CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES
Resolución 74/2023
RESOL-2023-74-APN-CNCPS#PTE
Ciudad de Buenos Aires, 22/03/2023
VISTO el Expediente N° EX-2022-35743057- -APN-DGD#CNCPS del Registro
del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, los Decretos N° 415 de fecha 30 de junio de
2021, y N° 103 de fecha 2 de marzo de 2022, la Resolución Nº 53 de la
Secretaría de Gestión y Empleo Público del 22 de marzo de 2022 y la
Resolución del Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales
de la Presidencia de la Nación Nº 109 de fecha 19 de mayo de 2022 y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 5°, de la Resolución N° 53/2022 de fecha 22 de
marzo de 2022 de la Secretaria de Gestión y Empleo Público de la
Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación, que aprueba Régimen de
Valoración por Evaluación y Mérito para la Promoción de Nivel para el
Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, se establece que el
Comité de Valoración se integrará con un miembro en representación del
máximo responsable de Unidad a cargo de las acciones de Personal de la
Jurisdicción o entidad descentralizada donde se dispuso el inicio del
proceso de Valoración por Evaluación y Merito para la Promoción del
Nivel; un miembro en representación de la Secretaría de Gestión y
Empleo Público dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros; y
un miembro en representación del titular de la Jurisdicción o entidad
descentralizada; y que cada representante contará con un alterno que
podrá intervenir indistintamente.
Que por el artículo 2º, de la Resolución del Consejo Nacional de
Coordinación de Políticas Sociales de la Presidencia de la Nación Nº
109 de fecha 19 de mayo de 2022, se designaron los integrantes del
Comité de Valoración del Organismo, haciéndose necesaria su
modificación, debido a que se produjo la baja de algunos de sus
miembros.
Que por el artículo 3º, de dicha resolución se designó al Secretario
Técnico Administrativo, el cual ya no se encuentra prestando servicios
en el organismo.
Que se encuentran vinculados al expediente los Curriculum vitae de
quienes reemplazarán, a los funcionarios que se desvincularon del
organismo.
Que ha tomado la intervención de su competencia el servicio jurídico de asesoramiento permanente.
Que la presente medida se adopta en consideración de las atribuciones
establecidas Régimen de Valoración para la Promoción por Evaluación y
Mérito para el Sistema Nacional de Empleo Público aprobado por
Resolución SGyEP N° 53/2022 y de la Ley N° 22520 y sus modificatorias.
Por ello,
LA PRESIDENTA DEL CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Modifícase el artículo 2º, de la Resolución del Consejo
Nacional de Coordinación de Políticas Sociales de la Presidencia de la
Nación Nº 109 de fecha 19 de mayo de 2022, quedando conformado el
Comité de Valoración del Organismo con los miembros que se detallan en
el Anexo (IF-2023-25403472-APN-DGA#CNCPS), que integra la presente
resolución, conforme los considerandos de la misma.
ARTÍCULO 2°.- Modifícase el artículo 3º, de la Resolución del Consejo
Nacional de Coordinación de Políticas Sociales de la Presidencia de la
Nación Nº 109 de fecha 19 de mayo de 2022, y desígnase como Secretaria
Técnica Administrativa del Comité de Valoración por Evaluación y Mérito
para la Promoción de Nivel para el Personal del Sistema Nacional de
Empleo Público, a Andrea Celeste LUCCHETTA (DNI 33.443.609), de acuerdo
con lo expresado en los considerandos de la presente.
(Artículo sustituido por art. 1° de la Resolución N° 136/2023
del Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales B.O.
23/05/2023. Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín
Oficial)
ARTÍCULO 3º.- Las designaciones efectuadas por los artículos 1º y 2º de la presente medida son de carácter “ad honorem”.
ARTÍCULO 4º.- La presente medida no generará erogación presupuestaria
alguna para el CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 5°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese.
Marisol Merquel
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 28/03/2023 N° 19573/23 v. 28/03/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)