INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL
Resolución 1302/2023
RESFC-2023-1302-APN-DI#INAES
Ciudad de Buenos Aires, 27/03/2023
VISTO el EX-2023-31226500- -APN-MGESYA#INAES la Convención
Interamericana contra la Corrupción aprobada por la Ley N° 24.759, la
Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción aprobada por la
Ley N° 26.097, la Ley N° 19.331 de creación del Instituto Nacional de
Acción Mutual, la Ley Orgánica para las asociaciones mutuales N°
20.321, la Ley de Cooperativas N° 20.337, la Ley de Ética en el
Ejercicio de la Función Pública Nº 25.188 y sus normas modificatorias y
complementarias, la Ley de Derecho de Acceso a la Información Pública
N° 27.275, los Decretos Nº 420 de fecha 15 de abril de 1996, Nº 41 de
fecha 27 de enero de 1999, Nº 721 de fecha 25 de agosto del 2000, Nº
1192/02 de fecha 5 de julio de 2002, las Decisiones Administrativas Nº
797 de fecha 17 de septiembre de 2019 y Nº 1302 de fecha 28 de
diciembre de 2022, la Resolución N° 16 de fecha 7 de agosto de 2020 de
la OFICINA ANTICORRUPCIÓN y la Resolución INAES N° 3404 de fecha 22 de
julio de 2022 y,
CONSIDERANDO:
Que el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL, organismo
descentralizado de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, es la
autoridad de aplicación del régimen legal aplicable a mutuales y
cooperativas, en los términos contemplados en las Leyes Nros. 19.331,
20.321, 20.337, el Decreto Nº 420/96, sus modificatorios y
complementarios.
Que el Decreto N° 721/00 establece entre las funciones y atribuciones
del Directorio, la de evaluar periódicamente el cumplimiento de los
planes en ejecución, así como las funciones ordinarias que el Organismo
desarrolle, proponiendo las correcciones y adaptaciones que estime
necesarias para un mejor cumplimiento de los objetivos del Instituto.
Que la Ley N° 25.188 establece un conjunto de deberes, prohibiciones e
incompatibilidades aplicables, sin excepción, a todas las personas que
se desempeñen en la función pública cualquiera sea su nivel, jerarquía,
modo de ingreso y/o retribución.
Que a través del Decreto N° 41/99 se aprobó el Código de Ética de la
Función Pública, el cual define un conjunto de principios generales y
particulares que rigen la actuación de las y los servidores públicos.
Que la ratificación de la CONVENCIÓN INTERAMERICANA CONTRA LA
CORRUPCIÓN por Ley N° 24.759 y de la CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS
CONTRA LA CORRUPCIÓN, por la Ley N° 26.097, implica el compromiso de
nuestro país para promover y fortalecer el desarrollo de los mecanismos
necesarios para prevenir, detectar, sancionar y erradicar la corrupción.
Que en el marco de la normativa vigente, el Estado se compromete a
promover la integridad y la responsabilidad de las funcionarias y
funcionarios públicos, a la aplicación de códigos de ética para el
correcto y debido cumplimiento de sus funciones y a la instauración de
procedimientos de acceso a la información pública.
Que mediante Resolución Nº 1860/2019 este Instituto Nacional aprobó su Código de Ética.
Que en el marco de la Estrategia Nacional de Integridad impulsada por
la Subsecretaría de Fortalecimiento Institucional de la SGyEP de la
Jefatura de Gabinete de Ministros y la Oficina Anticorrupción el
INSTITUTO estableció como una de las acciones a implementar la
reformulación y adecuación del Código de Ética y su difusión a las y
los agentes del organismo.
Que mediante la Resolución N° 3404/2022 se creó el “Programa de
integridad y transparencia del INAES” y se aprobaron sus objetivos a
los efectos de promover el uso de buenas prácticas y una cultura de
transparencia e integridad en el ámbito del Instituto.
Que a los fines de implementar una mejora continua en las prácticas de
integridad y transparencia, es que resulta necesario dejar sin efecto
la Resolución Nº 1860/2019 y aprobar un Código de Ética actualizado,
como así también los Modelos de Cartas de Adhesión.
Que el Servicio Jurídico Permanente ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes N°
19.331, N° 20.321 y N° 20.337, el Decreto N° 721/00 y la Decisión
Administrativa N° 1302/2022.
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Déjase sin efecto la Resolución INAES N° 1860 de fecha 19 de septiembre de 2019.
ARTÍCULO 2. Apruébase el Código de Ética del INSTITUTO NACIONAL DE
ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL que forma parte de la presente
Resolución como Anexo I.
ARTÍCULO 3. Apruébanse los Modelos de Carta de Adhesión al Código de
Ética que forman parte de la presente Resolución como Anexo II
identificado como IF-2023-31286594-APN-PI#INAES.
ARTÍCULO 4. Instrúyase a la Unidad de Integridad y Transparencia a
incorporar en el plan de capacitación y sensibilización interno las
materias tratadas en la presente Resolución.
ARTÍCULO 5. La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 6. Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Fabian Brown - Zaida Chmaruk - Ariel Guarco - Nahum Mirad - Alejandro Russo - Elbio Nestor Laucirica - Alexandre Roig
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 29/03/2023 N° 20223/23 v. 29/03/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)
(Anexo I sustituido por art. 1° de la
Resolución N° 5519/2023 del Instituto Nacional de Asociativismo y
Economía Social B.O. 7/12/2023.)