INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

Resolución 2255/2023

RESFC-2023-2255-APN-DI#INAES

Ciudad de Buenos Aires, 20/05/2023

VISTO el EX-2023-53265895- -APN-MGESYA#INAES, y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES), organismo descentralizado de la Jefatura de Gabinete de Ministros, es la autoridad de aplicación del régimen legal en materia de mutuales y cooperativas en los términos de las Leyes Número 19.331, 20.321, 20.337, Decreto N.º 420/96, sus modificatorios y complementarios.

Que su misión principal es concurrir a la promoción de las cooperativas y mutuales en todo el territorio nacional, a cuyo efecto otorga su personería jurídica, ejerce el control público y favorece su desarrollo.

Que mediante la Resolución INAES N.° 1305/2023 se aprobó el Programa Anual del Instituto para el presente ejercicio y se establecieron los lineamientos transversales y programas estratégicos a fin de instruir a las áreas correspondientes para que coordinen y conduzcan el desarrollo de acciones en las diferentes materias.

Que uno de los programas estratégicos de este año es el de “Cultura y Comunicación”, basado en la promoción de las industrias culturales y los medios comunitarios desde el espíritu cooperativo y mutual como una forma de organización del trabajo y del vínculo con la sociedad en su conjunto.

Que este Instituto Nacional ha celebrado un Convenio Marco de Colaboración con el Ministerio de Cultura de la Nación con el objeto de articular acciones para perfeccionar los instrumentos normativos que favorezcan la acción cooperativa en el marco de las industrias culturales.

Que por lo expuesto, resulta oportuna la creación de una Unidad de Vinculación con Medios Cooperativos y Mutuales en la órbita de la Presidencia de este Instituto que permitirá fortalecer y ordenar desde el asociativismo un abordaje a las demandas del universo de las industrias culturales y de la comunicación.

Que la presente medida no implica cambios en la estructura orgánica funcional, ni asignación de recursos extraordinarios.

Que el Servicio Jurídico Permanente ha tomado la intervención de su competencia.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 19.331, 20.321, 20.337 y los Decretos Nros. 420/96, 723/96, 721/00 y 1192/02,

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Créase la UNIDAD DE VINCULACIÓN CON MEDIOS COOPERATIVOS Y MUTUALES en la órbita de Presidencia de este Instituto Nacional, la cual tendrá las acciones establecidas en el Anexo I identificado como IF-2023-54875891-APN-PI#INAES, que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2°: Déjase establecido que la presente no implica cambios en la estructura orgánica funcional, ni asignación de recursos extraordinarios y contribuye a la optimización funcional de las políticas públicas que lleva adelante el Poder Ejecutivo Nacional.

ARTÍCULO 3º: Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, oportunamente, archívese.

Ariel Guarco - Fabian Brown - Zaida Chmaruk - Nahum Mirad - Alejandro Russo - Alexandre Roig

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 29/05/2023 N° 38832/23 v. 29/05/2023

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)


ACCIONES DE LA UNIDAD DE VINCULACIÓN CON MEDIOS COOPERATIVOS Y MUTUALES

La Unidad de Vinculación con Medios Cooperativos y Mutuales tendrá a su cargo las siguientes acciones:

1. Promover la articulación con medios cooperativos y mutuales en el abordaje de problemáticas y elaboración de proyectos de políticas públicas y normativa diseñada e implementada por el INAES.

2. Promover la elaboración de proyectos tendientes al dictado de legislación destinada al desarrollo económico-productivo tradicional de los medios que adopten las figuras cooperativas o mutuales.

3. Brindar asistencia técnica y/o jurídica a los medios comunitarios durante el proceso de conformación como cooperativas o mutuales, así como a las entidades ya existentes que estén conformadas y/o representen a los medios cooperativos y mutuales.

4. Promover la elaboración de programas de capacitación vinculados a los medios cooperativos y mutuales.

5. Generar espacios de interacción e intercambio con universidades y grupos de investigación orientados a los medios comunitarios en Argentina y el mundo.