MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución 485/2023
RESOL-2023-485-APN-MJ
Ciudad de Buenos Aires, 03/04/2023
VISTO el Expediente N° EX-2021-112237014- -APN-DGDYD#MJ, la Resolución
Ministerial RESOL-2021-1810-APN-MJ, la Ley de Ministerios N° 22.520
(T.O.1992) y sus modificatorias, el Decreto N° 50 del 19 de diciembre
de 2019 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 1838 del 9
de octubre de 2020 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que compete a este Ministerio entender en la formulación y aplicación
de políticas y programas de promoción y fortalecimiento de los derechos
humanos.
Que en ese orden de cosas, el Decreto N° 50/19 y sus modificatorios,
atribuyó a la SECRETARÍA DE JUSTICIA de esta cartera ministerial, el
cometido de intervenir en el diseño, planificación e implementación de
políticas públicas federales de acceso a la justicia, en los programas
jurídicos, sociales y de atención comunitaria, en los temas
relacionados con los métodos participativos de resolución de conflictos
y en las acciones encomendadas por el Decreto N° 1375 del 8 de
septiembre de 2011, y por las Leyes Nros. 27.210 y 27.372. Así también
le compete asistir en las relaciones y acciones de cooperación
vinculadas a la Comunidad Académica en materia de la Jurisdicción.
Que la SUBSECRETARÍA DE ACCESO A LA JUSTICIA dependiente de la
SECRETARÍA DE JUSTICIA, tiene como misiones -entre otras- dirigir los
programas jurídicos, sociales y de atención comunitaria del Ministerio,
coordinar el diseño, planificación e implementación de políticas
públicas federales de acceso a la justicia e impulsar políticas de
acceso a la información, promoción y formación en derechos, coordinar
el desarrollo de acciones en materia de protección de derechos respecto
de los grupos en situación de vulnerabilidad y desarrollar indicadores
de acceso a la justicia en todo el País.
Que de acuerdo a lo establecido en la Decisión Administrativa N°
1838/20 y sus modificatorias, es responsabilidad primaria de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN Y FORTALECIMIENTO PARA EL ACCESO A LA
JUSTICIA, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE ACCESO A LA JUSTICIA de la
SECRETARÍA DE JUSTICIA, conducir e impulsar las actividades
relacionadas con los programas de asistencia legal comunitaria y otras
actividades tendientes a promover, facilitar y fortalecer el acceso a
la justicia de los/las ciudadanos/as.
Que a esos fines, entre sus acciones cuenta las de organizar, coordinar
y administrar los servicios a través de los cuales el Ministerio
promueve, facilita y fortalece el acceso a la justicia; coordinar la
puesta en ejecución de planes y programas de asistencia socio-legal
para promover el acceso a la justicia de la comunidad; organizar,
dirigir y coordinar los servicios brindados en los CENTROS DE ACCESO A
LA JUSTICIA (CAJ).
Que, por su parte, a la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON EL PODER
JUDICIAL dependiente de la SECRETARÍA DE JUSTICIA le corresponde
asistir en las relaciones y acciones de cooperación vinculadas a la
comunidad académica en materia de la Jurisdicción.
Que de acuerdo a lo establecido en la Decisión Administrativa N°
1838/20 y sus modificatorias, es responsabilidad primaria de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES CON LA COMUNIDAD ACADÉMICA Y LA
SOCIEDAD CIVIL dependiente de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON EL
PODER JUDICIAL desarrollar iniciativas que propicien las relaciones con
el sistema de educación superior, las organizaciones no gubernamentales
y los organismos públicos no estatales de los ámbitos académico y
profesional, y la comunidad académica y de la sociedad civil en
general, en el ámbito de su competencia.
Que, por conducto de la Resolución Ministerial RESOL-2021-1810-APN-MJ
se creó la “RED FEDERAL DE PATROCINIO JURÍDICO GRATUITO” quedando
conformada por el servicio de patrocinio jurídico gratuito prestado por
Universidades Nacionales, Colegios de Abogados de todo el País,
Organizaciones No Gubernamentales y Entidades de la Sociedad Civil,
para aquellas personas humanas que son derivadas para su atención por
los CENTROS DE ACCESO A LA JUSTICIA (CAJ) que funcionan en la órbita de
esta cartera, en el marco de relaciones convencionales que vinculan a
cada una de esas Entidades con este Ministerio.
Que, a fin de dejar reflejado el alcance que procura la Resolución
Ministerial RESOL-2021-1810-APN-MJ resulta propicio modificar los
artículos 2° y 5º de su texto, de tal modo que incluya en forma expresa
a todas las instituciones que forman parte del Sistema Universitario
Nacional.
Que, la LEY DE EDUCACIÓN SUPERIOR N° 24.521 dispone que el Sistema
Universitario Nacional está integrado por las universidades nacionales,
las universidades provinciales y privadas reconocidas por el Estado
nacional y los institutos universitarios estatales o privados
reconocidos.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de esta cartera ministerial ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
los artículos 4°, inciso b), apartado 9, y 22 de la Ley de Ministerios
N° 22.520 (T.O. 1992) y sus modificatorias.
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el artículo 2° de la Resolución Ministerial
RESOL-2021-1810-APN-MJ del 30 de noviembre de 2021 por el siguiente:
“ARTÍCULO 2.- Establécese que la “RED FEDERAL DE PATROCINIO JURÍDICO
GRATUITO” se integra con el servicio de patrocinio jurídico gratuito
que brindan las instituciones educativas que forman parte del Sistema
Universitario Nacional, los Colegios de Abogados de todo el País, las
Organizaciones No Gubernamentales y las Entidades de la Sociedad Civil,
para aquellas personas humanas que son derivadas para su atención por
los CENTROS DE ACCESO A LA JUSTICIA (CAJ) pertenecientes a esta
cartera. Ello, en el marco de una relación convencional que vincula a
dichas entidades con este Ministerio, el que determina las pautas para
la derivación de los casos y brinda sostén material.”
ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese el artículo 5° de la Resolución Ministerial RESOL-2021-1810-APN-MJ por el siguiente:
“ARTÍCULO 5.- Encomiéndase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES CON LA
COMUNIDAD ACADÉMICA Y LA SOCIEDAD CIVIL dependiente de la SUBSECRETARÍA
DE RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL de la SECRETARÍA DE JUSTICIA, la
tarea de convocar y promover la suscripción de Convenios con las
instituciones educativas que forman parte del Sistema Universitario
Nacional con el fin de integrar y consolidar la “RED FEDERAL DE
PATROCINIO JURÍDICO GRATUITO”, y estudiar el impacto de la iniciativa
en el ámbito académico atendiendo al carácter de la abogacía de
profesión regulada por el Estado.”
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Martín Ignacio Soria
e. 04/04/2023 N° 22061/23 v. 04/04/2023