MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

Resolución 101/2023

RESOL-2023-101-APN-SAGYP#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 27/03/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-30859585- -APN-DGD#MAGYP del Registro de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, los Decretos Nros. 576 de fecha 4 de septiembre de 2022 y 787 de fecha 27 de noviembre de 2022, la Resolución N° RESOL-2023-321-APN-MEC de fecha 20 de marzo de 2023 del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 576 de fecha 4 de septiembre de 2022, se creó de manera extraordinaria y transitoria el PROGRAMA DE INCREMENTO EXPORTADOR, que contempló una serie de medidas relacionadas con las exportaciones de las manufacturas de soja y con la liquidación de las divisas en el mercado de cambios, previendo que el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA dicte la reglamentación correspondiente.

Que mediante el Decreto N° 787 de fecha 27 de noviembre de 2022 se reestableció, de manera extraordinaria y transitoria, el mencionado PROGRAMA DE INCREMENTO EXPORTADOR.

Que por la Resolución N° RESOL-2023-321-APN-MEC de fecha 20 de marzo de 2023 del MINISTERIO DE ECONOMÍA se creó, en el ámbito de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, el PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO PRODUCTIVO ARGENTINO - SECTOR BOVINOS (PROGRAMA EN CORRAL), en adelante el PROGRAMA.

Que el Artículo 3° inciso f) de la citada Resolución N° RESOL-2023-321-APN-MEC, establece que los productores interesados en recibir el beneficio deberán cumplir con el procedimiento de carga de información establecido en su Artículo 9° , de conformidad con la instrumentación que disponga la Autoridad de Aplicación; solicitar expresamente el beneficio; autorizar a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y al SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, a suministrar a la Autoridad de Aplicación la información correspondiente; cumplir con la carga de la información establecida en el inciso d) del mencionado Artículo 3° en carácter de declaración jurada; asumir la obligación de mantener el ganado bovino sobre el que se asigne el beneficio en engorde a corral por el término mínimo de CIENTO VEINTE (120) días corridos y remitirlo a faena para consumo interno en un plazo no mayor a los TREINTA (30) días corridos subsiguientes, instrumentándolo mediante el documento de tránsito específico del inciso b) del Artículo 17, cuyo incumplimiento determinará la caducidad del beneficio y la consiguiente restitución de los fondos en los términos establecidos en el Artículo 13; constituir domicilio electrónico en una dirección de correo electrónico que será válida a todos los efectos legales, notificaciones y requerimientos de información que disponga la Autoridad de Aplicación; indicar una Clave Bancaria Uniforme (CBU) de una cuenta bancaria en moneda pesos de titularidad del solicitante e ingresar los demás datos que la Autoridad de Aplicación considerare necesarios para efectivizar el beneficio.

Que por el Artículo 15 de la referida Resolución N° RESOL-2023-321-APN-MEC se establece que la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA será la Autoridad de Aplicación del PROGRAMA, y como tal, podrá dictar las normas complementarias, aclaratorias y operativas necesarias para su debida operatividad y cumplimiento.

Que resulta necesario dictar la presente norma operativa a los fines de aprobar el procedimiento de carga de información específico para las productoras y productores interesados en recibir el beneficio en el marco del PROGRAMA, como mecanismo de aplicación del procedimiento establecido en el Artículo 9° de la aludida Resolución N° RESOL-2023-321-APN-MEC.

Que la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para el dictado de la presente medida en virtud de las facultades otorgadas por el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios y por la Resolución N° RESOL-2023-321-APN-MEC de fecha 20 de marzo de 2023 del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Instructivo que describe el Procedimiento de Carga de Información para Productoras y Productores interesados en la obtención del beneficio establecido por el PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO PRODUCTIVO ARGENTINO -SECTOR BOVINOS (PROGRAMA EN CORRAL), creado por la Resolución N° RESOL-2023-321-APN-MEC de fecha 20 de marzo de 2023 del MINISTERIO DE ECONOMÍA, que como Anexo registrado con el N° IF-2023-33390437-APN-SSGYPA#MEC, forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Jose Bahillo

