MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

Resolución 104/2023

RESOL-2023-104-APN-MAD

Ciudad de Buenos Aires, 17/03/2023

VISTO el Expediente N° EX-2022-77671258- -APN-DGAYF#MAD, la Ley de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de Gestión de Residuos Domiciliarios Nº 25.916, la RESOL-2019-297-APN-SECCYMA#SGP y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 25.916 establece los presupuestos mínimos de protección ambiental para la gestión integral de residuos domiciliarios, sean éstos de origen residencial, urbano, comercial, asistencial, sanitario, industrial o institucional, con excepción de aquellos que se encuentren regulados por normas específicas.

Que la citada norma, en su artículo 4, establece como objetivos promover la valorización de los residuos a través de la implementación de métodos y procesos adecuados, y minimizar aquellos con destino a disposición final.

Que, asimismo, en su artículo 25, incisos f) y g), dispone que es función de la Autoridad de Aplicación promover la participación de la población en programas de reducción, reutilización y reciclaje de residuos, al igual que fomentar, a través de programas de comunicación social y de instrumentos económicos y jurídicos, la valorización de residuos.

Que la gestión ambientalmente adecuada de los residuos generados en instituciones resulta una cuestión de vital importancia, por la cual se ha advertido la necesidad de ofrecer una herramienta metodológica sobre la temática que estipule lineamientos apropiados de gestión, a fin de cumplir con criterios estandarizados de sustentabilidad.

Que el Decreto N° 779/2022 aprueba la Reglamentación de la Ley de Gestión Integral de Residuos Domiciliarios Nº 25.916 y también el “Código unificado de colores para la clasificación e identificación de fracciones de residuos domiciliarios” .

Que a la fecha existen numerosos documentos confeccionados por diferentes organismos públicos relativos a la gestión de residuos orgánicos domiciliarios, pero no así de aquellos derivados de las actividades institucionales;

Que la RESOL-2019-297-APN-SECCYMA#SGP aprueba la GUÍA DE BUENAS PRÁCTICAS AMBIENTALES: RECOMENDACIONES PARA LA CORRECTA GESTIÓN DE RESIDUOS EN OFICINAS a fin de llevar adelante una correcta gestión de residuos que en dicho ámbito se generan.

Que en la citada resolución se aborda principalmente la gestión en oficinas de las fracciones reciclables no compostables, siendo necesario un abordaje pormenorizado de las fracciones orgánicas compostables in situ.

Que, el Plan de Compostaje Institucional (PCI) que se propone en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (PCI-MAyDS), se plantea como estrategia de gestión de valorización de residuos orgánicos. El mismo establece las bases para la planificación e implementación de una buena práctica que tienda a la valorización in situ de residuos orgánicos que se generan en las oficinas del Ministerio y además optimice las acciones y decisiones que cotidianamente se toman respecto a los residuos orgánicos en el ámbito institucional.

Que el marco normativo en la materia, requiere que el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible pueda adecuar su estructura y/o funcionamiento interno en materia de residuos, y asegurarse, de esta manera, que el desarrollo de las tareas asociadas a la gestión de residuos que se implemente se adecúe a los criterios establecidos.

Que, a efectos de brindar impulso institucional en la consolidación de buenas prácticas ambientales para la gestión de residuos orgánicos institucionales, deviene necesario propiciar la implementación de un plan ministerial, que sentará las bases para establecer una práctica armónica que tienda a la valorización in situ, incorpore nuevos métodos de trabajo, y optimice las acciones y decisiones que cotidianamente se toman respecto a los residuos orgánicos en el ámbito institucional.

Que, por todo lo expuesto, resulta conveniente crear el Plan de Compostaje Institucional en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible a fin de llevar adelante una adecuada valorización de los mismos en pos de la optimización de recursos, reducción de huella de carbono y fomento de la economía circular.

Que el mentado Plan de Compostaje Institucional fue elaborado siguiendo las recomendaciones de la “Guía de Compostaje en Instituciones. Lineamientos para diseñar un Plan de Compostaje Institucional (PCI)” (IF-2022-77117006-APN-SORC#INTI), que fuera redcatado entre el MAYDS conjuntamente con el INTI. La misma tiene por objetivo sentar las bases para establecer una práctica armónica que tienda a la valorización in situ, incorpore nuevos métodos de trabajo, y optimice las acciones y decisiones que cotidianamente se toman respecto a los residuos orgánicos en el ámbito institucional. Todo ello en un marco de desarrollo sostenible y asegurando la participación e involucramiento de todos los actores locales, lo cual compartimos y adoptamos.

