MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 456/2023

RESOL-2023-456-APN-MC

Ciudad de Buenos Aires, 26/04/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-28062998- -APN-DGD#MC, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, la Ley N° 25.197, el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que entre los objetivos asignados al MINISTERIO DE CULTURA por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias se encuentran los de: “Entender en la formulación y ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos de la jurisdicción destinadas a estimular y favorecer a las culturas en todas sus formas (...) Dirigir políticas de conservación, resguardo y acrecentamiento del Patrimonio Cultural de la Nación” (…) “Promover políticas de incentivo y desarrollo cultural de la Nación, propiciando la creación, la experimentación y la democratización del acceso a bienes culturales” y: “Ejecutar políticas públicas tendientes a reconocer y fortalecer la diversidad cultural, integrar las diferentes expresiones que conforman la identidad nacional, y ampliar la participación y organización popular…”

Que, asimismo, de conformidad con las disposiciones del Decreto N° 50/19 y sus modificatorios, la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL tiene como objetivos, entre otros: “Diseñar y gestionar políticas y acciones para la conservación, resguardo y acrecentamiento del Patrimonio Cultural de la Nación”, y: “Fomentar la divulgación del Patrimonio Cultural de la Nación y su acceso a través de la multiplicidad de vías existentes.”

Que, en tal aspecto, en virtud del artículo 2° del Ley N° 25.197, el patrimonio cultural argentino se compone del universo de “bienes culturales”, entendidos como “todos aquellos objetos, seres o sitios que constituyen la expresión o el testimonio de la creación humana y la evolución de la naturaleza y que tienen un valor arqueológico, histórico, artístico, científico o técnico excepcional”, entre los cuales se encuentran comprendidos “los documentos de archivos, incluidos (…) grabaciones sonoras y análogos”.

Que, así, resulta adecuado llevar adelante la convocatoria denominada “PAN: Panorama de Audioexperimentación Nacional”, consistente en el otorgamiento de becas para la realización de piezas radiofónicas originales e inéditas de investigación artística sobre las culturas sonoras e identidades acústicas de los municipios del conurbano bonaerense.

Que, tal iniciativa tiene como objetivos, entre otros, fortalecer la producción y circulación de nuevas músicas y formatos radiofónicos y difundir la investigación y producción artística para el medio radiofónico, contribuyendo en la creación y difusión de piezas radiofónicas sobre las culturas sonoras e identidades acústicas del conurbano bonaerense.

Que, a los efectos de facilitar la implementación de la Convocatoria, la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN PATRIMONIAL dependiente de la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL será la autoridad de aplicación e interpretación de sus Bases y Condiciones, encontrándose facultada para dictar las normas de carácter operativo o interpretativo que resulten necesarias.

Que el gasto que demande la presente será imputado con cargo a las partidas presupuestarias asignadas al Ejercicio 2023, conforme la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, distribuido por la Decisión Administrativa N° 4/23 (DECAD-2023-4-APN-JGM).

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y facultades otorgadas mediante la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias y las facultades conferidas por el artículo 1°, inciso g) del Decreto N° 101/85 y sus modificatorios y Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios.

Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar la Convocatoria “PAN: Panorama de Audioexperimentación Nacional”, conforme a las Bases y Condiciones que, como ANEXO I (IF-2023-35802181-APN-DNGP#MC), forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Destinar la suma de PESOS UN MILLÓN OCHOCIENTOS MIL ($1.800.000.-), a la atención de NUEVE (9) Becas de PESOS DOSCIENTOS MIL ($200.000.-) cada una.

ARTÍCULO 3°.- Establecer como fecha de apertura de la Convocatoria aprobada por el artículo 1°, el segundo día hábil siguiente a la publicación del presente acto en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 4°.- La DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN PATRIMONIAL de la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL será la autoridad de aplicación e interpretación de las bases y condiciones de la Convocatoria “PAN: Panorama de Audioexperimentación Nacional” aprobada por el artículo 1°, encontrándose facultada para dictar las normas de carácter operativo o interpretativo que resulten necesarias para su implementación con intervención, cuando corresponda, de las áreas técnicas dependientes de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.

ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente medida se atenderá con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes a la JURISDICCIÓN 72 - MINISTERIO DE CULTURA.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.

Tristán Bauer

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 24/05/2023 N° 38239/23 v. 24/05/2023

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)


CONVOCATORIA - PAN: Panorama de Audioexperimentación Nacional

SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL del MINISTERIO DE CULTURA.

El MINISTERIO DE CULTURA, a través de la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL, promueve la convocatoria denominada “PAN: Panorama de Audioexperimentación Nacional” por iniciativa del CENTRO DE ARTE SONORO, como un estímulo destinado a artistas, músicos/as/ques, creadoras/es y aficionados/as/es al sonido del conurbano, conforme el alcance establecido en las presentes Bases y Condiciones.

El referido concurso tiene como objetivos:

a) Fomentar la creación, grabación y difusión de materiales sonoros experimentales enfocados en las propias regiones de los/as/es participantes o aplicantes.

b) Fortalecer la producción y circulación de nuevas músicas y formatos radiofónicos.

c) Difundir la investigación y producción artística para el medio radiofónico y contribuir en la creación y difusión de piezas radiofónicas sobre las culturas sonoras e identidades acústicas del conurbano bonaerense, realizadas por artistas, investigadores/as y colectivos residentes en dichos territorios.

d) Estimular la creación artística, promover la reflexión crítica y la actualización de perspectivas estéticas y/o de investigación, mediante diferentes formas y lenguajes, así como abrir nuevos campos y enfoques de análisis y reflexión sobre colecciones y objetos pertenecientes a instituciones culturales municipales, comunitarias y/o privadas.

Se seleccionarán NUEVE (9) postulantes a los cuales se les otorgará sendas becas de PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000.-) cada uno, destinadas a fomentar la realización de sus proyectos, totalizando una suma de PESOS UN MILLÓN OCHOCIENTOS MIL ($ 1.800.000.-). A su vez, cada beneficiario/a/e recibirá la posibilidad de participar en una tutoría artística y/o técnica de formación en arte radiofónico. Las piezas resultantes serán transmitidas en vivo en Radio CASo y serán accesibles a través del sitio web del Centro de Arte Sonoro (centrodeartesonoro.cultura.gob.ar). Las obras radiofónicas finalizadas serán transmitidas a través de emisiones especiales de Radio CASo y estarán disponibles en la web del CENTRO DE ARTE SONORO de manera permanente.

Las becas estarán dirigidas a postulantes de zona sur del Gran Buenos Aires, compuesta por los partidos de Almirante Brown, Avellaneda, Berazategui, Esteban Echeverría, Ezeiza, Florencio Varela, Lanús, Lomas de Zamora y Quilmes; la zona oeste, compuesta por los partidos de Hurlingham, Ituzaingó, José C. Paz, La Matanza, Merlo, Moreno y Morón y/o la zona norte, compuesta por los partidos de General San Martín, Malvinas Argentinas, San Fernando, San Isidro, San Miguel, Tigre, Tres de Febrero y Vicente López.

La DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN PATRIMONIAL dependiente de la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL del MINISTERIO DE CULTURA será la autoridad de aplicación e interpretación de las presentes Bases y Condiciones.

1. Apertura y cierre de la convocatoria.

Las propuestas se podrán presentar desde el segundo día hábil siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la resolución que aprueba estas Bases y Condiciones, y hasta TREINTA (30) días corridos después.

La DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN PATRIMONIAL de la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL del MINISTERIO DE CULTURA podrá prorrogar hasta TREINTA (30) días corridos la fecha límite para la recepción de las postulaciones, debiendo anunciarlo públicamente a través del sitio web del MINISTERIO DE CULTURA, con una antelación no menor a TRES (3) días y mediante su publicación en el Boletín Oficial.

(Nota Infoleg: por Circular Nº 2/2023 de la Dirección Nacional de Gestión Patrimonial B.O. 27/6/2023 se prorroga desde su vencimiento y hasta el 14 de julio de 2023, el plazo para la presentación de propuestas para la Convocatoria “PAN: Panorama de Audioexperimentación Nacional”, aprobada por el artículo 1° de la presente Resolución.)

