MINISTERIO
DE ECONOMÍA
SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y
PESCA
Resolución 101/2023
RESOL-2023-101-APN-SAGYP#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 27/03/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-30859585- -APN-DGD#MAGYP del Registro de
la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE
ECONOMÍA, los Decretos Nros. 576 de fecha 4 de septiembre de 2022 y 787
de fecha 27 de noviembre de 2022, la Resolución N°
RESOL-2023-321-APN-MEC de fecha 20 de marzo de 2023 del MINISTERIO DE
ECONOMÍA, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 576 de fecha 4 de septiembre de 2022, se creó de
manera extraordinaria y transitoria el PROGRAMA DE INCREMENTO
EXPORTADOR, que contempló una serie de medidas relacionadas con las
exportaciones de las manufacturas de soja y con la liquidación de las
divisas en el mercado de cambios, previendo que el BANCO CENTRAL DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA dicte la reglamentación correspondiente.
Que mediante el Decreto N° 787 de fecha 27 de noviembre de 2022 se
reestableció, de manera extraordinaria y transitoria, el mencionado
PROGRAMA DE INCREMENTO EXPORTADOR.
Que por la Resolución N° RESOL-2023-321-APN-MEC de fecha 20 de marzo de
2023 del MINISTERIO DE ECONOMÍA se creó, en el ámbito de la SECRETARÍA
DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, el
PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO PRODUCTIVO ARGENTINO - SECTOR BOVINOS
(PROGRAMA EN CORRAL), en adelante el PROGRAMA.
Que el Artículo 3° inciso f) de la citada Resolución N°
RESOL-2023-321-APN-MEC, establece que los productores interesados en
recibir el beneficio deberán cumplir con el procedimiento de carga de
información establecido en su Artículo 9° , de conformidad con la
instrumentación que disponga la Autoridad de Aplicación; solicitar
expresamente el beneficio; autorizar a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE
INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE
ECONOMÍA, y al SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, a suministrar a la
Autoridad de Aplicación la información correspondiente; cumplir con la
carga de la información establecida en el inciso d) del mencionado
Artículo 3° en carácter de declaración jurada; asumir la obligación de
mantener el ganado bovino sobre el que se asigne el beneficio en
engorde a corral por el término mínimo de CIENTO VEINTE (120) días
corridos y remitirlo a faena para consumo interno en un plazo no mayor
a los TREINTA (30) días corridos subsiguientes, instrumentándolo
mediante el documento de tránsito específico del inciso b) del Artículo
17, cuyo incumplimiento determinará la caducidad del beneficio y la
consiguiente restitución de los fondos en los términos establecidos en
el Artículo 13; constituir domicilio electrónico en una dirección de
correo electrónico que será válida a todos los efectos legales,
notificaciones y requerimientos de información que disponga la
Autoridad de Aplicación; indicar una Clave Bancaria Uniforme (CBU) de
una cuenta bancaria en moneda pesos de titularidad del solicitante e
ingresar los demás datos que la Autoridad de Aplicación considerare
necesarios para efectivizar el beneficio.
Que por el Artículo 15 de la referida Resolución N°
RESOL-2023-321-APN-MEC se establece que la SECRETARÍA DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA será la Autoridad de
Aplicación del PROGRAMA, y como tal, podrá dictar las normas
complementarias, aclaratorias y operativas necesarias para su debida
operatividad y cumplimiento.
Que resulta necesario dictar la presente norma operativa a los fines de
aprobar el procedimiento de carga de información específico para las
productoras y productores interesados en recibir el beneficio en el
marco del PROGRAMA, como mecanismo de aplicación del procedimiento
establecido en el Artículo 9° de la aludida Resolución N°
RESOL-2023-321-APN-MEC.
Que la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención
de su competencia.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SECRETARÍA DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la
intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para el dictado de la presente medida en
virtud de las facultades otorgadas por el Decreto Nº 50 de fecha 19 de
diciembre de 2019 y sus modificatorios y por la Resolución N°
RESOL-2023-321-APN-MEC de fecha 20 de marzo de 2023 del MINISTERIO DE
ECONOMÍA.