Que, se invita a las provincias y municipios, instituciones, asociaciones y organizaciones y toda otra entidad pública y/o privada, a adherir al Plan de Compostaje Institucional (PCI), mediante la presentación de la Carta de adhesión;

Que, la mencionada Carta de adhesión es la manifestación expresa del compromiso que asumen aquellas instituciones públicas o privadas, a llevar a cabo las acciones propuestas para la elaboración y ejecución del Plan de Compostaje Institucional (PCI) conforme a los lineamientos expresados, y dicha adhesión les permitirá comenzar a impulsar las acciones necesarias para el desarrollo de políticas ambientales vinculadas a la valorización de orgánicos en ámbitos institucionales;

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE ha tomado la intervención que le corresponde.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. por Decreto N° 438/92 y sus modificatorios), el Decreto N° 7/2019 y el Decreto N° 50/2019 y sus modificatorios.

Por ello,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Créase el Plan de Compostaje Institucional (PCI) en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (PCI-MAyDS), como estrategia de gestión de valorización de residuos orgánicos. El PCI-MAyDS que como ANEXO I (IF-2022-137104823-APN-DCAYR#MAD) forma parte de la presente, establece las bases para la planificación e implementación de una buena práctica que tienda a la valorización in situ de residuos orgánicos que se generan y optimice las acciones y decisiones que cotidianamente se toman respecto a los residuos orgánicos en el ámbito institucional.

ARTÍCULO 2º.- El PCI-MAyDS se desarrollará en el ámbito de la Subsecretaría de Fiscalización y Recomposición perteneciente a la Secretaría de Control y Monitoreo Ambiental del Ministerio de Ambiente y la coordinación técnica y operativa estará a cargo de la Dirección de Calidad Ambiental y Recomposición, perteneciente a dicha Subsecretaría.

ARTÍCULO 3º.- Invitase a las provincias y municipios, instituciones, asociaciones y organizaciones y toda otra entidad pública y/o privada, a adherir al Plan de Compostaje Institucional (PCI). La adhesión será realizada mediante la presentación de la Carta de adhesión firmada por la autoridad correspondiente.

ARTÍCULO 4º.- Apruébase el modelo de Carta de adhesión al Plan de Compostaje Institucional (PCI) que como ANEXO II (IF-2022-137106957-APN-DCAYR#MAD) forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 5º.- El Plan de Compostaje Institucional (PCI) no implicara erogación presupuestaria alguna por parte del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Cabandie

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 21/03/2023 N° 17580/23 v. 21/03/2023

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)


Anexo I

Plan de Compostaje Institucional del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Introducción: el Plan de Compostaje Institucional (PCI) que se propone en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (PCI-MAyDS), se plantea como estrategia de gestión de valorización de residuos orgánicos en los edificios que funcionan como sedes MAyDS. El PCI establece las bases para la planificación e implementación de una buena práctica que tienda a la valorización in situ de residuos orgánicos que se generan en las oficinas del Ministerio y además optimice las acciones y decisiones que cotidianamente se toman respecto a los residuos orgánicos en el ámbito institucional.

El mismo se redactó usando los lineamientos de la “Guía de Compostaje en Instituciones''. Lineamientos para diseñar un Plan de Compostaje Institucional (PCI)” (IF-2022-77117006-APN-SORC#INTI). La misma fue elaborada conjuntamente entre el INTI y el MAYDS, siendo esta la herramienta metodológica, que sienta las bases para establecer una práctica armónica que tienda a la valorización in situ, incorpore nuevos métodos de trabajo, y optimice las acciones y decisiones que cotidianamente se toman respecto a los residuos orgánicos en el ámbito institucional del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/ar_cuadernillocompost.pdf)

