SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
Resolución 471/2023
RESOL-2023-471-APN-PRES#SENASA
Ciudad de Buenos Aires, 23/05/2023
VISTO el Expediente N° EX-2018-47931418- -APN-DNTYA#SENASA; la Ley N°
27.233; los Decretos Nros. 434 del 1 de marzo de 2016 y
DECTO-2017-891-APN-PTE del 1 de noviembre de 2017; las Resoluciones
Nros. RESOL-2017-381-APN-MA del 28 de noviembre de 2017 del
ex-MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y RESOL-2019-26-APN-PRES#SENASA del 11
de enero de 2019 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N° RESOL-2017-381-APN-MA del 28 de noviembre
de 2017 del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA se establece que toda
norma del citado ex-Ministerio y de sus entes descentralizados, que se
dicte a partir de la suscripción de la referida resolución e imponga
obligaciones a los administrados, deberá establecer expresamente un
plazo de vigencia que no podrá exceder los CUATRO (4) años, el que
podrá ser prorrogado por única vez, bajo decisión fundada de la
Autoridad Competente con rango no inferior a Subsecretario o asimilable.
Que, en tal contexto, se dicta la Resolución Nº
RESOL-2019-26-APN-PRES#SENASA del 11 de enero de 2019 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA por la cual se aprueba la
implementación del Sistema Pesca para la carga de los datos
estadísticos por parte de los establecimientos pesqueros terrestres
habilitados por este Servicio Nacional.
Que mediante la utilización del aludido sistema, los establecimientos
pesqueros terrestres habilitados por el mencionado Organismo deben
suministrar la información requerida en formato electrónico.
Que la información obtenida de los datos estadísticos cargados en el
referido sistema permite controlar el movimiento de ingreso/egreso y
stock de productos de la pesca en los establecimientos y, de este modo,
determinar la cantidad de mercadería que eventualmente se podrá
certificar, así como también posibilita garantizar la trazabilidad de
los productos.
Que, asimismo, la implementación de dicho sistema permite generar la
estadística mensual en la cual consta la entrada de mercadería, la
elaboración de productos, el ingreso de otros establecimientos y la
salida de productos elaborados.
Que tanto el Sistema Pesca como el Manual de Usuario, donde se incluye
el procedimiento de la carga de datos estadísticos, se encuentran
plenamente operativos y, en razón de los buenos resultados emergentes
de su ejecución, corresponde prorrogar la vigencia de la aludida
Resolución N° RESOL-2019-26-APN-PRES#SENASA.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es competente para dictar el presente acto
administrativo en virtud de lo dispuesto en el Artículo 8°, incisos e)
y f), del Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre 1996 y sus
modificatorios.
Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prórroga. Se prorroga por el término de CUATRO (4) años
la vigencia de la Resolución N° RESOL-2019-26-APN-PRES#SENASA del 11 de
enero de 2019 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA.
ARTÍCULO 2°.- Incorporación. Se incorpora la presente resolución al
Libro Tercero, Parte Primera, Título IV, Capítulo III, Sección 3ª del
Índice Temático del Digesto Normativo del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD
Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, aprobado por la Resolución Nº 401 del 14 de
junio de 2010 y sus complementarias Nros. 800 del 9 de noviembre de
2010 y 445 del 2 de octubre de 2014, todas del citado Servicio Nacional.
ARTÍCULO 3°.- Vigencia. La presente resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Diana Guillen
e. 29/05/2023 N° 38676/23 v. 29/05/2023