Por ello,
EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Instructivo que describe el Procedimiento de
Carga de Información para Productoras y Productores interesados en la
obtención del beneficio establecido por el PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO
PRODUCTIVO ARGENTINO -SECTOR BOVINOS (PROGRAMA EN CORRAL), creado por
la Resolución N° RESOL-2023-321-APN-MEC de fecha 20 de marzo de 2023
del MINISTERIO DE ECONOMÍA, que como Anexo registrado con el N°
IF-2023-33390437-APN-SSGYPA#MEC, forma parte integrante de la presente
resolución.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese.
Juan Jose Bahillo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 28/03/2023 N° 19950/23 v. 28/03/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
INSTRUCTIVO
El presente instructivo describe el Procedimiento de Carga de
Información para Productoras y Productores que tengan interés en
obtener el beneficio establecido por el PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO
PRODUCTIVO ARGENTINO - SECTOR BOVINOS (PROGRAMA EN CORRAL), con el fin
de dar cumplimiento a lo indicado en el Artículo 9° de la Resolución N°
RESOL-2023-321-APN-MEC de fecha 20 de marzo de 2023 del MINISTERIO DE
ECONOMÍA.
Para ello, deberán seguir los siguientes pasos:
1. Adherirse al servicio “SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
- AUTOGESTIÓN SAGyP”.
2. Ingresar al servicio “AUTOGESTIÓN SAGYP” y agregar la aplicación
“Programa de fortalecimiento productivo
argentino - Sector bovinos (Programa EN CORRAL)”.
3. Ingresar a la aplicación
“Programa
de fortalecimiento productivo argentino - Sector bovinos (Programa EN
CORRAL)” y solicitar el beneficio, completando los datos
solicitados.
Paso 1: Adhesión al servicio “SECRETARÍA DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA - AUTOGESTIÓN SAGyP”.
Ingresar al sitio “web” de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS
PÚBLICOS (AFIP), entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE
ECONOMÍA, (http://www.afip.gob.ar), mediante la utilización de la Clave
Fiscal obtenida en los términos de la Resolución General N° 5.048 de
fecha 11 de agosto de 2021 de la citada Administración Federal y su
modificatoria, y adherirse al servicio “SECRETARÍA DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA - AUTOGESTIÓN SAGyP”.
A continuación, se exponen las imágenes/capturas de pantalla con el
paso a paso a seguir.
Paso 2: Ingresar
al servicio “AUTOGESTIÓN SAGYP” y agregar la aplicación “Programa de
fortalecimiento productivo argentino - Sector bovinos (Programa EN
CORRAL)”.
A continuación, se exponen las imágenes/capturas de pantalla con el
paso a paso a seguir.
Paso 3: Ingresar
a la aplicación “Programa de fortalecimiento productivo argentino -
Sector bovinos (Programa EN CORRAL)” y solicitar el beneficio,
completando los datos solicitados.
1. Una vez cumplidos los pasos indicados en el instructivo Paso 1:
Adhesión al servicio “SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA -
AUTOGESTIÓN SAGyP”, la persona solicitante deberá ingresar al sitio
encorral.magyp.gob.ar
para la carga del formulario de solicitud del beneficio. En primer
lugar, deberá aceptar que los datos que ingrese en el formulario
revestirán el carácter de declaración jurada (DDJJ), efectuando la
selección correspondiente.
2. Una vez aceptado el carácter de DDJJ, la persona solicitante deberá
acceder al formulario de carga, haciendo
“click” en el botón
“Completar solicitud”, lo que
habilitará el despliegue de los campos a completar.
3. La persona solicitante deberá completar los campos obligatorios de
la primera parte de la
solicitud, a saber:
• Solicito el beneficio
• Autorizo a la AFIP a suministrar a la Autoridad de Aplicación la
información correspondiente
• Autorizo al SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
(SENASA), organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, a
suministrar a la Autoridad de Aplicación la información correspondiente
• Asumo la obligación de mantener el ganado bovino sobre el que se
asigne el beneficio en engorde a corral por el término mínimo de CIENTO
VEINTE (120) días corridos y remitirlo a faena para consumo interno en
un plazo no mayor a los TREINTA (30) días corridos subsiguientes,
instrumentándolo mediante el Documento para el Tránsito de Animales
(DTA) o el Documento de Tránsito Electrónico (DT-e), con motivo "Faena
PROGRAMA En Corral".