Índice

1. Los residuos institucionales

2. Compostaje institucional

3. Elaborar un Plan de Compostaje Institucional (PCI)

3.1. Relevamiento de información y diagnóstico

3.2. Equipamiento del PCI

3.2.1. Elementos necesarios

3.2.2. Emplazamiento del sitio de compostaje

3.2.3. Selección del modelo de compostera

3.2.4. Dimensionamiento

3.3. Programa de sensibilización y capacitación

3.4. Procedimiento operativo

3.5. Equipo de trabajo

3.6. Programa de mejora continua

1. Los residuos institucionales

Los residuos institucionales son aquellos que se generan en espacios colectivos de entidades públicas o privadas: dependencias administrativas, establecimientos educativos, clubes, comedores o merenderos, sociedades de fomento, centros vecinales o cualquier otro espacio comunitario en general. Se considera que los residuos institucionales son asimilables a los domiciliarios ya que son iguales a éstos en cuanto a composición; con excepción de los que se encuentran regulados por normas específicas como, por ejemplo, los patogénicos.

2 . Compostaje institucional

El compostaje institucional es una modalidad en que se tratan los residuos orgánicos que se generan en el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, ya sean en sus oficinas, aulas, cocinas, depósitos, comedores, entre otros.

Se caracterizan por el rol activo y responsable que asume la institución y sus miembros, y trae aparejados beneficios múltiples y colectivos.

La promoción de esta práctica como modelo descentralizado de gestión es una estrategia que permite abordar de manera simultánea la sensibilización ambiental, la prevención de residuos y el tratamiento de éstos. Al ser valorizados in situ, los residuos orgánicos no ingresan en el circuito municipal reduciéndose así los costos económicos asociados a la recolección, transporte y disposición final; la emisión de gases de efecto invernadero, malos olores, proliferación de plagas y enfermedades y la generación de sustancias que contaminan aguas subterráneas, aire y suelos.

A su vez, se potencia la separación en origen de los materiales reciclables que se generan en el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, (papeles, cartones, vidrio, plástico y metales), propiciando que éstos lleguen limpios y secos para su manipulación por los/as recuperadores/ as urbanos/as.

De manera complementaria, contribuye de manera significativa con la responsabilidad ciudadana al plantear el reencuentro del generador con su propio residuo, deconstruir la noción de “lo desagradable debe ser desechado” hacia una concepción de una materia prima valiosa.

En tal sentido, con el Plan de Compostaje Institucional (PCI) el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible se propone: primero evitar desperdicios de alimentos; luego, separarlos adecuadamente; finalmente, tratarlos mediante el compostaje y producir compost.

3 . Elaborar un Plan de Compostaje Institucional (PCI)

La elaboración y desarrollo de un Plan de Compostaje Institucional (PCI) en el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, debe ser lo más participativo posible, a los fines de que las áreas y/o miembros de la institución se apropien de la iniciativa y puedan plantear desde el inicio sus dudas e inquietudes al respecto, y también sus propuestas. Ello permitirá además reducir los imprevistos al momento de la implementación.

Es fundamental considerar que alcanzar la meta de que todos los residuos orgánicos generados en el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, sean tratados in situ, partiendo de una situación inicial en que ningún residuo orgánico de la institución se composta, precisará de tiempo y de transitar diferentes etapas.

Etapa 1: Objetivo: sensibilización

La comunidad institucional del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible entra en contacto con la problemática de la gestión de residuos en general y de los orgánicos en particular.

Por eso no sería adecuado pretender, en este estadio preliminar, un tratamiento significativo de los residuos orgánicos. Se instalarán primeramente al menos 20 composteras que sirvan de prueba para afrontar las dudas iniciales: ¿qué se puede compostar?, ¿cómo?, ¿qué hacer si surge tal o cual problema?. Así, se evita que surjan inconvenientes propios de la inexperiencia que puedan acabar por estigmatizar la práctica y generar el rechazo de las personas de la institución. En esta etapa, la separación en origen de los residuos orgánicos debe ser voluntaria y no obligatoria.

Es conviene que el área que esté liderando la iniciativa en el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible efectúe un registro fotográfico y documental del proceso para recabar evidencia del mayor o menor grado de participación, identificar aciertos y desafíos, y proyectar los beneficios que podría aparejar su institucionalización.

Etapa 2: Objetivo: capacitación e institucionalización.

