SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN,

OFICINA ANTICORRUPCIÓN,

AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA


Y

SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO

Resolución Conjunta 1/2023

RESFC-2023-1-APN-SGYEP#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 22/05/2023

VISTO el Expediente N° EX-2021-21543782- -APN-OA#PTE del Registro de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorios, las Leyes Nros. 24.759, 25.233, 27.275, el Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 592 del 14 de junio de 2021, y la Resolución Conjunta de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN y la OFICINA ANTICORRUPCIÓN N° 1 del 10 de junio de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 13 de la Ley N° 25.233 se crea la OFICINA ANTICORRUPCIÓN con el objeto de elaborar y coordinar programas de lucha contra la corrupción en el Sector Público Nacional como autoridad de aplicación de la Ley N° 25.188 de Ética en el Ejercicio de la Función Pública.

Que el citado organismo tiene entre sus objetivos el diseño e implementación de políticas, programas, instrumentos y acciones que promuevan la integridad y la transparencia en la gestión pública, así como también la asistencia técnica a los organismos que comprenden a la Administración Pública Nacional centralizada y descentralizada.

Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorios, establece que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN es el órgano rector del sistema de control interno del Sector Público Nacional, el que se conforma con distintos componentes y principios, entre otros la integridad y valores éticos, como así también la evaluación de riesgo de fraude (conforme Resolución de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN Nº 172 del 28 de noviembre de 2014).

Que en tal sentido y con arreglo a lo establecido en el artículo 104, incisos a) y e) de la ley aludida, se le encomienda supervisar el funcionamiento de dicho sistema, y emitir y supervisar la aplicación de normas de control interno.

Que la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA fue creada por la Ley N° 27.275, la que tiene por objeto garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública, promover la participación ciudadana y la transparencia de la gestión pública.

Que el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, ha incluido entre los objetivos de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS el de asistir en el diseño, desarrollo e implementación de políticas públicas que fortalezcan la integridad en la función pública y prevengan la corrupción, en coordinación con los organismos del Estado Nacional con competencias en la materia.

Que dicha norma establece entre los objetivos de la SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS el de “desarrollar y administrar instrumentos de seguimiento y análisis referidos a las políticas públicas de integridad y fortalecimiento institucional en el ámbito de la Administración Pública Nacional.”

Que al aprobar la CONVENCIÓN INTERAMERICANA CONTRA LA CORRUPCIÓN por Ley N° 24.759, nuestro país se comprometió a desarrollar acciones de prevención y lucha contra la corrupción fortaleciendo la cooperación y coordinación entre todos los organismos del Estado para la efectiva implementación de la Convención y prestando a éstos la asistencia técnica que con tal fin le requieran.

Que resulta de vital importancia la cooperación interinstitucional especialmente entre los organismos mencionados para la instalación, consolidación y/o ampliación de las acciones en materia de integridad y transparencia.

Que la transversalización de la transparencia en la gestión pública requiere de recursos y herramientas que faciliten el diseño e implementación de la política preventiva en el ámbito jurisdiccional.

Que mediante la Decisión Administrativa N° 592 del 31 de mayo de 2021 se creó la MESA NACIONAL DE INTEGRIDAD Y TRANSPARENCIA en la órbita de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS como ámbito de coordinación y articulación para el desarrollo, implementación, seguimiento y evaluación de políticas públicas de integridad y transparencia de los organismos comprendidos en el artículo 8º de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorios.

Que se conforma la MESA NACIONAL DE INTEGRIDAD Y TRANSPARENCIA con los y las titulares, y representantes alternos y alternas por ellos y ellas designados y designadas de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS; de la OFICINA ANTICORRUPCIÓN, organismo desconcentrado de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN; de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, organismo descentralizado de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y de la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, ente autárquico con autonomía funcional en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que en el estudio de la ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO (OCDE) sobre Integridad en Argentina (2019), se recomendó extender y adoptar el uso de cuestionarios y guías de trabajo para medir aspectos relevantes acerca del grado de adopción y cumplimiento de las medidas, acciones y políticas de integridad en el Sector Público Nacional. Que conforme la referida recomendación, resulta indispensable contar con dicha información a los efectos de construir una línea de base que permita eventualmente generar acciones tendientes a fortalecer la cultura organizacional basada en los valores de integridad y transparencia a lo largo y ancho del Estado Nacional.

Que, en el citado estudio, se sostuvo la importancia de desarrollar políticas públicas basadas en evidencia confiable y relevante, elemento central que contribuye en mejorar el diseño, la planificación, la ejecución, el monitoreo y la evaluación de las políticas de integridad pública bajo un enfoque estratégico.

Que mejorar el entorno de integridad requiere que, en cada organismo de la Administración Pública Nacional y en cada Empresa con Participación Estatal, se adopten medidas que faciliten la implementación de una política integral de transparencia, contemplando su propia realidad organizacional y los desafíos sectoriales.

Que la mediante la Resolución Conjunta de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN y la OFICINA ANTICORRUPCIÓN N°1 del 10 de junio de 2021 se aprobó la “ENCUESTA NACIONAL DE INTEGRIDAD”.

Que, en virtud de ello, se realizó la ENCUESTA NACIONAL DE INTEGRIDAD a fin de contar con evidencia sobre la situación de las políticas de integridad y transparencia brindando al Estado Nacional la capacidad de prevenir riesgos y fortalecer capacidades de manera cohesiva e integral.

Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN instrumentó la ENCUESTA NACIONAL DE INTEGRIDAD y una vez finalizada la tarea compartió los datos recabados con los demás organismos firmantes de la presente resolución, a fin de analizar y ponderar las respuestas obtenidas.

Que los organismos firmantes de la presente resolución elaboraron un informe en base al procesamiento de los resultados de la ENCUESTA NACIONAL DE INTEGRIDAD sobre el diseño institucional y políticas de integridad de 146 organismos de la Administración Pública Nacional y 45 Empresas con Participación Estatal Mayoritaria.

Que la medida adoptada no implica erogación presupuestaria adicional para el ESTADO NACIONAL.

Que los Servicios Jurídicos Permanentes de las Jurisdicciones involucradas han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SÍNDICO GENERAL DE LA NACIÓN,

EL TITULAR DE LA OFICINA ANTICORRUPCIÓN,

LA DIRECTORA DE LA AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

Y

LA SECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVEN:

ARTICULO 1º.- Apruébase el INFORME DE PROCESAMIENTO: DISEÑO INSTITUCIONAL Y POLÍTICAS DE INTEGRIDAD que, como Anexo I IF-2022-140124588-APN-SGYEP#JGM, forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2º.- La presente medida no implica erogación presupuestaria alguna para el ESTADO NACIONAL.

ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Carlos Antonio Montero - Verónica María Gómez - Beatriz de Anchorena - Ana Gabriela Castellani

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución Conjunta se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 24/05/2023 N° 38336/23 v. 24/05/2023

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)

Encuesta Nacional de Integridad

Primer informe de procesamiento: diseño institucional y políticas de integridad

Documento elaborado por la Mesa Nacional de Integridad y Transparencia

Introducción

La Encuesta Nacional de Integridad (ENdI), creada a través de la Resolución Conjunta 1/2021, es una iniciativa que resulta del trabajo colaborativo desarrollado por la Sindicatura General de la Nación (SiGeN), la Oficina Anticorrupción (OA) y la Subsecretaría de Fortalecimiento Institucional de la Secretaría de Gestión y Empleo Público (SGyEP) en el marco de la Mesa Nacional de Integridad y Transparencia. Su objetivo principal es relevar el grado de desarrollo e implementación de políticas de integridad y transparencia en organismos de la Administración Pública Nacional centralizada y descentralizada y en Empresas con Participación Estatal. Esta iniciativa desarrollada en el ámbito del Poder Ejecutivo Nacional tiene un carácter innovador y sin experiencia equivalente en otros poderes del Estado Argentino.

La transversalización de la transparencia en la gestión pública requiere no solo de lineamientos claros sobre lo que constituye una política integral de transparencia sino también de un compromiso de los distintos actores institucionales del Estado Nacional para garantizar su implementación. Mejorar el entorno de integridad requiere que en cada jurisdicción del Sector Público Nacional se adopten medidas que faciliten la implementación de una política integral de transparencia, contemplando su propia realidad organizacional y los desafíos sectoriales.

Para ello, resulta crucial contar con un diagnóstico que permita identificar el grado de desarrollo e implementación de políticas de integridad y transparencia. Esta información reviste especial relevancia para construir una línea de base que permita diseñar de manera precisa acciones para fortalecer la cultura organizacional basada en la integridad y transparencia en cada organismo público.

Este primer informe sistematiza las respuestas informadas por 146 organismos de la Administración Pública Nacional y 45 Empresas con Participación Estatal Mayoritaria (EcPEs)1. La información aquí procesada se focaliza en dos dimensiones de la ENdI consideradas clave para el desarrollo de las políticas de integridad y transparencia: esto es, el diseño institucional y las políticas generales de integridad. Cada dimensión presenta una serie de preguntas que apuntan a mapear el cumplimiento de las obligaciones en materia de integridad y transparencia como también aquellas acciones que constituyen prácticas recomendables en cada jurisdicción.

De forma complementaria, proponemos analizar los datos recabados en perspectiva con otras acciones que el Estado Nacional está llevando adelante en función de fortalecer una cultura de integridad como es el caso de la Estrategia Nacional de Integridad, la Red de Áreas y Enlaces de Integridad, la Mesa Nacional de Integridad y Transparencia, el Programa Nacional de Capacitaciones en Integridad y Transparencia, entre otras. Así, se busca articular una mirada holística de los distintos elementos que apuntan a configurar un Sistema Nacional de Integridad transversal a todo el sector público nacional.

Este reporte será complementado con otros que desarrollaremos oportunamente a medida que se analiza la información cuantitativa y cualitativa recolectada. Esperamos, con este primer informe de procesamiento, comenzar a dar cuenta del estado general de situación como punto de partida desde el cual se desarrollarán acciones que propendan a lograr mejores políticas de integridad y transparencia.

Metodología de trabajo

La metodología de la ENdI se basa en la implementación de un formulario con un formato estructurado, que consta de preguntas con opciones múltiples y preguntas abiertas que requieren, en determinados casos, documentar las respuestas. Las preguntas constituyen un abanico de acciones que abarcan una política comprensiva de integridad y transparencia. Este amplio espectro de iniciativas comprende cuestiones clave tanto para evaluar el desarrollo actual de políticas de prevención y control, como para analizar caminos posibles hacia el fortalecimiento de las capacidades estatales en la materia. En tal sentido, la identificación de acciones no exploradas puede conformar una guía de políticas a emprender en el futuro.

En este marco, la ENdI se desarrolla a partir de dos cuestionarios. Una encuesta específica para los organismos de la Administración Pública Nacional centralizada y descentralizada; otra encuesta específica para las Empresas con Participación Estatal. Cada cuestionario recepta las particularidades sectoriales, la realidad organizacional y el lenguaje propio de estos dos ámbitos, reflejado tanto en las dimensiones como en las preguntas desarrolladas. Más allá de estas particularidades, se buscó en la medida de lo posible homogeneizar las variables consultadas a los fines de lograr un análisis comparado entre ambos cuestionarios.

Las cuatro dimensiones del cuestionario dirigido a los organismos de la Administración Pública Nacional son: diseño institucional; políticas de integridad; información pública, transparencia activa y gobierno abierto; políticas de integridad y transparencia en procesos de compras y contrataciones. Este se estructura a partir de 59 preguntas -y sus correspondientes subpreguntas- distribuidas en las dimensiones mencionadas.

Las cinco dimensiones del cuestionario dirigido a las Empresas con Participación Estatal son: gobierno corporativo; diseño institucional; políticas generales de integridad; políticas de integridad, información y transparencia; políticas de integridad y transparencia en proceso de compras y contrataciones. Este se estructura a partir de 39 preguntas -y sus correspondientes subpreguntas- distribuidas en las dimensiones mencionadas.

La ENdI fue instrumentada por la Sindicatura General de la Nación (SIGEN) a través de las Unidades de Auditoría Interna (UAIs) entre el 25 de julio y el 29 de agosto de 2021. Del universo total de 154 organismos de la administración pública nacional centralizada y descentralizada, fueron 146 los que respondieron a la encuesta. Esto da como resultado una tasa de respuesta de 95% para las jurisdicciones de la administración pública nacional en esta primera edición de la ENdI. Cabe aclarar que todos los 20 ministerios fueron encuestados en esta etapa. Mientras tanto, de un universo total de 46 empresas con participación estatal, fueron 45 las que respondieron al cuestionario. La tasa de respuesta por parte de las empresas públicas fue entonces del 98%.

Estos datos nos indican una alta tasa de respuesta de ambos cuestionarios, más aún teniendo en cuenta que esta fue la primera implementación de la ENdI. Una vez recolectadas las respuestas, se sistematizaron los datos correspondientes a dos de las dimensiones evaluadas y se elaboró este informe de procesamiento en el marco de la Mesa Nacional de Integridad y Transparencia.

Análisis de las dimensiones diseño institucional y políticas de integridad

Este primer informe de procesamiento se enfoca en dos de las dimensiones, y sus correspondientes preguntas, relevadas por la Encuesta Nacional de Integridad: diseño institucional y políticas generales de integridad.