• Clave Bancaria Uniforme (CBU) y confirmación del mismo (el CBU debe
pertenecer al productor/Clave Única de Identificación Tributaria
(C.U.I.T.) que figura en los datos de referencia del formulario)
• E-mail y confirmación del mismo (este correo electrónico funcionará
como domicilio electrónico a los fines de las comunicaciones que
eventualmente realice la Autoridad de Aplicación)
Dato opcional: teléfono
IMAGEN DE PANTALLA DE LA PRIMERA PARTE SIN COMPLETAR
IMAGEN DE PANTALLA DE LA PRIMERA PARTE COMPLETA
4. En la segunda parte del formulario la persona solicitante deberá
indicar el número de cada uno de los Documentos DT-e/DTA - Motivo
Invernada Programa En Corral que desea asociar:
• Al indicar el número de DT-e/DTA, el resto de los campos se
completarán de manera automática por el sistema con los datos obrantes
en el registro del SENASA (Fecha de cierre, C.U.I.T., Motivo, Caravanas
asociadas al DT-e/DTA).
• Para afectar el DT-e/DTA Motivo Invernada Programa En Corral a la
solicitud, deberá hacer click en el botón
“Confirmo afectación de DTe/DTA al
programa”.
• El DT-e/DTA que el/la solicitante desee afectar al programa debe
cumplir con las siguientes condiciones:
I. Haberse emitido con el motivo Invernada Programa En Corral.
II. La C.U.I.T. del titular del Registro Nacional Sanitario de
Productores Agropecuarios (RENSPA) de origen y de destino deben
coincidir con la C.U.I.T. de quien solicita el beneficio.
III. Estado del DT-e/DTA: cerrado
IMPORTANTE: la suma de caravanas de todos los DT-e/DTA con motivo
Invernada Programa En Corral afectados a la totalidad de las
solicitudes no puede superar la cantidad total de CIEN (100) animales
por cada persona beneficiaria. Será rechazada automáticamente la
afectación de un DT-e/DTA que registre una cantidad de caravanas que
exceda el límite total de cabezas totales antes referido.
5. Confirmada la afectación de un DT-e/DTA con motivo Invernada
Programa En Corral, se generará un mensaje en la parte inferior de la
pantalla indicando que la operación se realizó correctamente. Si el
DT-e/DTA afectado es “Invernada Programa En Corral” consumirá cupo
disponible del/la solicitante, por lo que los próximos DT-e/DTA con el
mismo motivo deberán contener menos o igual cantidad al cupo disponible
de animales que posee.
6. Una vez completados todos los campos, la persona solicitante podrá
confirmar el envío de la solicitud haciendo
“click” en el botón
“Confirmo solicitud”. Realizada la
operación, el sistema le mostrará un nuevo mensaje de confirmación para
cerrar la operación definitivamente.
IMPORTANTE: No se habilitará la selección del botón “Confirmar
solicitud” si quien solicita no acepta los CUATRO (4) primeros campos
del formulario (Solicito beneficio, Autorizo a AFIP, Autorizo a SENASA
y Asumo obligación) y/o no completa todos los datos de carácter
obligatorio de forma correcta para que la solicitud pueda ser generada.
7. Tras la confección de la solicitud, el sistema requerirá a la
persona solicitante que confirme el envío de la solicitud generada
mediante la selección del botón
“Confirmar
envío” o de volver sobre el formulario para la edición de los
campos mediante la selección del botón
“Cancelar”.
8. Si quien solicita seleccionare
“Confirmar
envío” se generará un mensaje en la parte inferior de la
pantalla indicando que la operación se realizó correctamente.
9. Una vez realizada la operación, la persona solicitante podrá salir
del sitio haciendo click en el botón
“Cerrar
sesión”, ubicado en la esquina superior derecha de la pantalla.
10. Finalizada la operación, la/el solicitante recibirá, en el correo
indicado en el formulario, una notificación de que su solicitud fue
recibida correctamente. En el cuerpo del mensaje se indicarán los datos
informados en el formulario de la solicitud.
En caso de detectar algún error en lo informado, podrá realizar las
modificaciones necesarias ingresando nuevamente a encorral.magyp.gob.ar.
NUEVO INGRESO AL SITIO
Quien solicita el beneficio podrá ingresar al sitio
encorral.magyp.gob.ar cuando lo estime pertinente, donde podrá llevar a
cabo las acciones que se detallan a continuación, siempre con la previa
aclaración de que los datos que se consignen revisten carácter de
declaración jurada.
