ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
Resolución 388/2023
RESFC-2023-388-APN-D#APNAC
Ciudad de Buenos Aires, 24/05/2023
VISTO el Expediente EX-2023-45856163-APN-DGA#APNAC del registro de la
ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, las Leyes Nros. 22.351 de Parques
Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales, y sus
modificatorias, y 27.701 de Presupuesto General de la Administración
Nacional para el Ejercicio 2023, el Decreto N° 647 de fecha 16 de
septiembre de 2022, las Decisiones Administrativas N° 1.057 de fecha 20
de octubre de 2022, N° 1.091 de fecha 1 de noviembre de 2022, y la N°
242 de fecha 28 de marzo de 2023, la Resolución Conjunta de la
Secretaría de Gestión y Empleo Público y ADMINISTRACIÓN DE PARQUES
NACIONALES RESFC-2023-9-APN-APNAC#MAD de fecha 14 de abril de 2023, la
Resolución RESFC-2023-266-APN-D#APNAC del Directorio de fecha 21 de
abril de 2023, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 27.701 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023.
Que por la Decisión Administrativa N° 1.057/2022 se exceptuó a la
ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado
actuante en la órbita del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SOSTENIBLE, de lo previsto en el Artículo 7º de la Ley Nº 27.591,
prorrogada por el Decreto Nº 882/2021, al solo efecto de posibilitar la
cobertura de CIENTO TRES (103) cargos vacantes y financiados
correspondientes al Agrupamiento Guardaparques del Cuerpo de
Guardaparques Nacionales, categoría G-2 - Guardaparque Asistente.
Que por el Decreto Nº 647 se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Cuerpo de Guardaparques Nacionales de la ADMINISTRACIÓN
DE PARQUES NACIONALES entre el Estado Empleador y los Sectores
Gremiales, acordado en las Actas Acuerdo de fechas 21 de junio y 21 de
julio, ambas de 2022, obrantes en el Anexo
IF-2022-77228023-APN-DNRYRT#MT, por el que se establece un nuevo
régimen de carrera para dicho personal.
Que el Artículo 29 del referido Convenio, indica que el régimen de
selección para el ingreso a la carrera y la promoción de categorías en
los Agrupamiento Técnico y Agrupamiento de Conservación Territorial,
será establecido por el Estado empleador de conformidad con lo
dispuesto en el Capítulo III del Título VI del Convenio Colectivo de
Trabajo General, previa consulta a las entidades sindicales signatarias.
Que dicho Convenio estableció un nuevo régimen de carrera que comprende
dos Agrupamientos y diferentes categorías escalafonarias según el tipo
de función o puesto de trabajo, a saber Agrupamiento Técnico y
Agrupamiento de Conservación Territorial.
Que mediante la Decisión Administrativa Nº 1.091/2022 se modificó el
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2022 – Recursos Humanos, de acuerdo con el detalle obrante en las
Planillas Anexas (IF-2022-99606258-APN-DGRH#APNAC) a los fines del
reencasillamiento del personal de conformidad al Convenio Colectivo
dispuesto mediante la Resolución del Directorio
RESF-2022-806-APN-D#APNAC de fecha 4 de noviembre de 2022.
Que por la Decisión Administrativa N° 4 de fecha 10 de enero de 2023 se
determinaron los Recursos y Créditos Presupuestarios correspondientes a
la Ley N°27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional
para el Ejercicio 2023.
Que por el Artículo 2° de la Decisión Administrativa N° 242/2023 se
modificó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el
Ejercicio 2023 – Recursos Humanos, de acuerdo con el detalle obrante en
las Planillas Anexas (IF-2023-29284509-APN-SSP#MEC), adecuando el
Programa 19 de Recursos Humanos, según lo dispuesto en el nuevo
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Cuerpo de Guardaparques
Nacionales, homologado por el Decreto N° 647 de fecha 16 de septiembre
de 2022, por lo que se encuentran descongelados y vacantes TREINTA Y
CINCO (35) cargos del Agrupamiento Técnico Categoría GT-2
Que al efecto de continuar con el proceso de incorporación continuo del
personal Guardaparques a las distintas áreas protegidas, resulta
necesario realizar un nuevo llamado a convocatoria al proceso de
selección y llamado a inscripción de postulantes para la cobertura de
TREINTA Y CINCO (35) vacantes del Agrupamiento Técnico del Cuerpo de
Guardaparques Nacionales, Categoría GT-2.
Que conforme a lo indicado en el Artículo 29 del Anexo
IF-2022-77228023-APN-DNRYRT#MT al Decreto Nº 647/2022, mediante la
Resolución Conjunta de la Secretaría de Gestión y Empleo Público y la
ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES RESFC-2023-9-APN-APNAC#MAD de
fecha 14 de abril de 2023, se aprobó el “RÉGIMEN DE SELECCIÓN PARA EL
INGRESO AL AGRUPAMIENTO DE CONSERVACIÓN TERRITORIAL Y AL AGRUPAMIENTO
TÉCNICO DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES”
Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 39 del “RÉGIMEN DE
SELECCIÓN PARA EL INGRESO AL AGRUPAMIENTO DE CONSERVACIÓN TERRITORIAL Y
AL AGRUPAMIENTO TÉCNICO DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES” ,
mediante el Artículo 2º de la Resolución RESFC-2023- 266-APN-D#APNAC
del Directorio de fecha 21 de abril de 2023 se aprobó la Currícula
Teórica – Práctica (Plan de Estudios) correspondiente a la ETAPA 6 del
referido Régimen de Selección denominada “CURSO DE HABILITACIÓN PARA
GUARDAPARQUES TÉCNICOS DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES”.