Ahora bien, ¿por qué realizar un análisis conjunto de estas dos dimensiones? Porque ambas se retroalimentan, configurado aspectos fundamentales a la hora de diagnosticar el grado de desarrollo de las políticas de integridad y transparencia. Por un lado, mapear la varianza del diseño institucional es clave para comprender la capilaridad que adquieren las políticas de integridad. Apuntamos a fortalecer esta capilaridad, considerada como un pilar del Sistema Nacional de Integridad. Por otro lado, relevar el desarrollo de las políticas en materia de integridad y transparencia permite diagnosticar el nivel de cumplimiento de las obligaciones como también la implementación de buenas prácticas. En síntesis, apuntamos a que este reporte sea una primera foto sobre el estado de situación de las políticas de integridad que oportunamente será complementado con otros que desarrollaremos a medida que se analiza la información cuantitativa y cualitativa recolectada.

Diseño institucional

La dimensión diseño institucional apunta a relevar el nivel de fortalecimiento institucional y de capacidades estatales en pos del diseño e implementación de las políticas de integridad. Observar esta dimensión resulta clave para avanzar en la transversalización de la transparencia y la integridad en la gestión pública. A los fines del presente documento, esta dimensión abarca los siguientes temas:

- Enlaces de integridad

- Áreas de integridad

- Responsable de Acceso a la Información

- Canales de denuncia y Línea Ética. En relación a este último punto, vale aclarar que las preguntas correspondientes a este tema estaban incluidas en otra sección de la encuesta pero decidimos incorporarlas en esta dimensión en tanto comprendemos que el modo y las características que adoptan los canales de denuncias dependen en gran medida del diseño institucional sobre el que se apoyan.

A continuación se despliega el análisis de cada tema correspondiente a esta dimensión.

Enlaces de integridad

A partir del Decreto 650/2019, se estableció la obligación de cada jurisdicción de la Administración Pública Nacional centralizada y descentralizada de contar con un Enlace de Integridad en el Ejercicio de la Función Pública. El Enlace de Integridad es un funcionario, funcionaria o agente de cada organismo cuya principal tarea es brindar asistencia en materia de ética e integridad pública y promover el cumplimiento en el área donde trabaja. El rol de las y los enlaces configura un elemento clave del diseño institucional dado que son quienes promueven estrategias de sensibilización y capacitación como también acompañan el cumplimiento de las obligaciones y recomendaciones internacionales en la materia y reportan a la OA sobre su nivel de avance. En este marco, la OA ha impulsado la creación de la Red de Enlaces de Integridad a fin de apoyar y dar seguimiento a los organismos del sector público nacional en relación a las políticas de integridad y transparencia.

La ENdI recepta en sus cuestionarios la importancia de contar con enlaces de integridad, relevando su designación formal en cada jurisdicción. De acuerdo a la información analizada, 16 ministerios (80%), 57 organismos públicos de la administración descentralizada (45%) y 30 empresas con participación estatal (67%) designaron a su enlace de integridad.2





Áreas de integridad

Un aspecto clave para entender por qué se promueve la capilaridad de la política de integridad mediante la creación de espacios específicos sobre la materia se apoya en un reconocimiento: la existencia de organismos centralizados y especializados en materia de integridad es condición necesaria más no suficiente para la implementación de políticas de integridad a lo largo y lo ancho del Estado Nacional. La especialización de organismos rectores requiere y necesita de la articulación de ese saber específico con las particularidades de la realidad organizacional de cada jurisdicción. Por esto resulta clave que en cada jurisdicción se monte un andamiaje institucional y se adopten medidas que faciliten la implementación de una política integral de transparencia, contemplando su propia realidad organizacional y los desafíos sectoriales.

En organismos del Sector Público Nacional se han creado dependencias especializadas en políticas de transparencia e integridad. Se entiende por "áreas destinadas a la promoción y diseño de políticas de integridad" a todo ámbito estatal específico que cuente formalmente con las competencias para el desarrollo de este tipo de políticas donde área, dirección, coordinación, unidad, comité, comisión, programa, plan u otro ámbito institucional son entendidos como sinónimos. La varianza institucional de estos espacios dependerá entonces de las particularidades y desafíos sectoriales.

Desde diciembre de 2019, el Poder Ejecutivo Nacional avanzó sostenidamente en la promoción de la creación de áreas de transparencia tras advertir el importante trabajo desarrollado por los y las enlaces jurisdiccionales y por el impacto positivo que ello puede generar en la jerarquización y en la capilaridad de las políticas de integridad.

De acuerdo al relevamiento realizado, 11 ministerios, 21 organismos de la administración descentralizada y 31 de las empresas con participación estatal cuentan con un área o espacio destinado a la promoción y diseño de políticas de integridad. Cabe aclarar que los ministerios que no tienen un área específica para el desarrollo de políticas de integridad han designado esa responsabilidad en otra dependencia del organismo. Más allá de esto, el Estado Nacional cuenta, a la fecha de realización de la encuesta, con 63 áreas o espacios especializados para fortalecer la transversalización de la transparencia en la gestión pública.



Otro aspecto a analizar es la varianza institucional y el nivel de jerarquización que estas áreas presentan en las distintas jurisdicciones. Así, en la administración pública centralizada y descentralizada se identifican 3 direcciones nacionales, 9 direcciones, 4 coordinaciones, 1 gerencia, 1 programa y otros 14 espacios específicos para el diseño de acciones de integridad. En cambio, en las empresas con participación estatal se relevaron 1 programa, 14 áreas (dirección, gerencia, entre otros tipos), 5 comités y otros 11 espacios específicos.

La dotación de recursos humanos de las áreas es otra variable significativa a observar. Aquí encontramos algunas similitudes entre las respuestas obtenidas en ambos cuestionarios. La respuesta más frecuente de los organismos públicos y las empresas con participación pública -15 y 16 respectivamente- se concentran en el segmento de 2 a 5 personas. Luego, en el segmento correspondiente a 1 persona por área, fueron 7 los organismos de la administración pública que optaron por esta opción mientras que 5 empresas públicas respondieron a este grupo. En cambio, en el grupo correspondiente de 6 a 10 personas por área, fueron 9 las empresas respondieron por esta opción mientras que 6 organismos públicos optaron por esta respuesta. Solo una empresa pública respondió que su área está dotada por más de 11 personas, mientras que fueron 4 organismos de la administración pública nacional los que contestaron afirmativamente ante esta opción.


La capacidad presupuestaria también importa a la hora de evaluar el diseño institucional. En cuanto a los organismos de la administración pública centralizada y descentralizada, sólo dos respondieron que sus áreas cuentan con partidas específicas y propias. Por otro lado, 11 empresas con participación estatal respondieron que sus áreas o espacios de integridad tienen partidas presupuestarias asignadas.