2. Postulantes.

Las postulaciones podrán ser individuales o colectivas, debiendo designarse en este último caso a un/a/e responsable de la presentación y como eventual receptor de la beca. Para postularse a la presente convocatoria cada participante deberá cumplir con los siguientes requisitos:

a) Ser persona humana, argentina nativa o con residencia permanente en el país. Ser mayor de DIECIOCHO (18) años. Dichas personas aceptan en carácter de declaración jurada al momento de la inscripción ser autor o autora de la obra que presente.

b) Haber nacido y/o residir en alguno de los VEINTICUATRO (24) municipios del conurbano bonaerense: Almirante Brown, Avellaneda, Berazategui, Esteban Echeverría, Ezeiza, Florencio Varela, Hurlingham, Ituzaingó, José C. Paz, La Matanza, Lanús, Lomas de Zamora, Malvinas Argentinas, Merlo, Moreno, Morón, Quilmes, San Fernando, San Isidro, San Martín, San Miguel, Tigre, Tres de Febrero y Vicente López.

c) En el caso de postulaciones colectivas, deberá adjuntarse una carta firmada por todos los/las/les integrantes del equipo designando a la persona presentante como responsable administrativo/a/e de la postulación.

d) No podrán postularse personas que se encuentren prestando servicios en el MINISTERIO DE CULTURA bajo cualquiera de las modalidades de contratación, ni aquellas personas que tengan relación de parentesco hasta el segundo (2°) grado consanguíneo y/o de afinidad con estos últimos.

3. Características de los proyectos.

Mediante la presente convocatoria se seleccionará NUEVE (9) piezas radiofónicas originales e inéditas de investigación artística sobre las culturas sonoras e identidades acústicas de los municipios del conurbano bonaerense. Adaptándose a las particularidades de cada territorio, la temática del concurso es abierta. De este modo, las aplicaciones podrán abordar diversos fenómenos sonoros, poniendo el foco en su impacto cultural. Algunos enfoques posibles podrían ser: el sondeo de escenas musicales locales, la reflexión sobre la acústica urbana, la identificación de costumbres sonoras particulares de cada barrio, la exploración creativa de archivos o la compilación de nuevos patrimonios audibles.

Cada participante o aplicante deberá definir en su aplicación la temática y metodología que llevará adelante en su propuesta. El trabajo resultante debe tomar el formato final de podcast de entre UNO (1) y CUATRO (4) episodios de UNA (1) hora de duración cada uno, los cuales deben entregarse en archivos .wav stereo.

El tiempo estimado para el desarrollo del proyecto será de entre DOS (2) a TRES (3) meses contados a partir del momento en que se notifique la adjudicación de la beca, a quienes resulten ganadores/as. La producción de los episodios deberá desarrollarse y entregarse a Radio CASo antes de finalizar el año 2023.

Los/las/les beneficiarios/as/es podrán ser convocados/as/es por la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL del MINISTERIO DE CULTURA una vez finalizados los proyectos, para la realización —a título de colaboración— de actividades de transferencia tales como charlas, muestras y participación en jornadas o ciclos de conferencias, entre otras, organizadas por dicha Secretaría.

4. Requisitos para la inscripción.

Para postularse a la presente convocatoria los/las/les interesados/as/es deberán cumplir con los siguientes requisitos:

a) La pieza radiofónica deberá tener una duración de UNO (1) a CUATRO (4) episodios de UNA (1) hora cada uno.

b) Podrán presentarse grupos de trabajo o proyectos individuales.

c) Cada postulante podrá participar con una única propuesta. Si bien se promueve la creación y autoría colectiva, la representación a esta convocatoria deberá ser ejercida por una sola persona, la cual será responsable por el proyecto, a todos los efectos de la convocatoria.

d) Las piezas deberán ser originales e inéditas. No se admitirán obras que se encuentren pendientes de publicación; que hayan sido premiadas en otros concursos o que se enuentren sujetas a derechos pertenecientes a terceras personas.

e) Al momento de enviar su propuesta, cada postulante deberá incluir también la siguiente información:

i) Curriculum vitae.

ii) Título de la propuesta.

iii) Descripción breve.

iv) Justificación.

v) Desarrollo y plan de trabajo.

vi) Descripción por episodio.

vii) Ejemplos de trabajos previos (links a plataformas de reproducción de archivos de audio).