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 28/03/2023 N° 19950/23 v. 28/03/2023

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)

INSTRUCTIVO

El presente instructivo describe el Procedimiento de Carga de Información para Productoras y Productores que tengan interés en obtener el beneficio establecido por el PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO PRODUCTIVO ARGENTINO - SECTOR BOVINOS (PROGRAMA EN CORRAL), con el fin de dar cumplimiento a lo indicado en el Artículo 9° de la Resolución N° RESOL-2023-321-APN-MEC de fecha 20 de marzo de 2023 del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Para ello, deberán seguir los siguientes pasos:

1. Adherirse al servicio “SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA - AUTOGESTIÓN SAGyP”.

2. Ingresar al servicio “AUTOGESTIÓN SAGYP” y agregar la aplicación “Programa de fortalecimiento productivo argentino - Sector bovinos (Programa EN CORRAL)”.

3. Ingresar a la aplicación “Programa de fortalecimiento productivo argentino - Sector bovinos (Programa EN CORRAL)” y solicitar el beneficio, completando los datos solicitados.

Paso 1: Adhesión al servicio “SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA - AUTOGESTIÓN SAGyP”.

Ingresar al sitio “web” de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, (http://www.afip.gob.ar), mediante la utilización de la Clave Fiscal obtenida en los términos de la Resolución General N° 5.048 de fecha 11 de agosto de 2021 de la citada Administración Federal y su modificatoria, y adherirse al servicio “SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA - AUTOGESTIÓN SAGyP”.

A continuación, se exponen las imágenes/capturas de pantalla con el paso a paso a seguir.

















Paso 2: Ingresar al servicio “AUTOGESTIÓN SAGYP” y agregar la aplicación “Programa de fortalecimiento productivo argentino - Sector bovinos (Programa EN CORRAL)”.

A continuación, se exponen las imágenes/capturas de pantalla con el paso a paso a seguir.











Paso 3: Ingresar a la aplicación “Programa de fortalecimiento productivo argentino - Sector bovinos (Programa EN CORRAL)” y solicitar el beneficio, completando los datos solicitados.

1. Una vez cumplidos los pasos indicados en el instructivo Paso 1: Adhesión al servicio “SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA - AUTOGESTIÓN SAGyP”, la persona solicitante deberá ingresar al sitio encorral.magyp.gob.ar para la carga del formulario de solicitud del beneficio. En primer lugar, deberá aceptar que los datos que ingrese en el formulario revestirán el carácter de declaración jurada (DDJJ), efectuando la selección correspondiente.


2. Una vez aceptado el carácter de DDJJ, la persona solicitante deberá acceder al formulario de carga, haciendo “click” en el botón “Completar solicitud”, lo que habilitará el despliegue de los campos a completar.


3. La persona solicitante deberá completar los campos obligatorios de la primera parte de la
solicitud, a saber:

• Solicito el beneficio

• Autorizo a la AFIP a suministrar a la Autoridad de Aplicación la información correspondiente

• Autorizo al SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, a suministrar a la Autoridad de Aplicación la información correspondiente

• Asumo la obligación de mantener el ganado bovino sobre el que se asigne el beneficio en engorde a corral por el término mínimo de CIENTO VEINTE (120) días corridos y remitirlo a faena para consumo interno en un plazo no mayor a los TREINTA (30) días corridos subsiguientes, instrumentándolo mediante el Documento para el Tránsito de Animales (DTA) o el Documento de Tránsito Electrónico (DT-e), con motivo "Faena PROGRAMA En Corral".

• Clave Bancaria Uniforme (CBU) y confirmación del mismo (el CBU debe pertenecer al productor/Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) que figura en los datos de referencia del formulario)

• E-mail y confirmación del mismo (este correo electrónico funcionará como domicilio electrónico a los fines de las comunicaciones que eventualmente realice la Autoridad de Aplicación)

Dato opcional: teléfono

IMAGEN DE PANTALLA DE LA PRIMERA PARTE SIN COMPLETAR


IMAGEN DE PANTALLA DE LA PRIMERA PARTE COMPLETA


4. En la segunda parte del formulario la persona solicitante deberá indicar el número de cada uno de los Documentos DT-e/DTA - Motivo Invernada Programa En Corral que desea asociar:

• Al indicar el número de DT-e/DTA, el resto de los campos se completarán de manera automática por el sistema con los datos obrantes en el registro del SENASA (Fecha de cierre, C.U.I.T., Motivo, Caravanas asociadas al DT-e/DTA).