En esta instancia se realizan capacitaciones y sensibilización sobre gestión de residuos en general y compostaje en particular, para que el personal del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible se familiaricen con la problemática y perciban la importancia de sumarse en su gesto individual al bien común. Se instara a generar los mecanismos necesarios para consolidarla y sumarla a los valores institucionales, asignar recursos, promover la formación del recurso humano para las tareas necesarias.

Etapa 3: Meta: tratamiento de residuos orgánicos in situ.

Habiendo consolidado la temática de gestión de residuos orgánicos en el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible es que se puede apuntar a escalar la iniciativa en tantas etapas como sea necesario hasta lograr la máxima capacidad de tratamiento que puede efectuarse in situ.

Se propone fijar objetivos de tratamiento parcial: el 10% al primer año, el 20 % al segundo, hasta lograr la meta de tratar el máximo posible en una planificación a mediano plazo.

3.1. Relevamiento de información y diagnóstico

El punto de partida del Plan de Compostaje Institucional en el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible lo constituye el análisis preliminar de la generación de residuos orgánicos, con lo que se logra la base informativa para su desarrollo. Se deberá relevar:

1. Cantidad de personas que asisten a la institución, discriminando, en lo posible, entre personal permanente y usuarios ocasionales (visitantes y especialmente si se realizan reuniones y/o eventos masivos).

2. Cantidad y tipo de espacios susceptibles a generar residuos orgánicos: oficinas, aulas, comedores, cocinas, patios.

3. Características del servicio de higiene y mantenimiento: personal asignado, si reciben o no capacitación en separación en origen, turnos, logística actual de residuos. Si es propio o está tercerizado.

4. Cantidad y tipos de residuos orgánicos que se generan en el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

3.2. Equipamiento del PCI

3.2.1. Elementos necesarios. A fin de implementar y desarrollar una práctica adecuada de compostaje institucional en el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, es preciso contar con cierto equipamiento que asegure la accesibilidad de los usuarios, y facilite la logística y tratamiento in situ del personal asignado a las tareas. Los elementos necesarios se listan a continuación: Biotachos ; Composteras; Contenedores de material seco ; Aereador ; Cartelería.

3.2.2. Emplazamiento del sitio de compostaje: El sitio de compostaje es aquel donde se ubicará la/s compostera/s, el contenedor de material seco y estructurante, la cartelería y eventualmente un sector de guardado del aireador y el equipamiento auxiliar. El sitio de compostaje en el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible debe ser un espacio con ventilación adecuada, como terraza, patio de luz o un cuartito de limpieza con ventana. El mismo debe ubicarse en un lugar accesible para el personal responsable del vaciado, mantenimiento y seguimiento y deberá contar con una fuente de agua cercana es útil para regar en caso de ser necesario y enjuagar los biotachos.

3.2.3. Selección del modelo de compostera: Las necesidades de equipamiento deberían definirse en función de la disponibilidad espacial, la cantidad y tipo de residuos orgánicos que se generen en la institución. La disponibilidad espacial es el factor que determina el modelo de composteras a instalar y, por ende, la capacidad máxima de tratamiento in situ. Se iniciará con cuatro módulos para generar una acción de compromiso y sensibilización de los miembros, y un espacio de referencia para la comunidad en general.

3.3. Programa de sensibilización y capacitación

El compromiso y participación activa del personal del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible es clave para asegurar una adecuada separación en origen de los residuos orgánicos y el correcto desarrollo de la práctica. Por ello, es importante sensibilizar al respecto de la problemática de los residuos en general, de los orgánicos en particular y a partir de dicha instancia educativa invitar de manera voluntaria a adherir al programa de compostaje.

De esta forma, se podrá reducir las probabilidades de que los biotachos o composteras tengan depositados residuos impropios. Se planificará, previo al inicio de los talleres, la presentación formal del Plan de Compostaje Institucional (PCI) del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, con participación de todas las personas interesadas y que incluya un momento de intercambio y propuestas de mejoras del mismo. En dicha instancia se plantean esquemas de talleres: por turnos mañana y tarde durante dos semanas en distintos días.

