SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN
Resolución 214/2023
RESOL-2023-214-APN-SIGEN
Ciudad de Buenos Aires, 05/04/2023
VISTO la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control
del Sector Público Nacional N° 24.156, la Resolución SIGEN N° 297 del
31 de diciembre de 2020 y sus modificatorias, y el Expediente N°
EX-2020-89032451-APN-SIGEN, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución SIGEN N° 297/2020 y sus modificatorias, se
aprobó la estructura organizativa de la SINDICATURA GENERAL DE LA
NACIÓN, y las responsabilidades primarias y acciones de las diferentes
unidades organizacionales.
Que en atención a razones de índole operativa y a fin de lograr una
mayor eficiencia en los mecanismos de comunicación institucional del
Organismo, deviene necesaria la creación de la Coordinación General de
Enlace Institucional, dependiente del Síndico General de la Nación.
Que ello así, resulta necesario suprimir la Coordinación de
Departamento de Ceremonial y Protocolo de la Gerencia de Relaciones
Institucionales, en tanto que las funciones de la citada Coordinación
de Departamento han quedado subsumidas por la Coordinación General de
Enlace Institucional.
Que en consecuencia, resulta procedente adecuar los Anexos Ia, Ib
-correspondientes al Organigrama- y II -correspondiente a las
Responsabilidades Primarias y Acciones- de la Resolución SIGEN N°
297/2020.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar la presente medida en virtud
de lo dispuesto por el artículo 112, inciso b) de la Ley N° 24.156.
Por ello,
EL SÍNDICO GENERAL DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyanse los Anexos Ia, Ib correspondientes al
Organigrama (IF-2022-91667404-APN-SNI#SIGEN) y II correspondiente a las
Responsabilidades Primarias y Acciones (IF-2022-
91508755-APN-SNI#SIGEN) de la Resolución SIGEN N° 297/2020 y sus
modificatorias, por los Anexos Ia, Ib
(IF-2023-35649866-APN-GPYDN#SIGEN) y II
(IF-2023-35650885-APN-GPYDN#SIGEN), que forman parte integrante de la
presente.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución tendrá vigencia a partir del día de la fecha.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Carlos Antonio Montero
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en:
ANEXO I:
https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/2018/11/if-2023-35649866-apn-gpydnsigen.pdf
ANEXO II:
https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/2018/11/if-2023-35650885-apn-gpydnsigen.pdf
e. 13/04/2023 N° 24156/23 v. 13/04/2023