A estos esfuerzos identificados deben sumarse las acciones que se desarrollen desde la Estrategia Nacional de Integridad. La ENI contiene y valora aquellas iniciativas que impulsan la creación de áreas y espacios de integridad y transparencia para el diseño e implementación de políticas públicas que atiendan a la realidad organizacional y necesidades identificadas en el ámbito sectorial. A partir del trabajo desarrollado en el marco de esta planificación 11 organismos se comprometieron en la creación y el fortalecimiento de áreas como es el caso del Ministerio de Turismo y Deportes, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ministerio de Desarrollo Social, Ministerio del Interior, SIGEN, INSSJP, INTI, INTA, SENASA, INAES, Comisión Nacional de Valores, entre otros. En tanto la ENdI se desarrolló con posterioridad a la presentación de los compromisos de la ENI, algunos organismos reportaron en la encuesta como ya creado el espacio.

Responsable de acceso a la información

La Ley 27.275 de Acceso a la Información Pública estableció que, en calidad de sujetos obligados, todas las jurisdicciones del Sector Público Nacional están obligadas a nombrar responsables de acceso a la información. De acuerdo al artículo 31 de la ley, sus funciones están principalmente vinculadas a la responsabilidad de tramitar las solicitudes de acceso a la información como también a la promoción de las políticas de transparencia activa en su ámbito de actuación. Además, constituyen un punto de contacto entre el organismo obligado y la Agencia de Acceso a la Información en pos de promover la implementación de las disposiciones y obligaciones que la normativa establece. Así, las y los responsables de acceso a la información pública son una pieza clave del ecosistema de transparencia.

La ENdI recepta la obligatoriedad de contar con este punto de contacto, relevando su designación formal en cada jurisdicción del Poder Ejecutivo Nacional. De los 73 organismos de la administración pública que respondieron a esta pregunta, 70 afirmaron que cuentan con un responsable de acceso a la información en su jurisdicción. De acuerdo con este relevamiento, son 16 ministerios y 54 organismos públicos de la administración descentralizada los que han designado formalmente al responsable.3


El total de las empresas públicas encuestadas en la ENdI respondió a esta pregunta, en donde 32 de ellas afirmaron que han designado a un responsable de acceso a la información. Esto quiere decir que más de un 70% de estas organizaciones cuentan con un responsable designado formalmente.


El diseño institucional previamente mencionado se complementa con el sistema de administración financiera y de los sistemas de control del Sector Público Nacional, regulado por la Ley 24.156 a través de la cual se estableció que cada jurisdicción y entidad que dependan del Poder Ejecutivo Nacional contará una Unidad de Auditoría Interna (UAI). Las UAIs son parte integrante del sistema de control interno, dependen jerárquicamente de la autoridad superior de cada organismo y actúan coordinadas técnicamente por la Sindicatura General de la Nación.

Canal de denuncias

La creación de canales de denuncias es un curso de acción disponible para el diseño institucional de organismos de la administración pública y empresas con participación estatal. Estos mecanismos habilitan espacios para canalizar la intención de particulares de comunicar a las autoridades competentes del organismo la existencia de presuntos hechos delictivos. El diseño de este mecanismo abarca una gran varianza y contempla aspectos como la decisión sobre el área encargada de recibir las denuncias y los procedimientos para hacerlo; la identificación del área que se encargará de su análisis y resolución; los contenidos de las denuncias admisibles, esto es, si contempla sólo presuntos delitos de corrupción (cohecho, dádivas, soborno, negociaciones incompatibles, entre otros delitos) o también faltas administrativas e irregularidades (conflictos de interés, incompatibilidades, incumplimiento de deberes en la función pública). Vale aclarar que en algunos casos la existencia de estos canales contempla la posibilidad de realizar consultas sobre cuestiones de integridad y ética pública, por lo que la naturaleza del espacio adquiere otras características.

De acuerdo al relevamiento realizado, 57 organismos de la administración centralizada y descentralizada y 35 empresas con propiedad estatal cuentan con canales de denuncia.


Otro aspecto para considerar la varianza en el diseño de los canales de denuncia lo constituye quiénes están habilitados a presentar denuncias y de qué modo pueden hacerlo. Denunciante es la persona que conociendo un presunto delito, falta administrativa o violación a la integridad pública decide informar a una autoridad competente.

De los 57 organismos de la administración pública centralizada y descentralizada, 27 informaron que pueden reportarse denuncias vía web, 46 por medio de correo electrónico, 17 por línea telefónica interna: 26 por línea telefónica externa y 43 personalmente. De los organismos encuestados, 54 reciben denuncias identificadas, 41 reciben denuncias anónimas y solo en 37 se permite hacerlo con identidad reservada. En 53 organismos, todos y todas las empleadas pueden realizar denuncias y solo en el caso de 51 organismos pueden presentar denuncias terceras partes.

En el caso de la información relevada en empresas con participación estatal, pueden realizarse denuncias a través de la web en 30 entidades, por correo electrónico en 34 casos, por teléfono interno en 19 casos y en teléfono externo en 28 casos y personalmente en 24 de las entidades encuestadas. Todas las empresas con canales de denuncias reciben denuncias identificadas y anónimas pero solo en 30 se permite hacerlo con identidad reservada. En 25 de esas 30 empresas los canales de denuncia están abiertos a agentes externos y terceras partes, mientras que en las 5 restantes se encuentra solo disponible para empleados y empleadas internas.

Como decíamos con anterioridad, una cuestión definitoria para el diseño es el alcance del contenido de las denuncias. Un aspecto a contemplar en este sentido es su alcance en relación al modo en el que se define la integridad pública. Si ésta es definida de un modo enriquecido, es decir, contemplado el respeto a derechos humanos y género resultará de interés también contemplar la recepción de abusos de estas cuestiones y el modo de tratamiento. En el caso de las líneas éticas de las empresas con participación estatal, el contenido de las denuncias cubren diferentes cuestiones:


En 24 organismos de la administración centralizada y descentralizada se cuenta con un protocolo formalizado para el tratamiento de las denuncias y en 16 organismos se ha desarrollado una política para protección de denunciantes. De los organismos encuestados, 24 informan difundir el canal de denuncias de la Oficina Anticorrupción.

Distintos organismos presentaron el diseño y fortalecimiento de canales de denuncias como actividad parte de sus iniciativas en la Estrategia Nacional de Integridad. En algunos casos, los organismos y empresas con participación estatal apuntaron a consolidar el camino emprendido con sus canales de denuncia y sus líneas éticas; en otros, se comprometieron en avanzar en acciones como el diseño e implementación de protocolos de recepción y gestión de denuncias y consultas o en el diseño de mecanismos que garanticen la protección de las personas que denuncien actos contrarios a la integridad y la transparencia.