5. Formularios y presentación de los proyectos.

Las postulaciones se recibirán exclusivamente a través de la plataforma del REGISTRO FEDERAL DE CULTURA creado por Resolución M.C N° 130/2021: https://somos.cultura.gob.ar/

Allí se debe completar el formulario de inscripción digital que consta como ANEXO A de las presentes Bases y Condiciones, además de adjuntar la documentación requerida en él.

Todos los datos que las/los/les postulantes incluyan en el REGISTRO FEDERAL DE CULTURA como en el formulario de inscripción al concurso tienen carácter de declaración jurada y formarán parte de la presente convocatoria. Se tendrán por válidas todas las notificaciones que se efectúen a través de la plataforma de inscripción y al correo electrónico declarado por el/la/le postulante en el REGISTRO FEDERAL DE CULTURA, siendo responsabilidad de cada usuario/a/e, mantenerlo actualizado para recibir las comunicaciones posteriores al cierre de la convocatoria.

Para poder postularse, los/las/les interesados/as/es deberán contar con una cuenta o crear una, para lo cual deberán completar la información básica solicitada por el REGISTRO FEDERAL DE CULTURA. Una vez habilitada la cuenta, podrán ingresar al Registro y realizar la inscripción a la convocatoria ingresando al link “Convocatorias Abiertas” y seleccionando allí la opción “CONVOCATORIA - PAN: Panorama de Audioexperimentación Nacional”.

En el proceso de inscripción on line, se deberá completar y/o adjuntar la siguiente documentación:

• Formulario de inscripción digital (siguiendo las pautas especificadas en los ANEXOS A y B de estas Bases y Condiciones).

• Será obligatorio adjuntar la copia digital del D.N.I. del/la/le postulante.

• Carta de autorización de coautorías para proyectos colectivos (según el modelo del ANEXO C), si correspondiere.

Las consultas sobre el REGISTRO FEDERAL DE CULTURA deberán enviarse por correo electrónico a la siguiente dirección: consultas.rfc@cultura.gob.ar

Para consultas sobre aspectos específicos del ingreso de datos en el formulario, deberá dirigirse por correo electrónico a la siguiente dirección: centrodeartesonoro@cultura.gob.ar

6. Evaluación de las propuestas.

Luego de la verificación inicial del cumplimiento de los requisitos mínimos de índole general que configuran los criterios de admisión, las postulaciones que sean presentadas en la presente Convocatoria ingresarán a un proceso de evaluación que se encontrará a cargo de una Comisión Evaluadora designada mediante acta suscripta por la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN PATRIMONIAL de la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL del MINISTERIO DE CULTURA, que estará integrada por TRES (3) miembros, de los cuales DOS (2) serán autoridades y/o agentes de la órbita de la mencionada Secretaría y UNO (1) o UNA (1) no tendrán vinculación con ninguna repartición del citado Ministerio.

La Comisión Evaluadora establecerá un orden de mérito en relación con los criterios de evaluación y selección establecidos para esta convocatoria. Luego de que ella seleccione las mejores NUEVE (9) propuestas de trabajo, las CINCO (5) propuestas de trabajo siguientes revestirán la condición de suplentes, pudiendo acceder al beneficio de la beca en el caso que los/as/es participantes seleccionados inicialmente estén impedidos de percibir dicho beneficio o renuncien al mismo.

7. Criterios de evaluación.

Serán considerados los siguientes criterios para la evaluación de los proyectos presentados:

- Originalidad y relevancia de la propuesta.

- Coherencia entre la justificación y la propuesta presentada.

- Pertinencia de la propuesta en el marco de la convocatoria.

- Factibilidad del cronograma.

- Recorrido en el campo de la audioexperimentación del/la/le postulante.

