JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE RELACIONES CON LA SOCIEDAD CIVIL Y DESARROLLO COMUNITARIO
Resolución 1/2023
RESOL-2023-1-APN-SRSCYDC#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 23/03/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-23408969- -APN-DGDYD#JGM, del Registro
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley de Ministerios N°
22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorias) y el
Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que, por el Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la
ADMINISTRACIÓN NACIONAL centralizada hasta nivel de Subsecretaría, como
así también, se determinaron los objetivos de las Unidades
Organizativas que lo conforman (conforme artículos 1° y 2°).
Que, en tal sentido, la SECRETARÍA DE RELACIONES CON LA SOCIEDAD CIVIL
Y DESARROLLO COMUNITARIO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS tiene
entre sus competencias: “Diseñar estrategias de coordinación,
concertación e implementación de acciones tendientes al fortalecimiento
del desarrollo comunitario en todo el territorio nacional;. entender en
la elaboración de planes, programas y proyectos destinados a fortalecer
el desarrollo comunitario, con especial involucramiento de todos los
actores que conforman la comunidad, estableciendo procesos de
participación y articulación entre la población y las instituciones”,
entre otras.
Que, siguiendo esta línea, su dependiente, la SUBSECRETARÍA DE
RELACIONES CON LA SOCIEDAD CIVIL de la SECRETARÍA DE RELACIONES CON LA
SOCIEDAD CIVIL Y DESARROLLO COMUNITARIO tiene entre sus objetivos los
de “ asistir a la Secretaría en la relación con las organizaciones y
sectores políticos, sociales, económicos y representativos de la
comunidad; elaborar diagnósticos en el área de su competencia y
realizar la planificación estratégica de la integración entre el ESTADO
NACIONAL y la Sociedad Civil; proponer los cursos de acción a seguir en
materia de cooperación y diálogo entre los sectores representativos de
la comunidad; promover el debate en la sociedad civil con gobiernos
municipales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y con
gobiernos, parlamentos y organizaciones sociales de otros países de la
región, en coordinación con las áreas con competencia en la materia”,
entre otros.
Que la mencionada Subsecretaría, en atención a sus responsabilidades
primarias, propuso la creación de una MESA DE ARTICULACIÓN
INTERMINISTERIAL DE LA SOCIEDAD CIVIL con la idea de promover el debate
sobre las organizaciones de la sociedad civil con gobiernos
municipales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES,
parlamentos y organizaciones sociales de otros países de la región, en
coordinación con las áreas con competencia en la materia.
Que de dicho intercambio surja un ámbito de colaboración en la
planificación, coordinación, asesoramiento e implementación de los
aspectos que conlleva el desarrollo de esta política.
Que con el fin de simplificar procesos administrativos, resulta
necesario delegar la ejecución de las actividades que surjan de la Mesa
Interministerial creada por la presente Resolución, en la SUBSECRETARÍA
DE RELACIONES CON LA SOCIEDAD CIVIL de esta jurisdicción.
Que, desde febrero de 2020, se viene materializando esta iniciativa,
culminando en febrero de 2023 cuando se consolidaron las bases
propuestas oportunamente.
Que el servicio jurídico permanente ha tomado la intervención de su competencia
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por la
Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92 y
sus modificatorias) y el Decreto N° 50/19 y sus modificatorios.
Por ello,
EL SECRETARIO DE RELACIONES CON LA SOCIEDAD CIVIL Y DESARROLLO COMUNITARIO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Creáse, en el marco de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON
LA SOCIEDAD CIVIL, dependiente de la SECRETARÍA DE RELACIONES CON LA
SOCIEDAD CIVIL Y DESARROLLO COMUNITARIO de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, la MESA DE ARTICULACIÓN INTERMINISTERIAL DE LA SOCIEDAD
CIVIL, con el fin de establecer el marco estratégico para la
construcción de una política nacional que tenga como objetivo un
espacio de diálogo y articulación entre representantes de los distintos
ministerios y organismos nacionales.
ARTÍCULO 2°.- La MESA DE ARTICULACIÓN INTERMINISTERIAL DE LA SOCIEDAD
CIVIL creada en el artículo anterior, procura desarrollar acciones y
políticas orientadas a y/o con la participación de Organizaciones De La
Sociedad Civil (OSC); a fin de optimizar los recursos y afianzar las
relaciones de los distintos organismos de la Administración Pública
Nacional.
ARTÍCULO 3°.- La MESA DE ARTICULACIÓN INTERMINISTERIAL DE LA SOCIEDAD
CIVIL estará integrada por todas las áreas de las jurisdicciones de la
Administración Pública Nacional con incumbencia en las temáticas
vinculadas a esta Secretaría en lo atinente a las Organizaciones de la
Sociedad Civil.
ARTÍCULO 4°.- El plan de trabajo, el funcionamiento y las acciones
específicas de la MESA DE ARTICULACIÓN INTERMINISTERIAL DE LA SOCIEDAD
CIVIL se desarrollarán a lo largo de sus reuniones anuales.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Luis Fernando Navarro
e. 28/03/2023 N° 19805/23 v. 28/03/2023