En relación a los organismos que desarrollarán y fortalecerán sus canales de denuncias en el marco de la ENI, 17 organismos y empresas trabajarán en esta líneas de acuerdo a los compromisos asumidos:


Políticas de integridad

La dimensión política de integridad apunta a relevar el grado de desarrollo e implementación de las políticas de integridad y transparencia. Esta variable permite mapear el nivel de cumplimiento de las obligaciones como también relevar buenas prácticas en materia de integridad. A los fines del presente informe, esta dimensión abarca los siguientes temas:

- Prevención de conflictos de intereses

- Declaraciones juradas patrimoniales

- Capacitaciones, sensibilización y difusión

- Programas de integridad

- Código de Ética

- Gobierno corporativo en Empresas con Participación Estatal

- Mapas de riesgo de integridad

- Registro de Audiencias de Gestión de Intereses

- Registro de Obsequios y Viajes

A continuación se despliega el análisis de cada tema correspondiente a esta dimensión.

Conflictos de intereses

La Ley 25.188 de Ética en la Función Pública y el Código de Ética en la Función Pública establecen que existe un conflicto de intereses cuando concurren los intereses particulares de una o un funcionario (personales, laborales, económicos, profesionales, etc.) con el interés público que desde su función debe tutelar. A efectos de preservar la imparcialidad y de prevenir la posible comisión de delitos, se prohíbe específicamente la configuración de determinadas situaciones y se imponen ciertos deberes para garantizar la integridad de la gestión (renuncia, abstención y publicidad de los intereses, entre otros). Dada la intensidad de las relaciones entre el sector público y los sectores privados en general y empresariales en particular, los conflictos de intereses cobran vital importancia a la hora de pensar acciones de integridad y transparencia. Es así que el régimen de conflicto de intereses es una herramienta clave de toda política preventiva en tanto permite asegurar la preservación y el uso adecuado de los recursos asignados a funcionarias y funcionarios en el desempeño de sus cargos, a los fines de preservar la confianza en la integridad de dichas personas y en la gestión pública.

Resultó de interés para la ENdI relevar en cada organismo sobre la existencia de iniciativas específicas destinadas a velar por el cumplimiento de la normativa vigente sobre el régimen de conflictos de intereses. En ese sentido, de la ENdI se advierte que son 60 los organismos de la APN que implementan sistemas para la identificación y prevención de conflictos de intereses.


Respecto de la implementación y utilización de mecanismos y herramientas de evaluación de la integridad y la trayectoria de terceros vinculados, así como de cierto personal clave, 50 organismos de la APN central y descentralizada se manifestaron de manera afirmativa. En el caso de las empresas con participación estatal, del relevamiento se desprende que son 16 las entidades que han implementado y utilizan estos mecanismos, respecto de sus socios de negocios o terceros.

Resulta importante destacar que 4 organismos de la APN que respondieron afirmativamente refieren al Dto. 202/17 como el mecanismo de evaluación de integridad y trayectoria de terceros, mientras que el resto refiere a normativa externa e interna, otros procesos y DDJJs propias, procedimientos de análisis de antecedentes en general, entre otros.

Cuando se consultó sobre las personas alcanzadas por este tipo de controles, con mayor frecuencia se mencionó a proveedores, contratistas, prestadores de servicios y a integrantes clave de cada entidad.

Además de las acciones que la encuesta relevó deben sumarse aquellas actividades comprometidas en la Estrategia Nacional de Integridad. La ENI valora las iniciativas que apunten a fortalecer los mecanismos y sistemas de gestión de conflictos de intereses así como también a analizar y gestionar los fenómenos de captura de la decisión pública por parte de intereses privados o sectoriales. En este marco, cabe mencionar que se presentaron 13 actividades para mejorar los niveles de integridad en materia de gestión de conflictos de intereses. Este es el caso del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, Ministerio de Salud, Ministerio de Transporte, Ministerio del Interior, Aerolíneas Argentinas, ANSV, BNA, CNV, INSSJP, INTA, entre otros. Vale aclarar que en tanto la ENdI se desarrolló con posterioridad a la presentación de los compromisos de la ENI, algunos organismos reportaron en la encuesta como ya implementado su mecanismo.

En un sentido similar, a efectos de prevenir los procesos de captura de la decisión pública, dentro de las iniciativas propuestas por Jefatura de Gabinete de Ministros se incluye una actividad para el diseño de una metodología sobre la identificación de riesgos de captura de la decisión pública, y herramientas para mitigarlos.

Por último, merece destacarse el Sistema de Monitoreo de Actividades Privadas Anteriores y Posteriores al Ejercicio de la Función Pública impulsado por la OA. El objetivo de esta acción es la construcción de un registro para el cotejo y verificación del cumplimiento de las normas de ética pública relacionadas con las actividades privadas anteriores y posteriores a la función pública en el Poder Ejecutivo Nacional. El registro será de acceso público de manera tal de generar una herramienta de transparencia activa para el monitoreo ciudadano del pre y post empleo.

Declaraciones juradas patrimoniales

La Ley 25.188 de Ética en la Función Pública, en su capítulo III, establece además la obligación de las y los funcionarios públicos de presentar una Declaración Jurada Patrimonial (DDJJ) en tres oportunidades. Una inicial, con motivo del alta en el cargo o función, dentro de los treinta días hábiles posteriores al inicio de actividades. Una anual, como actualización de la información antes presentada. Una última de baja dentro de los treinta días hábiles posteriores a la fecha de cese en el cargo o función. Este régimen integral de declaraciones juradas es una pieza fundamental de toda política preventiva en tanto permite detectar y prevenir situaciones de conflicto entre el interés público y los intereses privados, personales, profesionales, comerciales o financieros de quienes desempeñan funciones públicas, así como también alertar sobre posibles casos de enriquecimiento ilícito.

La Oficina Anticorrupción es el organismo encargado de llevar el registro, evaluar y controlar el contenido de este sistema integral de declaraciones juradas. Las DDJJ son de carácter público, de libre accesibilidad y pueden ser consultadas irrestrictamente por toda persona interesada en forma gratuita a través de su página web. A su vez, se publica la información consolidada en formato abierto y libre en el Portal Nacional de Datos Públicos. La OA además publica en su página web el listado de funcionarios cumplidores e incumplidores de la obligación de presentación de las declaraciones juradas patrimoniales integrales.

La ENdI advierte la relevancia de un efectivo cumplimiento tanto de la presentación como del control de las DDJJ para fortalecer la estrategia preventiva del Poder Ejecutivo Nacional. Así, ambos cuestionarios abordaron la pregunta sobre las acciones realizadas por las jurisdicciones en pos de garantizar esta presentación y control. De acuerdo a los datos obtenidos, el 99% de los organismos de la administración pública centralizada y descentralizada respondieron que realizan acciones para garantizar la obligación de las presentaciones de DDJJ iniciales, anuales y finales ante la OA. Vale aclarar que en este universo son sujetos obligados a presentar sus DDJJ todas y todos aquellos funcionarios comprendidos en el artículo 5° de la Ley 25.188.