8. Selección de los/las/les beneficiarios/as/es.

La selección se hará de acuerdo a las pautas indicadas en los puntos 6 y 7.

Las decisiones de la Comisión Evaluadora serán irrecurribles.

La adjudicación de la becas será notificada a los correos electrónicos declarados por los/las/les postulantes en el REGISTRO FEDERAL DE CULTURA, y serán además publicadas en la página web del MINISTERIO DE CULTURA (www.cultura.gob.ar).

9. Documentación adicional.

Dentro de los DIEZ (10) días hábiles de notificada la adjudicación de las becas, los/las/les ganadores del concurso deberán presentar:

a) Nota de aceptación de la beca.

b) Alta Beneficiario, obtenida en el Padrón Único de Entes del SISTEMA DE INFORMACIÓN FINANCIERA que administra el MINISTERIO DE ECONOMÍA, de conformidad con lo dispuesto por las Disposiciones Nros. 40 de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN y 19 de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN de fecha 8 de julio de 2010 (https://www.economia.gob.ar).

c) Constancia de CBU de una cuenta habilitada a su nombre en una entidad bancaria de la REPÚBLICA ARGENTINA, de acuerdo a los requisitos de la Disposición N° 40/2010 de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN.

d) Constancia de inscripción ante AFIP, en caso de corresponder.

10. Difusión de los/las/les ganadores/as y uso de los resultados

La SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL del MINISTERIO DE CULTURA se reserva los derechos de publicación, reproducción, utilización y/o exposición en todos sus formatos de los resultados obtenidos en el marco de la presente convocatoria.

En tal aspecto, por el hecho de participar con sus obras en el presente certamen, los/las/les postulantes prestan su conformidad y autorizan, en caso de resultar premiados, para que se difunda con fines culturales, su nombre, apellido, D.N.I., lugar de residencia, título de la obra y de ser necesario una breve sinopsis de la misma, en el modo, lugar, formato, soporte y/o cualquier medio que determine el MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN y/o CENTRO DE ARTE SONORO o instituciones autorizadas por éstos; por tiempo indefinido, evitando toda utilización que persiga fines comerciales. El MINISTERIO DE CULTURA no asume el compromiso de publicar las obras postuladas y/o ganadoras.

Para el caso de que los/las/les adjudicatarios de las becas decidieran publicar sus obras con posterioridad, ellos/ellas se comprometen a consignar en las respectivas publicaciones la siguiente leyenda o una leyenda similar: “Esta obra fue fomentada mediante la CONVOCATORIA - PAN: Panorama de Audioexperimentación Nacional instituida por la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN”.

11. Propiedad intelectual

Los/las/les postulantes de las piezas premiadas conservarán el Derecho de Propiedad Intelectual de acuerdo a la Ley 11.723. El MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN y/o el CENTRO DE ARTE SONORO están autorizados por el/la/le autor/a/e de la obra premiada y conservan el derecho de realizar la difusión de la obra, sin límite temporal ni territorial, con la debida mención autoral, en los términos del artículo 9° de la citada Ley, sin que ello implique el derecho de pago de honorarios y/o importe alguno por cualquier concepto.

12. Titularidad de las obras.

La simple inscripción al presente certamen equivale a una declaración jurada de los/las/les participantes, de su carácter de autores/as legítimos/as de las obras postuladas. En caso de obras en colaboración o de autoría conjunta los/las/les postulantes deberán acreditar fehacientemente que cuentan con la autorización de todos los autores para presentar la obra y el derecho al cobro en caso de resultar ganador/a/e. Los/las/les postulantes garantizarán la indemnidad al MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN frente a eventuales reclamos que terceros pudieran articular.

13. Aceptación de las bases y condiciones.

El hecho de inscribirse y participar de la presente convocatoria implica la aceptación y conocimiento de todas sus cláusulas.

Toda la documentación relativa a la presentación de los proyectos por parte de los/as/es interesados/as/es tendrá carácter confidencial durante el proceso de evaluación, teniendo acceso a ellos solamente los/as/es artistas e investigadores/as, el personal autorizado, los/as/es evaluador/es/as y los miembros de la Comisión Evaluadora.