• Para afectar el DT-e/DTA Motivo Invernada Programa En Corral a la solicitud, deberá hacer click en el botón “Confirmo afectación de DTe/DTA al programa”.

• El DT-e/DTA que el/la solicitante desee afectar al programa debe cumplir con las siguientes condiciones:

I. Haberse emitido con el motivo Invernada Programa En Corral.

II. La C.U.I.T. del titular del Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA) de origen y de destino deben coincidir con la C.U.I.T. de quien solicita el beneficio.

III. Estado del DT-e/DTA: cerrado

IMPORTANTE: la suma de caravanas de todos los DT-e/DTA con motivo Invernada Programa En Corral afectados a la totalidad de las solicitudes no puede superar la cantidad total de CIEN (100) animales por cada persona beneficiaria. Será rechazada automáticamente la afectación de un DT-e/DTA que registre una cantidad de caravanas que exceda el límite total de cabezas totales antes referido.


5. Confirmada la afectación de un DT-e/DTA con motivo Invernada Programa En Corral, se generará un mensaje en la parte inferior de la pantalla indicando que la operación se realizó correctamente. Si el DT-e/DTA afectado es “Invernada Programa En Corral” consumirá cupo disponible del/la solicitante, por lo que los próximos DT-e/DTA con el mismo motivo deberán contener menos o igual cantidad al cupo disponible de animales que posee.


6. Una vez completados todos los campos, la persona solicitante podrá confirmar el envío de la solicitud haciendo “click” en el botón “Confirmo solicitud”. Realizada la operación, el sistema le mostrará un nuevo mensaje de confirmación para cerrar la operación definitivamente.

IMPORTANTE: No se habilitará la selección del botón “Confirmar solicitud” si quien solicita no acepta los CUATRO (4) primeros campos del formulario (Solicito beneficio, Autorizo a AFIP, Autorizo a SENASA y Asumo obligación) y/o no completa todos los datos de carácter obligatorio de forma correcta para que la solicitud pueda ser generada.


7. Tras la confección de la solicitud, el sistema requerirá a la persona solicitante que confirme el envío de la solicitud generada mediante la selección del botón “Confirmar envío” o de volver sobre el formulario para la edición de los campos mediante la selección del botón “Cancelar”.


8. Si quien solicita seleccionare “Confirmar envío” se generará un mensaje en la parte inferior de la pantalla indicando que la operación se realizó correctamente.


9. Una vez realizada la operación, la persona solicitante podrá salir del sitio haciendo click en el botón “Cerrar sesión”, ubicado en la esquina superior derecha de la pantalla.


10. Finalizada la operación, la/el solicitante recibirá, en el correo indicado en el formulario, una notificación de que su solicitud fue recibida correctamente. En el cuerpo del mensaje se indicarán los datos informados en el formulario de la solicitud.

En caso de detectar algún error en lo informado, podrá realizar las modificaciones necesarias ingresando nuevamente a encorral.magyp.gob.ar.

NUEVO INGRESO AL SITIO

Quien solicita el beneficio podrá ingresar al sitio encorral.magyp.gob.ar cuando lo estime pertinente, donde podrá llevar a cabo las acciones que se detallan a continuación, siempre con la previa aclaración de que los datos que se consignen revisten carácter de declaración jurada.

• Consultar la cantidad de animales disponibles para aplicar al programa.

• Consultar el saldo disponible de cupo de fase del programa.

• Editar datos personales

• Cargar y/o eliminar DT-e/DTA Motivo Invernada Programa En Corral.

• Cargar documentos DT-e/DTA Motivo Faena Programa En Corral.

