MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 325/2023
RESOL-2023-325-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 20/03/2023
Visto el expediente EX-2023-07195060-APN-DGDA#MEC, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del
Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2023 formulado por
Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado
(ADIF SE), actuante en el ámbito del Ministerio de Transporte.
Que la ley 24.156 contiene en el capítulo III del título II, el Régimen
presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes
Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la Oficina
Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto
de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, sobre la
medida propiciada.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta resolución se dicta en virtud de las facultades previstas en
el artículo 49 de la ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1344 del
4 de octubre de 2007.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el
ejercicio 2023 de Administración de Infraestructuras Ferroviarias
Sociedad del Estado (ADIF SE), actuante en el ámbito del Ministerio de
Transporte, de acuerdo con el detalle obrante en los anexos I
(IF-2023-13041099-APN-SSP#MEC) y II (IF- 2023-13041206-APN-SSP#MEC),
que integran esta medida.
ARTÍCULO 2°.- Estímanse en la suma de mil trescientos catorce millones
seiscientos setenta y seis mil cincuenta y tres pesos ($ 1.314.676.053)
los ingresos de operación y fíjanse en la suma de cinco mil ciento
dieciocho millones ciento quince mil cincuenta y tres pesos ($
5.118.115.053) los gastos de operación, y como consecuencia de ello
apruébase el Resultado Operativo (Pérdida de Operación) estimado en la
suma de tres mil ochocientos tres millones cuatrocientos treinta y
nueve mil pesos ($ 3.803.439.000), de acuerdo con el detalle que figura
en las planillas del anexo II (IF-2023-13041206-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 3°.- Estímanse en la suma de cinco mil ciento dieciocho
millones ciento quince mil cincuenta y tres pesos ($ 5.118.115.053) los
ingresos corrientes y fíjanse en la suma de cinco mil ciento dieciocho
millones ciento quince mil cincuenta y tres pesos ($ 5.118.115.053) los
gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado
Económico (Equilibrado) estimado en la suma de cero pesos ($ 0), de
acuerdo con el detalle que figura en las planillas del anexo II
(IF-2023-13041206-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 4°.- Estímanse en la suma de cuarenta y cinco mil novecientos
ochenta y tres millones setecientos noventa y nueve mil doscientos
setenta y seis pesos ($ 45.983.799.276) los recursos de capital y
fíjanse en la suma de cuarenta y cinco mil novecientos ochenta y tres
millones setecientos noventa y nueve mil doscientos setenta y seis
pesos ($ 45.983.799.276) los gastos de capital, y como consecuencia de
ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el
artículo 3° de esta resolución, estímase el Resultado Financiero
(Equilibrado) para el Ejercicio 2023 en la suma de cero pesos ($ 0), de
acuerdo con el detalle que figura en las planillas del anexo II
(IF-2023-13041206-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Sergio Tomás Massa
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 22/03/2023 N° 17872/23 v. 22/03/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)