MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución 280/2023
RESOL-2023-280-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 08/05/2023
VISTO el Expediente EX-2023-45044613- -APN-DNCJYMP#MSG, del Registro
del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta
M.J y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 de fecha 24 de junio de 2016, y sus
modificatorias, las Resoluciones del MINISTERIO DE SEGURIDAD Nº 828 del
27 de septiembre de 2019 y N° 549 de fecha 19 de agosto de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que, ante la FISCALIA DE INVESTIGACION N° 11, de la provincia del
Chaco, a cargo de la Doctora Noelia E. ENCINAS, tramita el Expediente
N° 47268/2021-1, caratulado “AGUIRRE, YANINA ARACELI S/ DENUNCIA”,
Expediente Policial N° 130/103-2665-E/2021.
Que, la titular del EQUIPO FISCAL N° 11, Doctora Noelia E. ENCINAS,
mediante oficio de fecha 03 de abril de 2023, solicitó a este
Ministerio, se ofrezca recompensa para aquellas personas que, sin haber
intervenido en los hechos delictuales, brinden datos útiles que
permitan dar con el paradero de Jemina Catalina AGUIRRE, titular del
D.N.I. N° 40.447.594, argentina, nacida el 08 de agosto de 1996, con
último domicilio conocido sito en Avenida 25 de Mayo Prolongación,
Barrio Santa Bárbara de la ciudad de Fontana provincia del Chaco.
Que, Jemina Catalina AGUIRRE, fue vista por última vez en fecha 02 de
diciembre de 2021, en el mencionado domicilio, y se encontraba
vistiendo buzo color gris con detalles color blanco marca “Puma”,
remera y short color negro y ojotas color verde.
Que, la mencionada AGUIRRE, es de contextura robusta, de 1,60 metros de
estatura, tez morena, cabello lacio largo color negro, ojos color
oscuro, como característica posee una cicatriz en su frente del lado
derecho y en su pierna izquierda, posee una dificultad para caminar
(renguera), como así también un tatuaje en su brazo derecho a la altura
del codo con una imagen de una “corona” y en su antebrazo derecho una
imagen de un “alacrán”.
Que, de las tareas investigativas realizadas, surge que la causante era
víctima de violencia de género por parte de su pareja, como también que
la ciudadana AGUIRRE ejercía la prostitución, lo que indicaría una
presunción como posible víctima de trata de personas.
Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538, establece que la autoridad de
aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL,
hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que, a través de la RESOL-2022-549-APN-MSG de fecha 19 de agosto de
2022 el “PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS
ORDENADA POR LA JUSTICIA pasó a denominarse “PROGRAMA NACIONAL DE
RECOMPENSAS”, el cual funciona dentro de la órbita de la DIRECCIÓN
NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS, dependiente de
la SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL Y COOPERACIÓN JUDICIAL de la
SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y POLÍTICA CRIMINAL de este Organismo.
Que, el artículo 1° del Anexo II de la RESOL-2019-828-APN-MSG,
establece los montos sobre los cuales se determinarán los ofrecimientos
de recompensa, y por su parte, el artículo 2º indica que los montos
podrán modificarse de acuerdo a la complejidad y gravedad del delito
cometido, según lo estime el titular de esta cartera ministerial.
Que, en atención a lo establecido en los artículos 1° y 2 del Anexo II
de la RESOL-2019-828-APN-MSG, resulta procedente el ofrecimiento de la
recompensa.
Que, han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA, y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de
este Ministerio.
Que, la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en
el artículo 4° inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (t.o.
1992) y modificatorias, en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538, y
de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº
445/16 y M.S. Nº 271/16 y sus modificatorias, y las Resoluciones del
Ministerio de Seguridad N° RESOL-2019-828-APN-MSG y
RESOL-2022-549-APN-MSG.
Por ello,
EL MINISTRO DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Ofrézcase como recompensa dentro del territorio de la
REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS DOS MILLONES ($2.000.000),
destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos
delictuales, brinden datos útiles que permitan lograr dar con el
paradero de Jemina Catalina AGUIRRE, titular del D.N.I. N° 40.447.594,
argentina, nacida el 08 de agosto de 1996, con último domicilio
conocido sito en Avenida 25 de Mayo Prolongación, Barrio Santa Bárbara
de la ciudad de Fontana provincia del Chaco, quien fue vista por última
vez en fecha 02 de diciembre de 2021.
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 221/2024
del Ministerio de Seguridad B.O. 9/4/2024 se dispone el incremento de
la recompensa oportunamente
ofrecida mediante la presente Resolución, a la suma total de PESOS TRES
MILLONES ($3.000.000), destinada a aquellas personas que, sin haber
intervenido en los hechos delictuales, brinden datos útiles que
permitan dar con el paradero de Jemina Catalina AGUIRRE, titular del
DNI N° 40.447.594, argentina, nacida el 08 de agosto de 1996, con
último domicilio conocido sito en Avenida 25 de Mayo Prolongación,
Barrio Santa Bárbara de la ciudad de Fontana provincia del Chaco, quien
fue vista por última vez en fecha 2 de diciembre de 2021. Vigencia: a
partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA.)
ARTÍCULO 2°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán
comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE RECOMPENSAS
dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y
MINISTERIOS PÚBLICOS de este Ministerio, al número telefónico de acceso
rápido 134.
ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este
Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera
de Estado, previo informe del representante de la autoridad
interviniente sobre el mérito de la información brindada preservando la
identidad del aportante.
ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN
INSTITUCIONAL de este Ministerio, la difusión de la presente en medios
gráficos de circulación nacional.
ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Federales de Seguridad la
difusión y publicación en todas sus formas del afiche que obra como
(IF-2023-45864277-APN-DRPJ#MSG), correspondiente a la recompensa
ofrecida, formando parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 6º.- La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Aníbal Domingo Fernández
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 10/05/2023 N° 33182/23 v. 10/05/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)