• Consultar la cantidad de animales disponibles para aplicar al
programa.
• Consultar el saldo disponible de cupo de fase del programa.
• Editar datos personales
• Cargar y/o eliminar DT-e/DTA Motivo Invernada Programa En Corral.
• Cargar documentos DT-e/DTA Motivo Faena Programa En Corral.
• Eliminar solicitud.
• Cargar una nueva solicitud cuando haya eliminado una anterior.
CONSULTA O EDICIÓN DE DATOS DECLARADOS
Consulta:
Si la persona solicitante desea consultar los datos personales
declarados previamente, podrá hacerlo haciendo
click en la opción
“Editar datos”.
Se desplegará el formulario con los campos ya completos.
Edición de datos personales:
En caso de que el/la solicitante desee modificar alguno de los datos
declarados (CBU, correo electrónico, teléfono) también podrá hacerlo
seleccionando el botón
“Editar datos”.
1. Al ingresar, el formulario estará completo con la información
originalmente enviada, sobre cuya base se podrán realizar las
modificaciones que la persona solicitante estime necesarias sobre los
datos de CBU, correo electrónico y/o teléfono. En el caso de los campos
(
“check”) “Solicito”, “Autorizo
AFIP”, “Autorizo SENASA” y “Asumo obligación”,
deberán marcarse nuevamente para
que el botón
“Confirmar cambios” se
active. Una vez completados, se confirman los cambios y luego la
confirmación definitiva del envío del formulario se hará de igual
manera que en la creación de la solicitud.
Para salir del sitio deberá seleccionar el botón
“Cerrar sesión” ubicado en la
esquina superior derecha de la pantalla.
Cargar y/o eliminar DT-e/DTA Motivo
Invernada Programa En Corral.
En caso de que el solicitante desee agregar y/o eliminar DT-e/DTA lo
podrá hacer seleccionando el botón
“Agregar/Quitar
DTe/DTA”.
Eliminar DT-e/DTA afectado:
1. La opción
“Consultar DTe/DTA
afectados” le permitirá ver un listado con todos los documentos
que haya afectado a la solicitud.
• A su vez, podrá ver el detalle de caravanas asociadas a cada DT-e/DTA
afectado haciendo
click sobre
la lupa y confirmar que el documento que desea eliminar es el correcto.
2. Para eliminarlo, deberá volver sobre el listado y en una de sus
columnas encontrará la opción
“eliminar”
(ícono “cesto de basura”).
3. Cumplido el paso anterior, el sistema le preguntará si está seguro
de efectuar la eliminación del registro. En caso de estarlo, deberá
seleccionar la opción
“Borrar”,
caso contrario
“Cancelar”.
4. Una vez realizada la operación, el/la solicitante podrá salir del
sitio seleccionando el botón
“Cerrar
sesión”, ubicado en la esquina superior derecha de la pantalla.
IMPORTANTE: Quien solicita el beneficio sólo podrá afectar un nuevo
DT-e/DTA con motivo “Invernada PROGRAMA En Corral” si contare con cupo
individual. La eliminación de un DT-e/DTA será automáticamente
rechazada por el sistema cuando se dieren las siguientes
circunstancias: a) el DT-e/DTA que se pretendiera eliminar fuera el
único consignado en la nómina de documentos afectados a la solicitud;
b) el DT-e/DTA se encuentre afectado al curso de un procedimiento de
aprobación, liquidación y pago.
Cargar DT-e/DTA Motivo Invernada
Programa En Corral
1. Si la persona solicitante desea ingresar un nuevo DT-e/DTA Motivo
Invernada Programa En Corral a su solicitud deberá:
• Indicar el número de DT-e/DTA y el resto de los campos se completarán
de manera automática por el sistema con los datos obrantes en el
registro del SENASA (Fecha de cierre, C.U.I.T., Motivo, Caravanas
asociadas al DT-e/DTA).
• Para afectar el DT-e/DTA Motivo Invernada Programa En Corral a la
solicitud deberá hacer click en el botón
“Confirmo afectación de DTe/DTA al
programa”.
• El DT-e/DTA que la/el solicitante desee afectar al programa debe
cumplir con las siguientes condiciones:
I. - Haberse emitido con el motivo Invernada Programa En Corral.
II. - La C.U.I.T. del titular del RENSPA de origen y de destino deben
coincidir con la C.U.I.T. de quien solicita el beneficio.