14. Incumplimiento de las Bases y Condiciones.

El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones previstas en las presentes Bases y Condiciones, dentro de los plazos indicados, dará lugar a la declaración de caducidad del beneficio acordado, en los términos del artículo 21 de la Ley Nacional de Procedimiento Administrativo N° 19.549 y al reintegro de lo recibido.

ANEXO A

El presente anexo contiene la información requerida en el formulario de inscripción on line. No es necesario adjuntarlo al formulario; su inclusión en las bases y condiciones se encuentra exclusivamente destinada a orientar a los/las/les interesados/as/es sobre la información que necesitarán para inscribirse en la convocatoria.

Formulario de inscripción digital

CONVOCATORIA - PAN: Panorama de Audioexperimentación Nacional

Datos personales (adicionales a los solicitados por el Registro Federal de Cultura).

• Domicilio: ………………………………………………………

• Nombres de los/las/les integrantes del proyecto (en el caso de tratarse de una presentación grupal):………………………………………………………

Currículum vitae.

En cada uno de los campos, consignar los CINCO (5) datos o experiencias más relevantes (en caso de tratarse de presentaciones grupales, se deberán completar los campos eligiendo entre los antecedentes de todos los miembros del grupo y aclarando a cuál de todos ellos/as/es pertenece).

• Estudios realizados (hasta 500 caracteres por campo).

o 1

o 2

o 3

o 4

o 5

• Antecedentes de formación tales como cursos, capacitaciones, o clínicas, entre otras actividades (hasta 500 caracteres por campo).

o 1

o 2

o 3

o 4

o 5

• Antecedentes laborales pertinentes a la presentación (hasta 500 caracteres por campo).

o 1

o 2

o 3

o 4

o 5

• Premios/becas/reconocimientos (hasta 500 caracteres por campo).

o 1

o 2

o 3

o 4

o 5

• Ejemplos de trabajos previos (links a wav o mp3).

ANEXO B

El presente anexo contiene la información requerida en el formulario de inscripción on line. No es necesario adjuntar este anexo al formulario; su inclusión en las bases y condiciones se encuentra exclusivamente destinada a orientar a los/las/les interesados/as/es sobre la información que necesitarán para inscribirse en la convocatoria.

Formulario de presentación de propuesta de trabajo

CONVOCATORIA - PAN: Panorama de Audioexperimentación Nacional

Título de la propuesta

El título debe identificar de manera sintética el contenido concreto y conceptual de la propuesta.

Descripción breve (máximo 2000 caracteres).

El resumen debe sintetizar de manera clara el tema específico que se tratará, justificando su elección. Se debe plantear claramente la metodología con la que se llevará adelante el trabajo y las características que tendrá el producto final.

Justificación de la propuesta (máximo 2000 caracteres).

La fundamentación debe hacer referencia a aquello que inspiró dicha propuesta o proyecto. Su/s motivo/s, importancia y necesidad en relación a la temática de la convocatoria.

Desarrollo y plan de trabajo.


Descripción por episodio (máximo 2000 caracteres en total).

Se debe explicar cuántos episodios se realizarán, y qué contenidos puntuales tendrá cada uno.

ANEXO C

Carta de autorización para proyectos grupales

CONVOCATORIA - PAN: Panorama de Audioexperimentación Nacional

A LA DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN PATRIMONIAL

PRESENTE

Por la presente manifestamos expresamente nuestro acuerdo y autorización para la postulación a la CONVOCATORIA - PAN: Panorama de Audioexperimentación Nacional del proyecto de nuestra autoría, titulada.............................. y representado en este acto por el Sr./Sra./Sre................................, coautor/a/e del proyecto colectivo, de acuerdo a lo requerido por las Bases y Condiciones de la citada Convocatoria.

La presente autorización delega en el/la/le representante la recepción del monto total de la beca en el caso de que la obra postulada sea elegida, así como las gestiones y la calidad respectivas, según las Bases y Condiciones mencionadas, las cuales manifestamos conocer y aceptar.

FIRMAS: .........................................

NOMBRES Y APELLIDOS:.........................................

D.N.I. :.........................................