MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Resolución 127/2023
RESOL-2023-127-APN-MAD
Ciudad de Buenos Aires, 04/04/2023
VISTO el Expediente N° EX-2020-25743833- -APN-DRI#MAD, la Licitación
Pública Nacional N°04/2021, el Contrato de Préstamo N° 3249/OC-AR,
firmado el 9 de diciembre de 2014, aprobado por el Decreto N°2186/2014,
las Políticas para la adquisición de Bienes y Obras financiadas por el
Banco Interamericano de Desarrollo GN-2349-9 y el Manual de
adquisiciones para ejecutores del Banco Interamericano de Desarrollo y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 2186 de fecha 19 de noviembre de 2014 se
aprobó el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 3249/OC-AR a celebrarse
entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO
(BID), por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO CINCUENTA
MILLONES (U$S 150.000.000), destinado a financiar parcialmente el
“Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos” y las
“Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiados por el
Banco Interamericano de Desarrollo” y las “Políticas para la Selección
y Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano
de Desarrollo”.
Que este MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE en el marco del
citado Préstamo BID N° 3249/OC-AR busca minimizar los riesgos
sanitarios dotando a los municipios de herramientas para ayudarlos a
fortalecer su gestión de RSU, mejorando la calidad de los servicios de
disposición final, recolección y transferencia, y facilitando el
incremento en los niveles de recuperación y reciclado.
Que a partir de la solicitud de asistencia llevada a cabo por el
Municipio de Luján, y entendiendo la complejidad que representa la
problemática existente, se llevó a cabo mediante el Programa de
Consultoría para la elaboración de Proyectos Ejecutivos de seis (6)
centros ambientales distribuidos en el Sur del territorio argentino
(GIRSU-A- 93-SBCC-CF), la elaboración del Proyecto que nos ocupa.
Que el objetivo general de la contratación que se propició consiste en
el saneamiento y clausura del basural existente y, a través de
tratamiento de los materiales en el Ecoparque Ambiental, reducir la
cantidad de residuos que se destinan a la disposición final.
Que en el marco del programa mencionado precedentemente, el Banco
Interamericano de Desarrollo (BID) con fecha 1° de julio de 2021 otorgó
la No Objeción al proyecto quedando la licitación enmarcada en el
mismo, y resultando de aplicación el procedimiento y condiciones de
licitación, obrantes en el pliego licitatorio.
Que por la Resolución N°RESOL-2021-263-APN-MAD se aprobó el Documento
de Licitación, el presupuesto estimado, se autorizó el llamado y su
respectiva publicación, y se designó a los miembros de la Comisión de
Evaluación Técnica.
Que por la Resolución N° RESOL-2021-375-APN-MAD se aprobó la
recomendación de adjudicación de la Comisión de Evaluación Técnica para
la Licitación Pública Nacional N°04/2021 mediante Informe de Evaluación
firmado el 29 de septiembre de 2021 (IF-2021-92578218-APN-DAFYPP#MAD)
para la CONTRATACIÓN DEL DISEÑO, CONSTRUCCIÓN, OPERACIÓN DEL CENTRO
AMBIENTAL LUJÁN Y SANEAMIENTO DE BCA GIRSU-A-122-LPN-O- , en el marco
del Préstamo BID 3249/OC-AR “Programa de Gestión Integral de Residuos
Sólidos Urbanos”, Sub-Programa I.
Que asimismo mediante la Resolución supra citada se adjudicó la
Licitación Pública Nacional N°04/2021 a la empresa EVA SA y se resolvió
elaborar el contrato correspondiente a la adjudicación mencionada.
Que dicho proceso de licitación y la contratación que se desprende del
mismo se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo al Contrato de
Préstamo N.° 3249/OC-AR, aprobado por el Decreto N.°2186/2014, las
Políticas para la adquisición de Bienes y Obras financiadas por el
Banco Interamericano de Desarrollo GN-2349-9 (marzo 2011) y el Manual
de adquisiciones para ejecutores del Banco Interamericano de Desarrollo.
Que en fecha 4 de octubre de 2022, EL CONTRATISTA presentó la Nota de
Pedido N°167 (IF-2022-124882044-APN-SCYMA#MAD) mediante la cual
solicitó modificar los términos de la contratación.
Que la propuesta de modificación contractual implica una modificación
superior al 15% del monto original, por lo que en aplicación de la
normativa imperante en el presente procedimiento -Políticas para la
adquisición de Bienes y Obras financiadas por el Banco Interamericano
de Desarrollo GN-2349-9- se solicitó la no objeción al Banco
Interamericano de Desarrollo (BID) mediante notas
N°NO-2022-109389182-APN-SCYMA#MAD y N°NO-2022-120127803-APN-SCYMA#MAD.
Que en ese marco el Organismo Financiador otorgó su No Objeción a la
modificación propuesta mediante la nota N° CSC/CAR-3121/2022
(IF-2022-121244606-APN-SCYMA#MAD) de fecha 9 de noviembre del 2022.
Que con fecha 27 de diciembre de 2022 se suscribió la Enmienda N° I al
Contrato “DISEÑO, CONSTRUCCIÓN,OPERACIÓN DEL CENTRO AMBIENTAL LUJÁN Y
SANEAMIENTO DE BCA” GIRSU-A-122-LPN-O entre este Ministerio y la
Contratista EVA S.A. (CONVE-2023-32478514-APN-DGPFEYCI#MAD).
Que por el Decreto N° 7 de fecha 10 de diciembre de 2019 se sustituyó
el artículo 1° de la Ley de Ministerios N°22.520 (T.O. Decreto 438/92),
dando origen al actual Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
Que de acuerdo al Punto 12 del Artículo 23 del citado Decreto, le
compete al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible “Entender en
la administración de programas de financiamiento internacional
dedicados a proyectos sobre medio ambiente, cambio climático y
preservación ambiental”.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO Y
COOPERACIÓN INTERNACIONAL de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE ha tomado la
intervención de su competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SOSTENIBLE ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el Decreto N. ° 7 de fecha 10 de diciembre de 2019,
modificatorio de la Ley de Ministerios N. ° 22.520 (T.O. Decreto
438/92).
Por ello,
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Apruébase lo actuado en el marco de la suscripción de la
Enmienda I (CONVE-2023-32478514-APN-DGPFEYCI#MAD) al Contrato “DISEÑO,
CONSTRUCCIÓN, OPERACIÓN DEL CENTRO AMBIENTAL LUJÁN Y SANEAMIENTO DE
BCA” GIRSU-A-122-LPN-O (INLEG-2023-32476847-APN-DGPFEYCI#MAD), que como
Anexos integran la presente medida, en el marco del Programa de Gestión
Integral de Residuos Sólidos Urbanos (GIRSU) financiado parcialmente
con recursos provenientes del Contrato de Préstamo N° 3249/OC-AR,
aprobado mediante Decreto N°2186/14.
ARTÍCULO 2°: Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Juan Cabandie
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 10/04/2023 N° 23090/23 v. 10/04/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)