En relación a la información relevada sobre las empresas con participación estatal, 43 de las 45 que respondieron la pregunta -- esto es, un 96% -- contestaron que realizan un control de las presentaciones de las DDJJ anuales.

En este universo, las respuestas de las empresas públicas varían cuando se consulta quiénes son los sujetos obligados a presentar sus DDJJ anuales. Al respecto, 41 de las empresas respondieron que son sus directores y directoras quienes están sujetos a la obligación de presentar sus DDJJ anuales. Además, 32 fueron las organizaciones contestaron que está obligación también recae sobre sus gerentes y gerentas. Asimismo, 23 de las empresas afirmaron que quienes tengan por función administrar el patrimonio de la entidad están sujetos a esta obligación. Mientras tanto, 22 empresas afirman que son las y los funcionarios o empleados que integren comisiones de adjudicación de licitaciones, de compras o de recepciones de bienes, o que participen en la toma de decisiones de licitaciones o compras se encuadran en la obligación de presentar DDJJ anuales. Por último, 18 entidades respondieron que son los funcionarios y funcionarias o empleados con categoría o función no inferior a la de director o equivalente quienes se encuentran sujetos a esta obligación.

A estos alentadores datos merecen sumarse las acciones de fortalecimiento de los sistemas integrales de declaraciones juradas que se desarrollarán en el marco de la Estrategia Nacional de Integridad. La ENI valora aquellas acciones que apunten a mejorar los niveles de integridad en la gestión y control de las declaraciones juradas. Cabe mencionar entonces que en la ENI se proponen 4 actividades en pos de fortalecer estos mecanismos. En tanto la ENdI se desarrolló con posterioridad a la presentación de los compromisos de la ENI, algunos organismos reportaron en la encuesta como ya implementada su acción.

Capacitaciones y sensibilización

La realización de actividades formativas tiene una Importancia crucial para el desarrollo de integridad en organismos y entidades. Las capacitaciones y acciones de sensibilización permiten instalar mensajes acerca de la importancia de la agenda de integridad y transparencia y contribuir al desarrollo de capacidades estatales que permitan hacer realidad las políticas proyectadas en la materia.

De acuerdo al relevamiento desarrollado, 74 organismos de la administración pública nacional informan el desarrollo de capacitaciones. En el caso de las empresas con participación estatal, 29 informaron realizar actividades formativas.

Un aspecto de relevancia para conocer el modo en que se desarrollan las capacitaciones es el público al cual han estado dirigidas. Al respecto, la ENdI arroja los siguientes datos:





Otro dato interesante es quienes están encargados del dictado de las actividades formativas. En el análisis comparado de los dos universos, puede notarse que la referencia a organismos rectores tiene mayor prevalencia en organismos de la administración pública nacional que en las empresas con participación estatal.





Si se analizan de manera comparada las actividades formativas en organismos de la administración pública nacional y empresas, se verá que en los primeros predominan las capacitaciones sobre integridad y ética pública mientras que en las segundas no hay algún tema que se destaque especialmente, sino que la distribución de temáticas resulta más equitativa.





En relación a la periodicidad, los organismos de la administración pública nacional que desarrollan actividades formativas informan que las realizan de manera anual en 38 de los casos, dos veces al año en 4 organismos mientras que 38 informan realizar tres o más actividades por año. Las empresas con propiedad estatal informan que realizan una actividad al año en 22 casos, dos veces al año en 3 casos y tres veces al año o más en 4 entidades.

La Estrategia Nacional de Integridad contiene y valora aquellas iniciativas que impulsan el desarrollo de programas de capacitación que acompañen a funcionarias y funcionarias en el diseño e implementación de políticas públicas y atiendan a la realidad organizacional y necesidades identificadas en el ámbito sectorial. La ENI incorpora 62 de actividades de organismos comprometidos en actividades de sensibilización, capacitación y formación, este es el caso del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, el Ministerio de Desarrollo Social, el Ministerio de Seguridad, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el Ministerio de Mujeres, Género y Diversidad, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Turismo y Deportes, Ministerio de Agricultura, Pesca y Ganadería, Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN), IGJ, ANSES, AySA, entre otros.

Vale aclarar que aquellos organismos que apostaron por la creación o fortalecimiento de programas de integridad en el marco de la ENI han contemplado el desarrollo de actividades de capacitación como aspecto clave de generación de capacidades estatales. También se destacan iniciativas como la de la Oficina Anticorrupción y de la Secretaría de Gestión y Empleo Público que buscan avanzar en la creación de programas integrales que habiliten la planificación e implementación de actividades de capacitaciones y otras acciones formativas.

En relación a este punto, la Oficina Anticorrupción ha creado el Programa Nacional de Capacitaciones en Integridad y Transparencia mediante la Resolución 17/21. Como órgano rector en materia de ética pública, la OA creó el programa para promover acciones de capacitación, formación y sensibilización en materia de integridad y transparencia en la Administración Pública Nacional y el desarrollo de actividades en provincias y municipios.

Programa de integridad

La existencia de un Programa de Integridad en un organismo público es una herramienta valiosa que tiende a ordenar el desarrollo de actividades específicas y a facilitar la transversalización de una política integral de transparencia. En la ENdI se indaga sobre esta materia, consultando a los organismos sobre toda normativa interna que establezca objetivos, metas y líneas de acción específicas en materia de integridad y transparencia. Los programas de integridad brindan herramientas concretas para la gestión, desde la asistencia técnica transversal a otras áreas de cada organismo, a la promoción de una cultura de integridad que busque prevenir irregularidades. El aumento de programas de integridad en los años recientes demuestra una mayor jerarquización de la agenda de transparencia en el Sector Público y resulta un aspecto clave para garantizar la capilaridad de las políticas de integridad.

Vale aclarar que la práctica del desarrollo de programas de integridad tuvo su recorrido inicial en el sector privado y son estas experiencias las que han ido influyendo en el desarrollo de programas en el sector público. Esta aclaración resulta de interés porque la idea de "programa" debe ser analizada en función de su polisemia. En el sector público la idea de programa refiere a la existencia de una línea de trabajo formalizada en términos de diseño institucional. En el sector privado, en cambio, refiere a un conjunto diverso de acciones y diseños implementados, en este caso, para el desarrollo de integridad en su ámbito. En la práctica, este carácter polisémico explica la varianza en relación a las experiencias de programas de integridad en organismos públicos y empresas con participación estatal. En la ENdI, 36 organismos de la administración centralizada y descentralizada manifiestan haber desarrollado un programa o plan de Integridad.

