MINISTERIO DE CULTURA
Resolución 234/2023
RESOL-2023-234-APN-MC
Ciudad de Buenos Aires, 09/03/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-16891305- -APN-DGD#MC, la Resolución N°
477 de fecha 20 de abril de 2022 del MINISTERIO DE CULTURA, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución M.C. N° 477/22 (RESOL-2022-477-APN-MC) se dispuso
la creación del PROGRAMA DE FOMENTO AL SECTOR DEL LIBRO, en el ámbito
de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN DE PROYECTOS CULTURALES
dependiente de la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL.
Que el Programa tiene como objeto promover y estimular la producción
editorial; favorecer la continuidad y sostenibilidad de las librerías;
impulsar la presencia de nuestra industria editorial en el exterior; y
contribuir a la profesionalización del sector.
Que en la PRIMERA CONVOCATORIA NACIONAL del Programa se recibieron
DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS (276) postulaciones válidas, presentadas por
editoriales, librerías, revistas culturales y por distintos actores del
sector del libro, que se inscribieron en alguna de las TRES (3) líneas
disponibles: publicación, innovación e internacionalización.
Que, en virtud de lo expuesto, resulta oportuno llamar a una SEGUNDA
CONVOCATORIA NACIONAL del PROGRAMA DE FOMENTO AL SECTOR DEL LIBRO, que
permita seguir acompañando y fortaleciendo al ecosistema del libro y a
sus hacedores/as en todo el territorio nacional.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN y la DIRECCIÓN GENERAL DE
ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de sus competencias.
Que el gasto que demande la presente medida, será imputado con cargo a
las partidas presupuestarias asignadas mediante la Ley Nº 27.701 de
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2023 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 4 de fecha 9 de
enero de 2023 (DECAD-2023-4-APN-JGM).
Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y
facultades otorgadas mediante la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto
ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorios y los Decretos Nº
101/85 y Nº 1344/07 y sus modificatorios y complementarios.
Por ello,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Aprobar y declarar abierta la SEGUNDA CONVOCATORIA
NACIONAL del PROGRAMA DE FOMENTO AL SECTOR DEL LIBRO, de conformidad
con el Reglamento de Bases y Condiciones registrado como ANEXO I
(IF-2023-24434083-APN-DNPPC#MC) y las Declaraciones Juradas ANEXO II
(IF-2023-18638939-APN-DNPPC#MC) y ANEXO III
(IF-2023-18639201-APN-DNPPC#MC) que forman parte integrante de la
presente medida.
ARTÍCULO 2º.- Destinar la suma de PESOS TREINTA MILLONES
($30.000.000.-) para la atención de los proyectos que serán
seleccionados en el marco de la convocatoria aprobada por el Artículo
1º.
ARTÍCULO 3º.- Establecer que la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN DE
PROYECTOS CULTURALES, dependiente de la SECRETARÍA DE DESARROLLO
CULTURAL, será la autoridad de aplicación e interpretación del
Programa, encontrándose facultada para dictar las normas de carácter
operativo y/o interpretativo que resulten necesarias para su
implementación, con intervención de las áreas técnicas pertinentes
dependientes de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande la presente medida se atenderá con
cargo a las partidas presupuestarias correspondiente a la JURISDICCIÓN
72 – MINISTERIO DE CULTURA.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.
Tristán Bauer
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 27/03/2023 N° 18865/23 v. 27/03/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII)
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Disposición N° 3/2023 de la Dirección Nacional de Promoción de Proyectos Culturales B.O. 27/4/2023 se prorroga hasta el día jueves 11 de mayo de 2023
inclusive, el plazo de inscripción correspondiente a la SEGUNDA
CONVOCATORIA NACIONAL del PROGRAMA DE FOMENTO AL SECTOR DEL LIBRO,
aprobada por la presente Resolución.)