ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA
Decisión Administrativa 250/2023
DECAD-2023-250-APN-JGM - Dase por designada Directora Nacional.
Ciudad de Buenos Aires, 30/03/2023
VISTO el Expediente N° EX-2022-130349302-APN-DRRHH#ANMAT, la Ley N°
27.701, los Decretos Nros. 1133 del 25 de agosto de 2009 y sus
modificatorios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio y la
Decisión Administrativa N° 761 del 6 de septiembre de 2019 y su
modificatoria, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 27.701 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023.
Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación
transitoria de personal en cargos de planta permanente y
extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario o
Subsecretaria, vacantes y financiados presupuestariamente, de
conformidad con las estructuras organizativas, será efectuada por el
Jefe de Gabinete de Ministros en el ámbito de la Administración Pública
Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la
Jurisdicción o Entidad de que se trate.
Que por la Decisión Administrativa N° 761/19 se aprobó la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo de la ADMINISTRACIÓN
NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT),
organismo descentralizado actuante en la órbita de la ex SECRETARÍA DE
GOBIERNO DE SALUD del entonces MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL.
Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo
vacante y financiado de Director o Directora Nacional del INSTITUTO
NACIONAL DE MEDICAMENTOS de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS,
ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA, organismo descentralizado actuante en la
órbita del MINISTERIO DE SALUD.
Que la cobertura transitoria del cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que ha tomado la intervención de su competencia el servicio jurídico pertinente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL
y 2° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Dase por designada con carácter transitorio, a partir del
1º de diciembre de 2022 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles, a la doctora Gabriela Carmen MANTECÓN FUMADÓ (D.N.I. Nº
21.671.675) en el cargo de Directora Nacional del INSTITUTO NACIONAL DE
MEDICAMENTOS de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y
TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT), organismo descentralizado actuante en la
órbita del MINISTERIO DE SALUD, Categoría Profesional Superior, Grado
Inicial del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal
Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e
Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE
SALUD, homologado por Decreto Nº 1133/09.
Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función
Directiva Nivel I, del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y
se efectúa la presente designación transitoria con carácter de
excepción respecto a los requisitos establecidos en los artículos 1°,
26 y 37 de dicho Convenio.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente
decisión administrativa deberá ser cubierto conforme los requisitos y
sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente,
en el artículo 26, Título II, Capítulo II y en el artículo 37, Título
III, Capítulo I, y en el Título IV del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos
Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y
Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD, homologado por el
Decreto N° 1133/09, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles, contados a partir del 1º de diciembre de 2022.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la
Jurisdicción 80 - MINISTERIO DE SALUD, Entidad 904 - ADMINISTRACIÓN
NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Agustín Oscar Rossi - Carla Vizzotti
e. 31/03/2023 N° 21336/23 v. 31/03/2023