INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución 423/2023
RESOL-2023-423-APN-INCAA#MC
Ciudad de Buenos Aires, 10/04/2023
VISTO el EX-2023-22907436-APN-GA#INCAA del Registro del INSTITUTO
NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y
sus modificatorias, los Decretos N° 1536 de fecha 20 de agosto de 2002
y N° 178 de fecha 3 de abril de 2023, y;
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1° de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus
modificatorias, establece que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES
AUDIOVISUALES (INCAA) tendrá a su cargo el fomento y regulación de la
actividad cinematográfica en todo el territorio de la República y en el
exterior en cuanto se refiere a la cinematografía nacional, de acuerdo
a las disposiciones de esa ley.
Que el artículo 2° de la citada ley en su inciso b) atribuye al
INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES la función de
acrecentar la difusión de la cinematografía argentina.
Que el INCAA anuncia el lanzamiento de su nuevo CATÁLOGO AUDIOVISUAL
ARGENTINO, un instrumento que permite acceder a la información sobre
las producciones nacionales desde cualquier parte del mundo y en un
solo lugar.
Que el CATÁLOGO AUDIOVISUAL ARGENTINO tendrá como objetivo agrupar el
acervo nacional de manera digital en un solo lugar, constituyéndose en
una herramienta que permite acceder a la información sobre las
producciones nacionales desde cualquier parte del mundo y en un solo
lugar.
Que el CATÁLOGO AUDIOVISUAL ARGENTINO constituye una herramienta
interactiva que permitirá una búsqueda ágil a partir de diversas
entradas y filtros: películas, directoras y directores, género y
subgéneros, metraje y año, además de brindar datos técnicos acerca de
las producciones audiovisuales, su participación en festivales y
premios, trailers, y un directorio biográfico de cineastas de la
Argentina.
Que el formato digital nativo del CATÁLOGO permitirá la incorporación
de la información sobre nuevas producciones audiovisuales en tiempo
real, así como la progresiva incorporación de la información sobre
producciones correspondientes a periodos anteriores que no estuvieran
contenidas.
Que la consolidación de este proyecto posibilita el acceso universal y
la circulación de información precisa sobre nuestra industria
audiovisual, ofreciendo un espacio de acceso y consulta para los
equipos de trabajo de festivales de cine, compañías productoras,
distribuidoras y exhibidores, investigadores, estudiantes y público
general.
Que la SUBGERENCIA ADMINISTRATIVA INTERNACIONAL E INSTITUCIONAL, la
GERENCIA DE ASUNTOS INTERNACIONALES E INSTITUCIONALES, la GERENCIA DE
ASUNTOS JURÍDICOS y la GERENCIA GENERAL han tomado intervención al
respecto.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y modificatorias y el Decreto N°
178/2023.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el “CATÁLOGO AUDIOVISUAL ARGENTINO”, como
herramienta unificadora del acervo y difusión de la producción
audiovisual argentina.
ARTÍCULO 2°.- Instruir a la GERENCIA DE ASUNTOS INTERNACIONALES E
INSTITUCIONALES para garantizar la actualización y operatividad del
mencionado CATÁLOGO, así como el debido control de la información
presentada por los realizadores audiovisuales en cada caso.
ARTÍCULO 3°.- A los efectos de contar con los procesos y procedimientos
necesarios para la incorporación de las producciones nacionales que
formarán parte integrante del mencionado CATÁLOGO, instrúyase a la
SUBGERENCIA DE GESTIÓN EN LÍNEA, SISTEMAS E INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA
del Organismo a disponer de los medios necesarios para tales fines.
ARTÍCULO 4°.- Instruir a la SUBGERENCIA DE GESTIÓN EN LÍNEA, SISTEMAS E
INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA del Organismo para establecer los
mecanismos necesarios para contar con los medios a fin de garantizar
tanto el funcionamiento y mantenimiento informático del CATALOGO
mencionado, como así también los dominios necesarios.
ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese.
Nicolas Daniel Batlle
e. 12/04/2023 N° 23843/23 v. 12/04/2023