• Eliminar solicitud.

• Cargar una nueva solicitud cuando haya eliminado una anterior.





CONSULTA O EDICIÓN DE DATOS DECLARADOS

Consulta:

Si la persona solicitante desea consultar los datos personales declarados previamente, podrá hacerlo haciendo click en la opción “Editar datos”.

Se desplegará el formulario con los campos ya completos.


Edición de datos personales:

En caso de que el/la solicitante desee modificar alguno de los datos declarados (CBU, correo electrónico, teléfono) también podrá hacerlo seleccionando el botón “Editar datos”.

1. Al ingresar, el formulario estará completo con la información originalmente enviada, sobre cuya base se podrán realizar las modificaciones que la persona solicitante estime necesarias sobre los datos de CBU, correo electrónico y/o teléfono. En el caso de los campos (“check”) “Solicito”, “Autorizo AFIP”, “Autorizo SENASA” y “Asumo obligación”, deberán marcarse nuevamente para que el botón “Confirmar cambios” se active. Una vez completados, se confirman los cambios y luego la confirmación definitiva del envío del formulario se hará de igual manera que en la creación de la solicitud.





Para salir del sitio deberá seleccionar el botón “Cerrar sesión” ubicado en la esquina superior derecha de la pantalla.


Cargar y/o eliminar DT-e/DTA Motivo Invernada Programa En Corral.

En caso de que el solicitante desee agregar y/o eliminar DT-e/DTA lo podrá hacer seleccionando el botón “Agregar/Quitar DTe/DTA”.


Eliminar DT-e/DTA afectado:


1. La opción “Consultar DTe/DTA afectados” le permitirá ver un listado con todos los documentos que haya afectado a la solicitud.





• A su vez, podrá ver el detalle de caravanas asociadas a cada DT-e/DTA afectado haciendo click sobre la lupa y confirmar que el documento que desea eliminar es el correcto.



2. Para eliminarlo, deberá volver sobre el listado y en una de sus columnas encontrará la opción “eliminar” (ícono “cesto de basura”).


3. Cumplido el paso anterior, el sistema le preguntará si está seguro de efectuar la eliminación del registro. En caso de estarlo, deberá seleccionar la opción “Borrar”, caso contrario “Cancelar”.


4. Una vez realizada la operación, el/la solicitante podrá salir del sitio seleccionando el botón “Cerrar sesión”, ubicado en la esquina superior derecha de la pantalla.


IMPORTANTE: Quien solicita el beneficio sólo podrá afectar un nuevo DT-e/DTA con motivo “Invernada PROGRAMA En Corral” si contare con cupo individual. La eliminación de un DT-e/DTA será automáticamente rechazada por el sistema cuando se dieren las siguientes circunstancias: a) el DT-e/DTA que se pretendiera eliminar fuera el único consignado en la nómina de documentos afectados a la solicitud; b) el DT-e/DTA se encuentre afectado al curso de un procedimiento de aprobación, liquidación y pago.

Cargar DT-e/DTA Motivo Invernada Programa En Corral

1. Si la persona solicitante desea ingresar un nuevo DT-e/DTA Motivo Invernada Programa En Corral a su solicitud deberá:

• Indicar el número de DT-e/DTA y el resto de los campos se completarán de manera automática por el sistema con los datos obrantes en el registro del SENASA (Fecha de cierre, C.U.I.T., Motivo, Caravanas asociadas al DT-e/DTA).





• Para afectar el DT-e/DTA Motivo Invernada Programa En Corral a la solicitud deberá hacer click en el botón “Confirmo afectación de DTe/DTA al programa”.

• El DT-e/DTA que la/el solicitante desee afectar al programa debe cumplir con las siguientes condiciones:

I. - Haberse emitido con el motivo Invernada Programa En Corral.

II. - La C.U.I.T. del titular del RENSPA de origen y de destino deben coincidir con la C.U.I.T. de quien solicita el beneficio.