Sensibilización: talleres de compostaje

Como se ha mencionado, este es el primer objetivo del Plan de Compostaje Institucional (PCI) del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y busca visibilizar la problemática ambiental de una inadecuada gestión de residuos orgánicos. El dictado de talleres específicos permitirá no sólo promover el compostaje en la institución sino también en los domicilios de sus miembros.

Durante la actividad, se sugiere hacer una recorrida del sitio de compostaje, haciendo hincapié en los aspectos prácticos del proceso. Se puede invitar a participar activamente a aquellos que deseen comprometerse con la logística y/o el mantenimiento del sitio de compostaje.

También se planificarán actividades específicas para el personal de mantenimiento y limpieza del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

3.4. Procedimiento operativo

El procedimiento de gestión de residuos orgánicos deberá ser consensuado, comunicado y afianzado con la totalidad de los usuarios del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

Se plantea el siguiente procedimiento:

1. La persona que genere el residuo orgánico deberá disponerlo en el biotacho identificado con el color y cartelería correspondiente. Una vez al día el responsable de gestionar los biotachos vaciará los mismos en la compostera correspondiente a su sector, en el módulo habilitado para la recepción de material (cartel “Módulo activo”). También puede ocurrir que el biotacho deba ser depositado en un lugar pautado, a los fines que el vertido sea realizado por el responsable del mantenimiento de la compostera.

2. Si al momento del vaciado el responsable encuentra residuos impropios o incorrectos (plásticos, papel blanco, cárnicos, etc.) se encargará de extraerlos y disponerlos en tacho con bolsa negra.

3. Tras la descarga, deberá agregar material seco. Si identificara algún tipo de inconvenientes que no supiera cómo resolver, deberá dar alerta al coordinador del programa para su resolución.

4. El biotacho será cepillado y enjuagado previo a su reubicación en el lugar correspondiente.

5. Al menos una vez por semana será preciso asegurar la aireación de la compostera con la herramienta prevista a tal fin y controlar la humedad. En caso de ser necesario se deberá regar.

7. Una vez por semana (frecuencia a ajustar durante el primer mes de operatoria) se observará la necesidad de vaciado y enjuague de la bandeja de lixiviados para composteras cerradas.

8. Una vez completo el primer módulo, deberá colocarse una cartelería para evitar nuevos aportes: como opciones, puede ser “Módulo en maduración” con un espacio para completar la fecha en que se llenó el módulo de manera que obre de referencia para contar los 4 a 6 meses necesarios de proceso antes de efectuar la cosecha.

9. Iniciar el uso del segundo módulo, que pasará a estar identificado con el cartel “Módulo activo”.

10. Durante el tiempo que lleve cargar el nuevo compartimento, no descuidar las “3A” del primero, puesto que estará en proceso de descomposición y puede llegar a requerir Aire o Agua.

11. Cuando el segundo compartimento esté lleno, se espera que hayan transcurrido 4 a 6 meses desde que se detuvo el aporte de residuos en el primer módulo y que, por ende, el material esté listo para su cosecha. Si no es el caso, se agrega un tercer compartimento.

12. Cada 4 a 6 meses se realizan las cosechas y acondicionamiento del compost que podrá ser utilizado en mezcla con otros sustratos en espacios verdes y macetas institucionales, o bien entregadas a los miembros y usuarios en una jornada de sensibilización, con un instructivo de uso.

3.5. Equipo de trabajo

A los fines de asegurar una adecuada implementación, se confeccionará un organigrama que explicite roles y tareas definidas para que el PCI del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible se pueda sostener en el tiempo. El equipo de trabajo debería estar conformado por un responsable del PCI, referentes (miembros del Ministerio que tienen un interés particular en el tema), personal de limpieza o mantenimiento.

Roles del equipo de trabajo:

Coordinador del PCI: Supervisar el cumplimiento de los procedimientos y su mejora continua, capacitar a lo/as referentes sobre los problemas que se presenten y ejecutar las etapas de aviso de retiro y tratamiento de residuos in situ.

Voluntarios referentes:

Atender las dudas y consultas del resto de los miembros de la institución, atender las fallas que se puedan presentar en el PCI del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, participar de reuniones periódicas para evaluar el funcionamiento del PCI y analizar las posibilidades de mejora continua.

