SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
Decisión Administrativa 291/2023
DECAD-2023-291-APN-JGM - Cobertura de cargos.
Ciudad de Buenos Aires, 10/04/2023
VISTO el Expediente N° EX-2022-94636125-APN-DGTYA#SENASA, la Ley N°
27.701 y el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios,
y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.701 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023.
Que por el artículo 7° de la precitada ley se estableció que las
jurisdicciones y entidades de la Administración Nacional no podrán
cubrir los cargos vacantes existentes a la fecha de la entrada en
vigencia de la misma ni los que se produzcan con posterioridad, sin la
previa autorización del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que habiéndose sustanciado en el citado Servicio Nacional los
correspondientes procesos de selección de personal, y con el fin de
proceder a la designación de quienes acreditaron las competencias para
acceder a los cargos, resulta imprescindible asignar y descongelar los
mismos, que se encuentran consignados en el Anexo I que forma parte
integrante de la presente medida.
Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la OFICINA
NACIONAL DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE
ECONOMÍA han tomado la intervención que les compete.
Que los servicios jurídicos permanentes han tomado la intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por los artículos 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL y 7° de la Ley N° 27.701.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Asígnase y exceptúase al SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado actuante en la
órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA, de lo dispuesto en el artículo 7° de la Ley N°
27.701, al solo efecto de posibilitar la cobertura de DOSCIENTOS
VEINTISIETE (227) cargos vacantes y financiados, de acuerdo con el
detalle obrante en el ANEXO I (IF-2023-22432863-APN-DRRHH#SENASA), que
forma parte integrante de la presente medida, comprendidos en el
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), homologado por
el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, con el
fin de proceder a la designación de personal en su planta permanente,
atento los procesos de selección oportunamente sustanciados.
ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande la implementación de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas del presupuesto vigente
del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA),
organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
ARTÍCULO 3°.- Establécese que la Presidenta del citado Servicio
Nacional será la autoridad competente responsable de la implementación
y del cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes.
ARTÍCULO 4°.- La presente decisión administrativa entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Agustín Oscar Rossi - Sergio Tomás Massa
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se
publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 11/04/2023 N° 23752/23 v. 11/04/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)