III.- Estado del DT-e/DTA: cerrado


2. Confirmada la afectación de un DT-e/DTA con motivo Invernada Programa En Corral, se generará un mensaje en la parte inferior de la pantalla indicando que la operación se realizó correctamente. Si el DT-e/DTA afectado es “Invernada Programa En Corral” consumirá cupo disponible, por lo que los próximos DT-e/DTA con el mismo motivo deberán contener menos o igual cantidad al cupo disponible de animales que posee.


IMPORTANTE: la suma de caravanas de todos los DT-e/DTA con motivo Invernada Programa En Corral afectados a la totalidad de las solicitudes no puede superar la cantidad total de CIEN (100) animales por cada beneficiario. Será rechazada automáticamente la afectación de un DT-e/DTA que registre una cantidad de caravanas que exceda el límite total de cabezas totales antes referido.

3. Una vez realizada la operación, el solicitante podrá salir del sitio haciendo click en el botón “Cerrar sesión”, ubicado en la esquina superior derecha de la pantalla.


Cargar DTe/DTA Motivo Faena Programa En Corral

Cumplido el término del período de engorde en corral de CIENTO VEINTE (120) días corridos y dentro de los TREINTA (30) días corridos subsiguientes, la persona beneficiaria deberá declarar los DT-e/DTA Motivo Faena Programa En Corral relacionados con las caravanas correspondientes a los animales por los que se le asignó el beneficio, ingresando nuevamente al sitio encorral.magyp.gob.ar y utilizando la opción “Agregar/Quitar DTe/DTA”.


1. Esta opción desplegará el formulario de solicitud completada por la persona beneficiaria con anterioridad. En la sección “Información sobre DTe o DTA” deberá informar los DT-e/DTA Motivo Faena Programa En Corral indicando el número del documento en el campo correspondiente.



• Para afectar el DT-e /DTA Motivo Faena Programa En Corral a la solicitud deberá hacer click en el botón “Confirmo afectación de DTe/DTA al programa”.

• El DT-e/DTA Motivo Faena Programa En Corral que el solicitante desee afectar al programa debe cumplir con las siguientes condiciones:

I. Haberse emitido con el motivo Faena Programa En Corral y una nómina de animales identificados individualmente previamente consignada en un DT-e/DTA Motivo Invernada Programa en Corral sobre el que haya recaído la asignación del beneficio.

II. Emitir el DT-e/DTA luego de transcurrido el plazo de CIENTO VEINTE (120) días corridos de mantenimiento en engorde a corral.

III. La C.U.I.T. del titular del RENSPA de origen consignada en el DT-e/DTA debe coincidir con la C.U.I.T. de quien solicita el beneficio.

IV. Estado del DTe/DTA cerrado


2. Confirmada la afectación de un DT-e/DTA con motivo Faena Programa En Corral, se generará un mensaje en la parte inferior de la pantalla indicando que la operación se realizó correctamente.


3. Una vez realizada la operación, la persona solicitante podrá salir del sitio haciendo click en el botón “Cerrar sesión”, ubicado en la esquina superior derecha de la pantalla.


ELIMINAR SOLICITUD

1. En caso que el/la solicitante desee eliminar la solicitud, deberá seleccionar el botón “Eliminar solicitud”.


2. El sistema sólo le solicitará completar su correo electrónico y confirmar dicha dirección.

Por defecto, los campos tendrán la información suministrada en la solicitud inicial. Una vez completados, se confirman los cambios seleccionando el botón “Eliminar solicitud”.


3. Realizado el paso anterior, el sistema le preguntará a la/el solicitante si está segura/o de confirmar la operación de eliminación.


4. Confirmada la eliminación, se le mostrará el aviso que la operación se realizó correctamente.


IMPORTANTE: La selección de “eliminar la solicitud” indicará que la persona solicitante desiste de la obtención del beneficio que otorga el programa, lo que determinará la eliminación de los datos suministrados por el/la solicitante hasta ese momento. La eliminación como tal tiene carácter definitivo, si el productor o la productora quisiera reingresar al programa, deberá ingresar nuevamente a la encorral.magyp.gob.ar y generar una nueva solicitud.

IF-2023-33390437-APN-SSGYPA#MEC