MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 336/2023
RESOL-2023-336-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 22/03/2023
Visto el expediente EX-2023-26448508- -APN-DGDA#MEC, los decretos 2321
del 4 de diciembre de 1992 y 407 del 11 de marzo de 1993, y
CONSIDERANDO:
Que mediante los decretos 2321 del 4 de diciembre de 1992 y 407 del 11
de marzo de 1993, se aprobaron los contratos y la emisión de los
instrumentos dentro del “PLAN FINANCIERO REPUBLICA ARGENTINA 1992”
denominados “DISCOUNT BOND SERIES L Y U”, “PAR BOND SERIES L Y U” en
dólares estadounidenses y en marcos alemanes, y “FLOATING RATE BOND” en
dólares estadounidenses.
Que en el artículo 1° del decreto 2321/1992 se autorizó al entonces
señor Ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos, o a la/al
funcionaria/o que éste designara, para que suscriba en representación
de la República Argentina, los contratos e instrumentos necesarios para
formalizar el acuerdo alcanzado con la banca acreedora dentro de los
lineamientos contemplados en el “PLAN FINANCIERO REPUBLICA ARGENTINA
1992” (anexo I), con las modificaciones que surgen del Memorando
Explicatorio (anexo II) y las cláusulas legales que entre otras se
incluyen en el (anexo III).
Que en el artículo 1° del decreto 407/1993 se aprobó el texto de los
contratos con su documentación conexa y sus anexos I a VII, y en el
artículo 2°, se estableció que todas las aprobaciones y/o
autorizaciones del Poder Ejecutivo Nacional, que de acuerdo con las
normas vigentes sean requeridas para que, en relación con los
documentos detallados, las/los funcionarias/os que actúen en
representación de la República Argentina puedan suscribirlos o asumir
cualquiera de los compromisos allí estipulados o realizar actos
necesarios o previstos para el cumplimiento de sus disposiciones, se
deberían considerar otorgadas con el dictado de ese decreto.
Que el 31 de marzo de 2023 operará el vencimiento de los instrumentos
denominados “DISCOUNT BOND SERIES L Y U” y “PAR BOND SERIES L Y U” en
dólares estadounidenses y en marcos alemanes, por lo que se deben
cursar documentos con los distintos agentes mencionados en los acuerdos
citados anteriormente.
Que, dado el tiempo transcurrido desde la designación de las/los
funcionarias/os autorizadas/os para la firma de los documentos, y
atento a lo expresado en el considerando precedente, resulta
conveniente, contar con una nómina actualizada de funcionarias/os
firmantes para cursar la documentación necesaria al vencimiento de los
citados instrumentos.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta medida se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 1° del decreto 2321/1992.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el modelo de Enmienda N° 1 al Acuerdo de
Garantía de fecha 7 de abril de 1993 realizada por la República
Argentina en favor del Banco de la Reserva Federal de Nueva York, como
Agente de Garantía, en idioma inglés y su traducción al idioma español
que como anexo (IF-2023-29235736-APN-SF#MEC) integra esta resolución.
ARTÍCULO 2°.- Autorízase al titular de la Secretaría de Finanzas,
Licenciado Eduardo Pablo Guillermo Setti (MI N° 22.098.254), o al
titular de la Subsecretaría de Financiamiento, Licenciado Leandro
Daniel Toriano (MI N° 30.832.695), o al titular de la Subsecretaría de
la Sostenibilidad de la Deuda Pública Externa, Licenciado Nicolás Segal
(MI N° 35.271.338), a suscribir en forma indistinta la documentación
mencionada en el artículo 1°, y la que resulte necesaria para realizar
las comunicaciones y operaciones que se deban efectuar en los términos
de los contratos aprobados por el decreto 407 del 11 de marzo de 1993
relativa a los instrumentos emitidos en el marco del “PLAN FINANCIERO
REPUBLICA ARGENTINA 1992”.
ARTÍCULO 3°.- Esta medida entrará en vigencia a partir del día de su dictado.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Sergio Tomás Massa
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 27/03/2023 N° 18917/23 v. 27/03/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)