MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 700/2023
RESOL-2023-700-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 24/05/2023
Visto el expediente EX-2023-37207420- -APN-DGDA#MEC, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del Plan
de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2023 formulado por Playas
Ferroviarias de Buenos Aires Sociedad Anónima, actuante en el ámbito
del Ministerio de Transporte.
Que la ley 24.156, contiene en el capítulo III del título II, el
Régimen Presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes
Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la Oficina
Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto
de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, sobre la
medida propiciada.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta resolución se dicta en virtud de las facultades previstas en
el artículo 49 de la ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1344 del
4 de octubre de 2007.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el
ejercicio 2023 de Playas Ferroviarias de Buenos Aires Sociedad Anónima,
actuante en el ámbito del Ministerio de Transporte, de acuerdo con el
detalle obrante en los anexos I (IF-2023-57009415-APN-SSP#MEC) y II
(IF-2023-48422875-APN-SSP#MEC), que integran esta medida.
ARTÍCULO 2º.- Estímanse en la suma de cuatrocientos ochenta y seis
millones trescientos cincuenta y siete mil seiscientos noventa y tres
pesos ($ 486.357.693) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de
trescientos ochenta y seis millones ochocientos doce mil seiscientos
cincuenta y seis pesos ($ 386.812.656) los gastos de operación, y como
consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (Ganancia de
Operación) estimado en la suma de noventa y nueve millones quinientos
cuarenta y cinco mil treinta y siete pesos ($ 99.545.037), de acuerdo
con el detalle que figura en las planillas del anexo II
(IF-2023-48422875-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 3º.- Estímanse en la suma de mil cincuenta y ocho millones
novecientos sesenta y un mil cuatrocientos cuarenta y un pesos
($1.058.961.441) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de
cuatrocientos trece millones setecientos veintiocho mil seiscientos
cuarenta pesos ($ 413.728.640) los gastos corrientes, y como
consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (Ahorro) estimado
en la suma de seiscientos cuarenta y cinco millones doscientos treinta
y dos mil ochocientos un pesos ($ 645.232.801), de acuerdo con el
detalle que figura en las planillas del anexo II
(IF-2023-48422875-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 4º.- Estímanse en la suma de ciento dieciséis millones
cuatrocientos cuarenta y dos mil cuatrocientos sesenta y cuatro pesos
($ 116.442.464) los recursos de capital y fíjanse en la suma de mil
setecientos sesenta y cuatro millones setecientos cincuenta y seis mil
setecientos cuarenta y tres pesos ($ 1.764.756.743) los gastos de
capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado
Económico establecido en el artículo 3º de la presente resolución,
estímase el Resultado Financiero (Déficit) para el ejercicio 2023, en
la suma de mil tres millones ochenta y un mil cuatrocientos setenta y
ocho pesos ($ 1.003.081.478), de acuerdo con el detalle que figura en
las planillas del anexo II (IF-2023-48422875-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Sergio Tomás Massa
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 30/05/2023 N° 39204/23 v. 30/05/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)