MINISTERIO DE SALUD
Resolución 914/2023
RESOL-2023-914-APN-MS
Ciudad de Buenos Aires, 09/05/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-28730438-APN-DNCSSYRS#MS, el Decreto N°
1759/72 (T.O. 2017) y la Resolución MS N° 897 de fecha 4 de mayo de
2023, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución MS N° 897 de fecha 4 de mayo de 2023, se
establecieron los nuevos aranceles modulares para los HOSPITALES
PÚBLICOS DE GESTIÓN DESCENTRALIZADA.
Que como surge de los considerandos de la resolución mencionada en el
párrafo anterior, correspondía la aplicación de un aumento del 93,77 %
a los aranceles vigentes, acorde el índice de actualización
seleccionado por el COMITÉ DEL RÉGIMEN DE HOSPITALES PÚBLICOS DE
GESTIÓN DESCENTRALIZADA y lo informado por la Dirección de Economía de
la Salud.
Que debido a un error material e involuntario en el ANEXO I de la
citada resolución se consignaron erróneamente los montos de los
aranceles modulares para los HOSPITALES PÚBLICOS DE GESTIÓN
DESCENTRALIZADA, los cuales no se ajustan al índice establecido.
Que el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos,
Decreto N° 1.759/72 T.O. 2017, establece que: (…) En cualquier momento
podrán rectificarse los errores materiales o de hecho y los
aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o
decisión (…).
Que, conforme a la norma transcripta, la rectificación procede de
oficio en cualquier momento y sin más trámite, para la subsanación de
errores materiales siempre que no se altere la sustancia del acto
administrativo, tal como se verifica en el presente.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD Y REGULACIÓN
SANITARIA ha propiciado la presente rectificación a efectos de enmendar
el error material e involuntario referido.
Que, atendiendo a las razones expuestas, corresponde sustituir el ANEXO
I (IF-2023-28774709-APNDMCYSP#MS), aprobado a través del Artículo 1° de
la Resolución MS N° 897 de fecha 4 de mayo de 2023, por un nuevo
documento (IF-2023-51248500-APN-SSCRYF#MS), con la finalidad de
corregir el defecto material y establecer los montos correctos de los
nuevos aranceles modulares para los HOSPITALES PÚBLICOS DE GESTIÓN
DESCENTRALIZADA.
Que la rectificación dispuesta no altera la substancia del acto administrativo que le sirve de antecedente.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se adopta en uso de las atribuciones contenidas
por la Ley de Ministerios N° 22.520, sus modificatorias y
complementarias, el Decreto N° 939/2000 y el artículo 101 del Decreto
N° 1759/72 (T.O. 2017).
Por ello,
LA MINISTRA DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. - Sustitúyase el artículo 1° de la Resolución MS N° 897 de
fecha 4 de mayo de 2023, el que quedará redactado de la siguiente
manera: “Apruébense los nuevos aranceles modulares para los HOSPITALES
PÚBLICOS DE GESTIÓN DESCENTRALIZADA que se detallan en el Anexo I
(IF-2023-51248500-APN-SSCRYF#MS), que forma parte de la presente
Resolución.”
ARTÍCULO 2°. - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Carla Vizzotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 10/05/2023 N° 33267/23 v. 10/05/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
ANEXO I - ACTA COMITÉ HPGD 10-2-23
* Nuevas prestaciones incorporadas 2023
Prácticas de Laboratorio ordenadas alfabéticamente con indicación de categoría
IF-2023-51248500-APN-SSCRYF#MS