Que asimismo, por el Artículo 3º de la Referida Resolución se aprobó el
Régimen de Calificaciones, Condiciones de Cursado, Asistencia y
Disciplina del Curso de Habilitación para el “Agrupamiento de
Conservación Territorial” y para el “Agrupamiento Técnico” bajo el
Anexo IF-2023-44284954-APN-DCYD#APNAC.
Que resulta necesario dar inicio al proceso de Selección para el “CURSO
DE HABILITACIÓN PARA AGRUPAMIENTO TÉCNICO CATEGORÍA GT-2 con el objeto
de seleccionar postulantes para ocupar TREINTA Y CINCO (35) cargos de
la categoría Guardaparque CT-2 del Agrupamiento Técnico del Cuerpo de
Guardaparques Nacionales
Que a fin de sustanciar el procedimiento correspondiente para la
cobertura de los cargos mencionados, conforme los Artículos 8° y 14 del
precitado Régimen de Selección, resulta necesario integrar el Comité de
Selección y designar el Coordinador Concursal y su alterno.
Que por su parte la Coordinación Concursal tiene entre sus
responsabilidades, las de impulsar el proceso de selección para
concluirlo dentro de los plazos previstos, labrar el acta en ocasión de
la Evaluación de Antecedentes de Formación y Laborales y coordinar las
acciones necesarias para la consecución de las etapas del proceso.
Que en tal sentido y conforme a lo dispuesto en la referida Resolución
del Directorio RESFC-2023-9- APNAC#MAD de fecha 14 de abril de 2023, en
su Artículo 5°, la convocatoria y el llamado a inscripción deben ser
publicados por el término de UN (1) día en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA, en la Cartelera Pública Central de Ofertas de
Empleo Público de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y en la
Carteleras disponibles en cada una de las sedes de la ADMINISTRACIÓN DE
PARQUES NACIONALES.
Que las Direcciones Generales de Recursos Humanos y de Asuntos
Jurídicos y la Dirección de Presupuesto y Control de Gestión han tomado
las intervenciones de sus competencias.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por el Artículo 23, inciso f), u) e y) de la Ley Nº 22.351.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Iníciese el proceso de selección para la cobertura de
TREINTA Y CINCO (35) cargos vacantes y financiados de la planta
permanente Categoría Guardaparque GT-2 del Agrupamiento Técnico del
Cuerpo de Guardaparques Nacionales de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES
NACIONALES, organismo descentralizado actuante en la órbita del
MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE detallados en el Anexo
IF-2023-57737321-APN-DCYD#APNAC, que forma parte integrante de la
presente medida, de conformidad con el Régimen de Selección para el
ingreso a la planta permanente del Agrupamiento de Conservación
Territorial y al Agrupamiento Técnico del Cuerpo de Guardaparques
Nacionales aprobado por el Artículo 1° de la Resolución Conjunta de la
Secretaría de Gestión y Empleo Público y ADMINISTRACIÓN DE PARQUES
NACIONALES RESFC-2023-9-APN-APNAC#MAD de fecha 14 de abril de 2023
conforme lo establecido en los Considerandos de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.-Determínase que el proceso de selección para la cobertura
de los cargos del Agrupamiento Técnico del Cuerpo de Guardaparques
Nacionales Categoría Guardaparque GT-2, será realizado por convocatoria
abierta y mediante el Régimen de Selección para el ingreso a la planta
permanente del Agrupamiento de Conservación Territorial y al
Agrupamiento Técnico del Cuerpo de Guardaparques Nacionales aprobado
por el Artículo 1° de la Resolución Conjunta de la Secretaría de
Gestión y Empleo Público y ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESFC-2023-9-APN-APNAC#MAD de fecha 14 de abril de 2023 conforme lo
establecido en los Considerandos de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- Desígnanse a los integrantes del Comité de Selección para
la cobertura de los cargos mencionados en el Artículo 1° de la presente
a las personas que figuran en el Anexo IF-2023-56791377-APN-DCYD#APNAC,
de acuerdo con lo previsto en el Artículo 8° del Régimen de Selección
aprobado por cuyos antecedentes laborales y de formación se encontrarán
disponibles en la página Web de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.
ARTÍCULO 4°.- Designase a la Sra. María Roxana DERRUDI (M.I N°
34.586.534) como Coordinadora Concursal Titular y a la Sra. Daniela
Guillermina SEQUEIRA (M.I. N° 30.815.103) como Coordinadora Concursal
Alterna para los Comités.
ARTÍCULO 5°.- Invítase a la UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN
(UPCN), a la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE), al MINISTERIO
DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD, y al MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL para que designen a sus veedores en los
términos de los Artículos 4° y 17 del Reglamento aprobado por la
Resolución mencionada ut supra.
ARTÍCULO 6°.- Determínase que por el Departamento de Mesa General de
Entradas, Salidas y Notificaciones se notifique en legal forma a la
UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN (UPCN), a la ASOCIACIÓN DE
TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE), al MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y
DIVERSIDAD, MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y
Secretaría de Gestión y Empleo Público de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS. Cumplido, y con las debidas constancias, gírense las
actuaciones a la Dirección General de Recursos Humanos a sus efectos.
ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Virginia Laura Gassibe - Claudio David Gonzalez - Francisco Luis Gonzalez Taboas - Natalia Gabriela Jauri - Federico Granato
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 30/05/2023 N° 39150/23 v. 30/05/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)