En paralelo, en la ENI, se presentaron unas 34 iniciativas para la creación de programas de integridad, lo cual resulta un importante paso para la planificación y posterior implementación de un conjunto de actividades asociadas a los mismos (desarrollo de acciones formativas, códigos de ética, protocolos de trabajo, diseño de canales éticos, etc.). Vale recalcar que incluso entre aquellos que ya poseen un programa de integridad en marcha, varios se comprometieron a profundizar ese camino a través de un fortalecimiento institucional (Aerolíneas Argentinas, Belgrano Cargas y Logística, AySA e Intercargo, entre otros).

Código de ética

Otra de las iniciativas que resultan prioritarias para el desarrollo de políticas públicas de integridad y transparencia es la elaboración y armonización de los códigos de ética. Este tipo de actividad forma parte del set de herramientas con la cual los organismos cuentan para impulsar una política preventiva y para construir entornos de integridad.

En términos generales, un código de ética de un organismo establece un marco común de conductas deseables asociadas a sus valores y principios, así como otras definitivamente inapropiadas e intolerables, y proporciona a los y las agentes públicos, criterios orientativos para responder frente diversas situaciones contrarias a la ética pública. Cabe destacar que los códigos de ética deben resultar útiles para generar en los agentes públicos pautas de vinculación íntegras y transparentes con actores no estatales y la sociedad en general.

En atención al relevamiento efectuado, 35 organismos de la administración central y descentralizada informan en la ENdI haber elaborado un código de ética o norma equivalente, y de ellos, 24 expresan abordar específicamente la temática de prevención y gestión de conflictos de intereses (por ejemplo, AFIP, ANSeS y la SRT entre otros).


Casi el total de los organismos con Códigos de Ética informa haber comunicado el código de ética o norma equivalente a todos los funcionarios y funcionarías, empleados y empleadas. Entre los medios elegidos a tal fin consignan con mayor frecuencia: publicación en la web, correo electrónico y nota GDE. Asimismo, 26 los organismos de la administración central y descentralizada contemplan en el documento cláusulas sobre incompatibilidades; y las áreas que con mayor frecuencia se encuentran a cargo de su redacción son las áreas de jurídicos y recursos humanos.


Respecto del relevamiento a empresas con participación estatal son 36 las que responden afirmativamente a haber desarrollado un código de ética o de conducta. Un número alto de esas empresas (31) informa contemplar la revisión periódica del instrumento, 29 de ellas incorporan criterios para la aplicación de sanciones; y un poco más de la mitad han publicado sus códigos en la web.


A estos esfuerzos identificados deben sumarse las acciones de creación y mejora de códigos de ética en el marco de la Estrategia Nacional de Integridad. La ENI valora aquellas actividades que crean, actualizan y fortalecen los códigos de ética, dado que este tipo de acciones forma parte del set de herramientas con la cual los organismos cuentan para impulsar la política preventiva a través de sus programas de integridad. Cabe mencionar que en la ENI se proponen 23 actividades de elaboración y armonización de Códigos de Ética. En tanto la ENdI se desarrolló con posterioridad a la presentación de los compromisos de la ENI, algunos organismos reportaron en la encuesta como ya creado su código. Por último, dentro de las propuestas realizadas por Jefatura de Gabinete de Ministros, se incluye también una actividad específica orientada a brindar acompañamiento y asistencia a los organismos para avanzar en este tipo de procesos.

Gobierno corporativo en Empresas con Participación Estatal

Uno de los principales ejes del trabajo de los órganos rectores en materia de ética pública y transparencia lo constituye la articulación y promoción de políticas de integridad en empresas con participación estatal (EcPEs). En este sentido, la elaboración e implementación de lineamientos para el buen gobierno corporativo de empresas son fundamentales para la generación de entornos de integridad en las EcPEs. La ENdI indaga acerca de esta dimensión en un universo de 45 EcPEs.

De acuerdo a los datos relevados, cerca del 55% de las EcPEs (25) adoptan lineamientos de buen gobierno corporativo y, en la mayoría de los casos, lo formalizan a través de un acto administrativo (Resolución o Acta de Directorio)4. Asimismo, del total de empresas encuestadas, 19 empresas (el 42% del total) respondieron que poseen un "Código de Buen Gobierno Corporativo". En cuanto a las temáticas que allí se abordan, la mayoría están vinculadas al Directorio, su conformación y funcionamiento, así como las funciones del Presidente.


En esta dimensión, también se consultó acerca de la incorporación del criterio de sustentabilidad en el negocio, promoviendo el cumplimiento de estándares sociales, de gobernanza y ambientales. El 64% de las empresas (29) refiere que incorpora este criterio, haciendo referencia a la aprobación e implementación de diversas políticas de sustentabilidad, medio ambiente, seguridad y diversidad. Otras empresas públicas, en cambio, refieren la producción y publicación de reportes en materia de sostenibilidad.


Las pautas de buen gobierno corporativo incluyen herramientas de planificación estratégica y de reporte y monitoreo de acciones, metas y resultados obtenidos. Del universo, 24 EcPEs encuestadas (53%) respondieron que cuentan con un Plan Estratégico elaborado. De ellas, 22 empresas informan que sus planes incorporan indicadores de gestión para rendir cuentas acerca del cumplimiento presupuestario y sus objetivos estratégicos.

En relación al ambiente de control, el total de las ECPEs encuestadas responden que cuentan con una Unidad de Auditoría Interna, que efectúa un control posterior sobre las actividades de gestión del ente. Esta actividad se realiza conforme las directrices provistas por la SIGEN y siguiendo un criterio de análisis de riesgos por procedimientos. Los y las auditoras internas de las ECPEs refieren tener acceso ilimitado a la Presidencia, miembros del Directorio y órgano de administración de la empresa.

En este sentido, todas las empresas respondieron que las auditorías se llevan adelante según el Plan Anual -- aprobado por SIGEN -- y que contienen información relevante acerca del ambiente de control de las áreas y procedimientos relevados. Sin embargo, cabe señalar que el 42% de las empresas informa que aún no constituyó el Comité de Auditoría para acompañar este proceso. Finalmente, el 76% de las ECPEs comparten información estratégica sobre los temas de gobierno corporativo con sus partes interesadas, el Estado como propietario y público en general.

En función de la criticidad y las particularidades de las EcPEs, la ENI incluye 6 actividades vinculadas, en su mayoría, al diseño y/o actualización del Código de Buen Gobierno Corporativo. Finalmente, SIGEN planifica trabajar en la elaboración de Comités de Auditoría para fortalecer el cumplimiento de las Normas Mínimas de Control Interno para el Buen Gobierno Corporativo en Empresas y Sociedades del Estado (Resolución 37/06 SIGEN).