III.- Estado del DT-e/DTA: cerrado
2. Confirmada la afectación de un DT-e/DTA con motivo Invernada
Programa En Corral, se generará un mensaje en la parte inferior de la
pantalla indicando que la operación se realizó correctamente. Si el
DT-e/DTA afectado es “Invernada Programa En Corral” consumirá cupo
disponible, por lo que los próximos DT-e/DTA con el mismo motivo
deberán contener menos o igual cantidad al cupo disponible de animales
que posee.
IMPORTANTE: la suma de caravanas de todos los DT-e/DTA con motivo
Invernada Programa En Corral afectados a la totalidad de las
solicitudes no puede superar la cantidad total de CIEN (100) animales
por cada beneficiario. Será rechazada automáticamente la afectación de
un DT-e/DTA que registre una cantidad de caravanas que exceda el límite
total de cabezas totales antes referido.
3. Una vez realizada la operación, el solicitante podrá salir del sitio
haciendo click en el botón
“Cerrar
sesión”, ubicado en la esquina superior derecha de la pantalla.
Cargar DTe/DTA Motivo Faena Programa
En Corral
Cumplido el término del período de engorde en corral de CIENTO VEINTE
(120) días corridos y dentro de los TREINTA (30) días corridos
subsiguientes, la persona beneficiaria deberá declarar los DT-e/DTA
Motivo Faena Programa En Corral relacionados con las caravanas
correspondientes a los animales por los que se le asignó el beneficio,
ingresando nuevamente al sitio encorral.magyp.gob.ar y utilizando la
opción
“Agregar/Quitar DTe/DTA”.
1. Esta opción desplegará el formulario de solicitud completada por la
persona beneficiaria con anterioridad. En la sección
“Información sobre DTe o DTA” deberá
informar los DT-e/DTA Motivo Faena Programa En Corral indicando el
número del documento en el campo correspondiente.
• Para afectar el DT-e /DTA Motivo Faena Programa En Corral a la
solicitud deberá hacer click en el botón
“Confirmo afectación de DTe/DTA al
programa”.
• El DT-e/DTA Motivo Faena Programa En Corral que el solicitante desee
afectar al programa debe cumplir con las siguientes condiciones:
I. Haberse emitido con el motivo Faena Programa En Corral y una nómina
de animales identificados individualmente previamente consignada en un
DT-e/DTA Motivo Invernada Programa en Corral sobre el que haya recaído
la asignación del beneficio.
II. Emitir el DT-e/DTA luego de transcurrido el plazo de CIENTO VEINTE
(120) días corridos de mantenimiento en engorde a corral.
III. La C.U.I.T. del titular del RENSPA de origen consignada en el
DT-e/DTA debe coincidir con la C.U.I.T. de quien solicita el beneficio.
IV. Estado del DTe/DTA cerrado
2. Confirmada la afectación de un DT-e/DTA con motivo Faena Programa En
Corral, se generará un mensaje en la parte inferior de la pantalla
indicando que la operación se realizó correctamente.
3. Una vez realizada la operación, la persona solicitante podrá salir
del sitio haciendo click en el botón
“Cerrar
sesión”, ubicado en la esquina superior derecha de la pantalla.
ELIMINAR SOLICITUD
1. En caso que el/la solicitante desee eliminar la solicitud, deberá
seleccionar el botón
“Eliminar
solicitud”.
2. El sistema sólo le solicitará completar su correo electrónico y
confirmar dicha dirección.
Por defecto, los campos tendrán la información suministrada en la
solicitud inicial. Una vez completados, se confirman los cambios
seleccionando el botón
“Eliminar
solicitud”.
3. Realizado el paso anterior, el sistema le preguntará a la/el
solicitante si está segura/o de confirmar la operación de eliminación.
4. Confirmada la eliminación, se le mostrará el aviso que la operación
se realizó correctamente.
IMPORTANTE: La selección de “eliminar la solicitud” indicará que la
persona solicitante desiste de la obtención del beneficio que otorga el
programa, lo que determinará la eliminación de los datos suministrados
por el/la solicitante hasta ese momento. La eliminación como tal tiene
carácter definitivo, si el productor o la productora quisiera
reingresar al programa, deberá ingresar nuevamente a la
encorral.magyp.gob.ar y generar una nueva solicitud.
IF-2023-33390437-APN-SSGYPA#MEC