SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN
SINTESIS: RESOL-2023-178-APN-SSN#MEC
Fecha: 10/04/2023
Visto el EX-2018-19102520-APN-GA#SSN ...Y
CONSIDERANDO... LA SUPERINTENDENTA DE SEGUROS DE LA NACIÓN RESUELVE:
Sustitúyase el texto del artículo 4º de la Resolución SSN Nº 38.332 de
fecha 25 de abril de 2014 por el siguiente: “Establécese que la
expedición del primer ejemplar de la CIPAS será gratuita. En el
supuesto de robo, hurto o extravío de la CIPAS, el Productor Asesor de
Seguros deberá formular la denuncia ante la autoridad policial dentro
de las VEINTICUATRO (24) horas de ocurrido el hecho, debiendo
acreditarse tal circunstancia ante el Ente Cooperador Ley Nº 22.400
dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas siguientes. El costo de
emisión del segundo ejemplar será de PESOS UN MIL TRESCIENTOS ($
1.300,00), el del tercero será de PESOS DOS MIL ($ 2.000,00) y el del
cuarto de PESOS DOS MIL SEISCIENTOS ($ 2.600,00).”.
Fdo. Mirta Adriana GUIDA – Superintendenta de Seguros de la Nación.
NOTA: La versión completa de la presente Resolución puede ser
consultada en www.argentina.gob.ar/superintendencia-de-seguros o
personalmente en Avda. Julio A. Roca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires.
Ramon Luis Conde, A cargo de Despacho, Gerencia Administrativa.
e. 12/04/2023 N° 23947/23 v. 12/04/2023