MINISTERIO DE ECONOMÍA
SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO
Resolución 169/2023
RESOL-2023-169-APN-SIYDP#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 25/04/2023
VISTO el Expediente N° EX-2022-36007945-APN-DGD#MDP, las Leyes Nros.
24.467 y 25.300 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 11 de fecha 7
de enero de 2014, 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, la Resolución N° 32 de fecha 11 de mayo de 2022 de la
ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del
ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, el Contrato de Préstamo BID Nº
2923/OC-AR suscripto por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) y
la REPÚBLICA ARGENTINA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 11 de fecha 7 de enero de 2014, se aprobó el
Modelo de Contrato de Préstamo BID AR-L1145, celebrado entre la
REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), por
un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES CINCUENTA MILLONES (U$S
50.000.000), destinado a financiar parcialmente el “Programa de Apoyo a
la Competitividad para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyME)”,
el que fuera suscripto bajo la denominación Contrato de Préstamo BID Nº
2923/OC-AR por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) y la
REPÚBLICA ARGENTINA, con fecha 26 de marzo de 2014.
Que por el Artículo 4º del citado decreto, la ex SECRETARÍA DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE
INDUSTRIA fue designada como Organismo Ejecutor del PROGRAMA DE APOYO A
LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME).
Que mediante el Decreto N° 451 de fecha 3 de agosto de 2022, se
modificó la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N°
438/92), y se estableció que el MINISTERIO DE ECONOMÍA es continuador a
todos sus efectos del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, debiendo
considerarse modificado por tal denominación cada vez que se hace
referencia a la cartera ministerial citada en segundo término.
Que por el Decreto N° 480 de fecha 10 de agosto de 2022, modificatorio
del Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, se sustituyó el Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría,
estableciendo entre los objetivos de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y
DESARROLLO PRODUCTIVO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, el de entender en la
elaboración, propuesta y definición de políticas públicas y estudios
dirigidos a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES) y los
Emprendedores y planificar y ejecutar políticas tendientes a fomentar
el espíritu emprendedor, promoviendo entre otras la creación,
desarrollo y consolidación de empresas nacionales y de aceleradoras y
vehículos para el desarrollo del capital emprendedor.
Que, de conformidad a lo establecido mediante Nota
NO-2022-99844134-APN-SIYDP#MEC de fecha 20 de septiembre de 2022 de la
SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO del MINISTERIO DE
ECONOMÍA, se estableció que el Organismo Ejecutor del Programa de Apoyo
a la Competitividad para Micro, Pequeña y Mediana Empresa – Contrato de
Préstamo BID 2923/OC-AR será la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO
PRODUCTIVO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, a través de la SUBSECRETARÍA DE
LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA y la Dirección General de Programas y
Proyectos Sectoriales y Especiales de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN
ADMINISTRATIVA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO de la mencionada
Secretaría.
Que a través de la Resolución Nº 1.212 de fecha 1° de octubre de 2014
de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO
REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA se aprobó el Reglamento
Operativo del PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO,
PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME), a los efectos de implementar su
ejecución y de conformidad con lo establecido en el “Apartado a) de la
Cláusula 3.02 Condiciones previas al primer desembolso del Capítulo III
– Desembolsos” del Contrato de Préstamo BID Nº 2.923/OC-AR, sustituido
mediante la Resolución N° 32 de fecha 11 de mayo de 2022 de la ex
SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del ex
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.
Que mediante la Nota NO-2023-29335172-APN-SAEYFI#MEC, la SECRETARÍA DE
ASUNTOS ECONÓMICOS Y FINANCIEROS INTERNACIONALES del MINISTERIO DE
ECONOMÍA, en el marco de la Comunicación BCRA “A” 7667, solicitó la
apertura de “Cuentas Especiales para Exportadores” y la adecuación de
los reglamentos operativos a tal fin, para los organismos ejecutores de
préstamos con financiamiento externo.
Que por su parte, mediante Nota NO-2023-34425948-APN-DGPYPSYE#MDP de
fecha 29 de marzo de 2023, la Dirección General de Programas y
Proyectos Sectoriales y Especiales de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y
DESARROLLO PRODUCTIVO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, en el marco de las
funciones que le son propias, en virtud de lo previsto por el Decreto
N° 945 de fecha 17 de noviembre de 2017, remitió al BANCO
INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), la solicitud de No Objeción para la
propuesta de modificación al Reglamento Operativo del Programa en razón
de lo solicitado por la SECRETARÍA DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y FINANCIEROS
INTERNACIONALES.
Que la nueva versión del Reglamento Operativo del Programa cuenta con
la No Objeción del BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) conforme la
Nota CSC/CAR-786/2023, de fecha 30 de marzo de 2023, obrante en el
expediente de la referencia como IF-2023-46444177-APN-SSPYME#MEC.
Que ha tomado intervención el servicio jurídico competente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por los Decretos Nros. 1.518/14 y 50/19 y sus modificatorios.
Por ello,
EL SECRETARIO DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el Reglamento Operativo del “PROGRAMA DE
APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
(MiPyME)”, el cual fue aprobado mediante la Resolución Nº 1.212 de
fecha 1° de octubre de 2014 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA,
sustituido mediante la Resolución N° 32 de fecha 11 de mayo de 2022 de
la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES
del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, por el nuevo Reglamento
Operativo que como Anexo (IF-2023-46561100-APN-SSPYME#MEC), forma parte
integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese.
Jose Ignacio De Mendiguren
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 27/04/2023 N° 29510/23 v. 27/04/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)