OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE SEGURIDAD COMERCIAL, INDUSTRIAL E INVESTIGACIONES PRIVADAS
Decreto 151/2023
DCTO-2023-151-APN-PTE - Desígnase Interventor.
Ciudad de Buenos Aires, 21/03/2023
VISTO el Expediente N° EX-2020-53134754-APN-SSS#MS, las Leyes Nros.
23.660 y sus modificatorias, 23.661 y sus modificatorias, los Decretos
Nros. 576 del 1º de abril de 1993 y sus modificatorios, 264 del 20 de
abril de 2021 y 594 del 14 de septiembre de 2022 y las Resoluciones del
MINISTERIO DE SALUD N° 127 del 18 de enero de 2022 y N° 3453 del 12 de
diciembre de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que por el citado Decreto N° 264/21 se intervino, por el término de
CIENTO OCHENTA (180) días, la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE SEGURIDAD
COMERCIAL, INDUSTRIAL E INVESTIGACIONES PRIVADAS - O.S.P.S.I.P.
(R.N.O.S. N° 1-1970-8).
Que por el Decreto Nº 594/22 se designó al doctor Sigifredo Jorge
BANEGAS en el cargo de Interventor de la citada OBRA SOCIAL DEL
PERSONAL DE SEGURIDAD COMERCIAL, INDUSTRIAL E INVESTIGACIONES PRIVADAS
- O.S.P.S.I.P. (R.N.O.S. N° 1-1970-8), con las facultades de
administración y ejecución que el Estatuto del Agente del Seguro de
Salud le otorga al Consejo Directivo.
Que el artículo 1° del referido Decreto N° 264/21 faculta al MINISTERIO
DE SALUD a prorrogar el plazo de la intervención, de considerarlo
necesario para la consecución de los objetivos planteados.
Que, en tal sentido, el MINISTERIO DE SALUD dictó la Resolución Nº
3453/22 por la cual se prorrogó por CIENTO OCHENTA (180) días la
Intervención del citado Agente del Seguro de Salud, dispuesta por el
Decreto N° 264/22 y prorrogada por la Resolución del referido
Ministerio N° 127/22 y se ratificó en el cargo de Interventor al doctor
Sigifredo Jorge BANEGAS.
Que toda vez que las circunstancias que dieron lugar a la Intervención
de la mencionada Obra Social se encuentran vigentes, la
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado
actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD, en el marco de las
facultades que le otorga el inciso 3° del artículo 27 de la Ley N°
23.660, ha propuesto al PODER EJECUTIVO NACIONAL la designación del
señor Jorge Carlos ALONSO en el cargo de Interventor del citado Agente
del Seguro de Salud con el fin de dar continuidad al proceso iniciado.
Que han tomado intervención los servicios de asesoramiento jurídico competentes.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades
conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Dispónese el cese, a partir de la fecha del presente, del
doctor Sigifredo Jorge BANEGAS (D.N.I. N° 4.444.570) en el cargo de
Interventor de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE SEGURIDAD COMERCIAL,
INDUSTRIAL E INVESTIGACIONES PRIVADAS – O.S.P.S.I.P. (R.N.O.S. N°
1-1970-8), en el que fuera designado por el Decreto N° 594/22.
ARTÍCULO 2º.- Desígnase, a partir de la fecha del presente, al señor
Jorge Carlos ALONSO (D.N.I. N° 13.799.687) en el cargo de Interventor
de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE SEGURIDAD COMERCIAL, INDUSTRIAL E
INVESTIGACIONES PRIVADAS – O.S.P.S.I.P. (R.N.O.S. N° 1-1970-8), con las
facultades de administración y ejecución que el Estatuto del Agente del
Seguro de Salud le otorga al Consejo Directivo.
ARTÍCULO 3°.- El Interventor deberá elevar a la SUPERINTENDENCIA DE
SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en el ámbito del
MINISTERIO DE SALUD, un informe mensual de su gestión, con el detalle
de la situación institucional de la entidad y su evolución
administrativa y prestacional.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
FERNÁNDEZ - Agustín Oscar Rossi - Carla Vizzotti
e. 22/03/2023 N° 18450/23 v. 22/03/2023