
protección pertenecientes a organizaciones sociales y comunitarias con
personería jurídica.
Que con el propósito de cumplir los objetivos trazados en el marco del
PROGRAMA es menester dejar sin efecto la Resolución del MINISTERIO DE
LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD N° 261/2022, sin perjuicio de que se
tiene como objetivo la continuidad de la incorporación de los
dispositivos territoriales de protección pertenecientes a
organizaciones sociales con personería jurídica, toda vez que estos
gestionan espacios necesarios para la protección dentro de las diversas
estrategias para lograr el abordaje integral de las violencias por
motivos de género.
Que para la instrumentación de las modificaciones formuladas, es
menester aprobar los nuevos lineamientos, requisitos para el ingreso,
formularios de documentación, el reglamento operativo y modelos de
convenio correspondientes. Asimismo, resulta necesario incorporar una
declaración jurada a suscribir por las personas responsables de las
organizaciones sociales y comunitarias con personería jurídica.
Que los expedientes originados en solicitudes anteriores a la entrada
en vigencia de la presente Resolución se regirán por el ordenamiento
anterior que se propicia derogar.
Que, por su parte, atento a que la Resolución N° 239/2020 del
MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD establece el Reglamento
General de Rendición de Cuentas de Fondos Presupuestarios Transferidos
por el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad a Provincias,
Municipios, otros Entes y Personas Físicas y Jurídicas, corresponde.
Que la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA y la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES Y
CONTENCIOSOS del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD han
tomado las intervenciones de su competencia.
Que el presente acto se dicta en virtud de las facultades previstas en
el Artículo 23 Ter, incisos 3°, 4°, 6º y 7º de la Ley de Ministerios N°
22.520.
Por ello,
LA MINISTRA DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Déjase sin efecto la Resolución del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD N° 261 del 30 de mayo de 2022.
ARTÍCULO 2°.- Apruébanse los “Lineamientos Generales del PROGRAMA DE
FORTALECIMIENTO PARA DISPOSITIVOS TERRITORIALES DE PROTECCIÓN INTEGRAL
DE PERSONAS EN CONTEXTO DE VIOLENCIA POR MOTIVOS DE GÉNERO” que como
ANEXO I (IF-2023-25877019-APN-DNPVVRG#MMGYD) forma parte de la presente
Resolución.
ARTÍCULO 3°.- Apruébanse los “Requisitos para el Ingreso al PROGRAMA DE
FORTALECIMIENTO PARA DISPOSITIVOS TERRITORIALES DE PROTECCIÓN INTEGRAL
DE PERSONAS EN CONTEXTO DE VIOLENCIA que como ANEXOS II
(IF-2023-25879723-APN-DNPVVRG#MMGYD) y III
(IF-2023-25883086-APN-DNPVVRG#MMGYD) forman parte de la presente
Resolución.
ARTÍCULO 4°.- Apruébanse los “Formularios de Documentación” del
PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO PARA DISPOSITIVOS TERRITORIALES DE
PROTECCIÓN INTEGRAL DE PERSONAS EN CONTEXTO DE VIOLENCIA POR MOTIVOS DE
GÉNERO, que como ANEXOS IV (IF-2023-25886232-APN-DNPVVRG#MMGYD), y V
(IF-2023-25888117-APN-DNPVVRG#MMGYD), forman parte de la presente
Resolución.
ARTÍCULO 5°.- Apruébanse el “Reglamento Operativo del PROGRAMA DE
FORTALECIMIENTO PARA DISPOSITIVOS TERRITORIALES DE PROTECCIÓN INTEGRAL
DE PERSONAS EN CONTEXTO DE VIOLENCIA POR MOTIVOS DE GÉNERO”, que como
ANEXO VI (IF-2023-25890692-APN-DNPVVRG#MMGYD) forma parte de la
presente Resolución.
ARTÍCULO 6°.- Apruébanse los “Modelo de Convenio Específico” que como
ANEXOS VII (IF-2023-25892794-APN-DNPVVRG#MMGYD) y VIII
(IF-2023-25895254-APN-DNPVVRG#MMGYD), forman parte integrante de la
presente Resolución.
ARTÍCULO 7°.- Apruébase el “Formulario de Declaración jurada” que como
ANEXO IX (IF-2023-26003089-APN-DNPVVRG#MMGYD) forma parte integrante de
la presente Resolución.
ARTÍCULO 8°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida, será atendido con el presupuesto vigente de la Jurisdicción 86
- MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD, Servicio
Administrativo Financiero 386.
ARTÍCULO 9°.- La presente medida entrará en vigencia a partir de su
publicación en el BOLETÍN OFICIAL. Los expedientes originados en
solicitudes anteriores a la entrada en vigencia de la presente, se
regirán por el régimen de la Resolución MMGyD N° 261/22.
ARTÍCULO 10.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Ximena Ayelén Mazzina Guiñazú
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 16/03/2023 N° 16414/23 v. 16/03/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII, AnexoIV, AnexoV, AnexoVI, AnexoVII, AnexoVIII, AnexoIX)