Personal de limpieza/ mantenimiento: Recolectar los residuos diferenciadamente y disponer los orgánicos compostables en composteras o en el lugar indicado para tal fin. Esta tarea también la pueden hacer los referentes o los miembros de la institución según modalidad adoptada.

El manejo de las composteras puede ser realizado tanto por el personal de limpieza/ mantenimiento como por los referentes o coordinador del PCI del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

3.6. Programa de mejora continua

El PCI del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible cuenta con objetivos y metas para que se pueda evaluar el grado de cumplimiento y, en base a los resultados, desarrollar un programa de mejora continua. El punto de partida será el diagnóstico de generación de residuos orgánicos institucionales, que discrimine en “evitables” e “inevitables”, y dentro de éstos los compostables y no compostables.

Se deberá elaborar una planilla de control y seguimiento y entrenar al personal en los aspectos necesarios para completarla. Regularmente, deberán organizarse encuentros para evaluar y definir las acciones correctivas.

Se realizará un relevamiento visual de biotachos durante los primeros tres meses una vez por mes y, establecido el sistema, una vez por año. Si se encontraran impropios/ residuos orgánicos evitables o no compostables en el biotacho corresponderá asentarlo en una planilla elaborada a tal fin. Esto permitirá evaluar la necesidad de intensificar la sensibilización al respecto de la pauta de separación.

Realizar una caracterización cuali y cuantitativa dos veces por año de bolsas de rechazo para determinar si existen residuos orgánicos compostables que no están siendo dispuestos en los biotachos. Tratar de hacerlo por sectores físicos de la institución (pisos, grupos de trabajo, oficinas, comedor, etc.) para identificar dónde es necesario reforzar actividades de sensibilización y/o capacitación.

Realizar un relevamiento sensorial de la/s compostera/s dos veces al año registrando la percepción de malos olores, aparición de moscas o algún otro tipo de inconveniente. El responsable habrá sido capacitado para accionar en tales casos agregando mayor cantidad de secos y mezclando la pila.

Realizar una caracterización cuantitativa dos veces por año de los biotachos para conocer la cantidad de residuos orgánicos compostables separados.

Pesar el compost obtenido al cabo de 6 meses para comunicar resultados.

Efectuar encuentros mensuales con el equipo de proyecto durante los primeros 6 meses de la implementación. Luego de ese periodo los encuentros serán cada seis meses.

Elaboración de informe trimestral con indicadores de seguimiento:

• cantidad de composteras funcionando

• cantidad de personal que aporta activamente residuos orgánicos a la

• compostera

• nivel de satisfacción

• cantidad de eventos de reportes de inadecuado uso (aparición de impropios,

• falta de incorporación de secos)

• cantidad de actividades de sensibilización y capacitación

• cantidad de personal sensibilizado/capacitado

• cantidad de desperdicios de alimentos evitables

• cantidad de residuos orgánicos compostables separados

• cantidad de compost cosechado




ANEXO II

Carta de adhesión al Plan de Compostaje Institucional (PCI)

Estimado MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE (en adelante MAyDS), _________________________________________________________________, representado legalmente en este acto por _________________________________________ declara su adhesión al Plan de Compostaje Institucional (PCI), conforme lo dispuesto en la Resolución N° ……/2023 MAyDS.

Resolvemos:

Que adoptamos la metodología del Plan de Compostaje Institucional que promueve el MAyDS de acuerdo a la Resolución N° ..../2023 MAyDS, y asi impulsar las acciones necesarias para el desarrollo de políticas ambientales vinculadas a la valorización de orgánicos en ámbitos institucionales.

Que el mentado Plan de Compostaje Institucional tiene por objetivo sentar las bases para establecer una práctica armónica que tienda a la valorización in situ, incorpore nuevos métodos de trabajo, y optimice las acciones y decisiones que cotidianamente se toman respecto a los residuos orgánicos en el ámbito institucional. Todo ello en un marco de desarrollo sostenible y asegurando la participación e involucramiento de todos los actores locales, lo cual compartimos y adoptamos.

Que ______________________________________ está dispuesto a llevar a cabo las acciones propuestas para la elaboración y ejecución del Plan de Compostaje Institucional (PCI).

En prueba de conformidad, se suscribe la presente en la ciudad de __________________________ a los _____ días del mes de __________________ de 20__.