Mapa de riesgo de integridad

Un componente específico de las políticas de integridad y transparencia en organismos públicos es el desarrollo de mapas de riesgos de integridad, una herramienta que permite identificar vulnerabilidades para prevenir y mitigar potenciales ilícitos, irregularidades y/o prácticas contrarias a la ética pública en determinadas áreas clave de la gestión. Estos diagnósticos organizacionales pueden contribuir a la generación de diseños institucionales innovadores y a políticas de integridad más efectivas.

Del relevamiento realizado a partir de la ENdI, 9 organismos de la administración centralizada y descentralizada, y 6 empresas con propiedad estatal han elaborado mapas de riesgos de integridad. De las empresas con participación estatal, mencionamos entre otras a AySA, Aerolíneas Argentinas y al Banco Hipotecario; respecto a los organismos de la administración central y descentralizada encontramos entre otros al Ministerio de Agricultura, Pesca, Ministerio de Desarrollo Productivo y Ministerio de Salud.





Por su parte, en el marco de la Estrategia Nacional de Integridad se han formalizado 14 compromisos específicos vinculados al desarrollo y/o fortalecimiento de mapas de riesgos de integridad. Estas actividades se han propuesto en empresas con participación estatal (Aerolíneas Argentinas, Intercargo, AySA, SOFSE, FASE); en organismos de la administración centralizada (Ministerio de Agricultura, Pesca y Ganadería, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable, el Ministerio de Desarrollo Productivo, el Ministerio de Seguridad y el Ministerio de Obras Públicas); y en ámbitos descentralizados y desconcentrados (CNV, INSSJP, IGJ y SENASA).

Registro de audiencias de gestión de intereses

El Registro Único de Audiencias de Gestión de Intereses es uno de los mecanismos fundamentales de acceso a la información pública y participación ciudadana de cumplimiento obligatorio para las y los funcionarios públicos de la Administración Pública Nacional, en virtud del Decreto 1172/2003. Las denominadas audiencias de gestión de intereses consisten en el encuentro con un sujeto obligado solicitado por personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, en el que el solicitante busca influir en las funciones y/o decisiones de cualquier organismo o funcionario que se encuentre bajo la jurisdicción del Poder Ejecutivo Nacional. Así, son sujetos obligados a registrar sus Audiencias de Gestión de Intereses todos aquellos funcionarios y funcionarias públicos cuya categoría sea equivalente o superior a Director General. Este Registro, en cabeza del Ministerio del Interior de la Nación, se sustenta en una plataforma electrónica en la que se centraliza el proceso de carga de las Audiencias de Gestión de Intereses de los sujetos obligados, siendo la información volcada en el Registro de acceso público para todas las personas.

La ENdI consultó acerca del cumplimiento del régimen de registro de audiencias en los organismos de la administración centralizada y descentralizada. De acuerdo a la información relevada, 64 jurisdicciones respondieron que promueven el cumplimiento del registro en sus organizaciones. Esto es, casi un 45% de los organismos encuestados. De ese universo, 18 son ministerios mientras que 46 pertenecen a organismos descentralizados. Cabe aclarar que esta pregunta no fue parte del cuestionario dirigido a las empresas con participación estatal dado que el régimen es aplicable únicamente a la Administración Pública Nacional.

Régimen de obsequios y viajes financiados por terceros

El Decreto 1179/16 aprobó el Régimen de Obsequios a Funcionarios Públicos, creando a su vez el Registro de Obsequios y Viajes Financiados por Terceros en el ámbito de la Oficina Anticorrupción. Su objetivo es preservar la imparcialidad de los funcionarios y, a tal fin, prohíbe recibir obsequios o el financiamiento de viajes que puedan viciar los procesos de toma de decisiones públicas. Este régimen es otra de las herramientas de la política de integridad en tanto permite prevenir irregularidades así como también dar cumplimiento por lo establecido por la Ley 25.188 de Ética en la Función Pública y el Código de Ética sobre la prohibición de recibir "beneficios" y "gratificaciones'' por parte del funcionariado. En su carácter de autoridad de aplicación, la OA administra ambos registros, los que se encuentran disponibles para su consulta pública por toda persona interesada de manera irrestricta.

La encuesta recepta la importancia de cumplir con el régimen por parte de las distintas jurisdicciones del Sector Público Nacional. Del relevamiento realizado, 19 ministerios y 79 organismos de la administración descentralizada respondieron que cumplen actualmente con lo dispuesto por el Decreto 1179/16. Es decir que casi un 70% del total de organismos de la Administración Pública Nacional que respondieron la ENdI afirman registrar los obsequios y viajes financiados por terceros en la plataforma de la OA.

En cuanto a las empresas con participación estatal, 26 de ellas respondieron que han desarrollado y aprobado regímenes para la aceptación de obsequios por parte del funcionariado público. Esto es, cerca del 57% de todas las entidades participantes de la encuesta. Vale aclarar que 14 de las 26 empresas públicas adhirieron al régimen establecido por el Decreto 1179/16, mientras que las restantes 12 respondieron que elaboraron un régimen propio para el registro de obsequios y viajes financiados por terceros.
                                              
1 La ENdI relevó información en Empresas con Participación Estatal Mayoritaria. Por lo tanto, al mencionar a las ECPEs en este todo este informe, nos referimos en particular a empresas en las que el Estado es propietario del 50% o más, del capital social.

2 Más allá de las respuestas obtenidas en la encuesta, la OA tiene relevado que cuentan con Enlace de Integridad: la Presidencia de la Nación, la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación y los 20 Ministerios del Gobierno Nacional. Por su parte, de los 174 organismos descentralizados que conforman la administración nacional (excluyendo a la Oficina Anticorrupción) 109 han designado un enlace propio, mientras que 15 "comparten" enlace con otro organismo de la misma jurisdicción. En total, 146 organismos cuentan con un referente sobre la temática. Vale aclarar que a octubre de 2019 tan solo 65 organismos tenían designado tal enlace. La diferencia entre los datos obtenidos por la encuesta y los relevados por la OA deben ser interpretados a la luz de que el universo de organismos y empresas respondentes a la encuesta es menor al relevado administrativamente por la OA.

3 Llama la atención la falta de respuesta a esta pregunta que permitan interpretar los datos vinculados a la cantidad de responsables de acceso a la información en el PEN de manera adecuada. En tanto identificamos que había una disparidad entre la cantidad de enlaces de integridad informados en la encuesta y los reportados administrativamente por la OA, se apuntó a verificar el dato sobre responsables de acceso a la información resultante de la encuesta con aquel administrativo reportado por la Agencia de Acceso a la Información Pública pero ese dato no se encuentra disponible en el Informe 2020 ni en la Memoria 2017-2020.

4 Algunas empresas refieren a la Decisión Administrativa 85/2018.


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