MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

Resolución 200/2023

RESOL-2023-200-APN-MAD

Ciudad de Buenos Aires, 29/05/2023

VISTO el Expediente EX-2023-06778005-APN-DGAYF#MAD del Registro del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, las Leyes Nº 26.331 y 27.270, el Decreto N° 91 del 13 de febrero de 2009 y la Resolución Nº 424 de fecha 4 de marzo de 2020 del CONSEJO FEDERAL DE MEDIO AMBIENTE y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 26.331 de Presupuestos Mínimos para la Protección Ambiental de los Bosques Nativos y su Decreto Reglamentario N° 91/2009 establecen los presupuestos mínimos de protección ambiental para el enriquecimiento, la restauración, conservación, aprovechamiento y manejo sostenible de los bosques nativos, y de los servicios ambientales que éstos brindan a la sociedad.

Que mediante la Ley Nº 26.331 y su Decreto Reglamentario Nº 91/2009 se creó el FONDO NACIONAL PARA EL ENRIQUECIMIENTO Y LA CONSERVACIÓN DE LOS BOSQUES NATIVOS, el cual tiene entre otros objetivos, compensar a las jurisdicciones que conservan los bosques nativos, por los servicios ambientales que éstos brindan.

Que es objetivo de la Ley fomentar las actividades de enriquecimiento, conservación, restauración, mejoramiento y manejo sostenible de los bosques nativos, promoviendo la conservación mediante el Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos.

Que el Artículo 11 de la Ley Nº 26.331 establece que será Autoridad de Aplicación en jurisdicción nacional la ex Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, actual MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE.

Que mediante el Articulo 12 de la mencionada norma, se creó el Programa Nacional de Protección de los Bosques Nativos, ejecutado por la Autoridad de Aplicación, enumerando dicho artículo los objetivos del citado Programa.

Que la Dirección Nacional de Bosques, en el marco de las competencias conferidas a partir de su creación y de las derivadas por la plena vigencia de la Ley Nacional N° 26.331, como Autoridad Nacional de Aplicación, se encuentra en un proceso de modificación y fortalecimiento de su estrategia de intervención. Impulsada principalmente por la maduración general de implementación de la Ley de Bosques, reflejada en el crecimiento exponencial de la asignación de fondos del Presupuesto Nacional y el reconocimiento internacional a las buenas prácticas y consecuentes resultados en la estrategia de mitigación del cambio climático, derivadas también de la propia ley de bosques, y reflejadas en la aprobación del primer Proyecto Basado en los Resultado para la Argentina del Fondo Verde para el Clima que hoy se encuentra en ejecución desde la Dirección Nacional de Bosques y en colaboración con la Organización de las Naciones Unidades para la Agricultura y la Alimentación (FAO).

Que en el marco de la Ley N° 26.331, la REPUBLICA ARGENTINA presentó ante la Convención de Marco de Naciones Unidas para el Cambio Climático (CMNUCC) su “Estrategia Nacional de Reducción de Emisiones por Deforestación y Degradación Forestal” (REDD+) bajo en nombre de “Plan de Acción Nacional de Bosques y Cambio Climático (PANByCC)”.

Que la estrategia nacional REDD+ citada en el considerando precedente, contribuirá al compromiso que nuestro país asumió en el marco del Acuerdo de París, aprobado por la Ley N° 27.270, mediante su Contribución Nacional Determinada (NDC, por sus siglas en inglés) actualizada en el año 2021.

Que en el Anexo Técnico de REDD+ del Tercer Informe Bienal de Actualización de Gases de Efecto Invernadero de la REPÚBLICA ARGENTINA presentado a la CMNUCC, nuestro país logró acreditar reducción de emisiones forestales para el periodo 2014-2016.

Que en marzo de 2020 el MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE a través de la Organización de Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO por sus siglas en inglés) presentó el perfil de Propuesta de Financiamiento para ser presentada ante el Programa Piloto de Pagos Basados en Resultados REDD+ al Fondo Verde del Clima ante el Consejo Federal de Ambiente (COFEMA), indicando la distribución de beneficios y los arreglos de implementación.

Que el Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA) mediante Resolución N°424 de fecha 04 de marzo de 2020, declaró de interés federal ambiental la preparación de la propuesta de financiamiento.

Que el 13 de noviembre de 2020 en la 27º Junta del Fondo Verde para el Clima, se aprobó el proyecto Pagos Basados en Resultados REDD+ Argentina para el Periodo 2014-2016 en el marco del Programa Piloto de Pagos Basados en Resultados del mencionado fondo, por un monto de OCHENTA Y DOS MILLONES DE DÓLARES ESTADOUNIDENSES (U$S 82.000.000.-) los que son co-ejecutados entre el MINISTERIO DE AMBIENTE y DESARROLLO SOSTENIBLE y la FAO a través de un Acuerdo de Socios Operacionales (OPA por sus siglas en inglés).

Que el mencionado proyecto incluye entre sus actividades la creación del Programa Nacional de Extensión Forestal de los Bosques Nativos (PNEFBN).

Que el Programa Nacional de Extensión se complementa con financiamiento del Programa Nacional de Protección de Bosques Nativos.

Que el Programa Nacional de Extensión Forestal de los Bosques Nativos, busca garantizar el crecimiento técnico y el fortalecimiento de las capacidades de los agentes extensión territorial, manteniendo actualizado a todo el personal de la Dirección Nacional de Bosques en todo lo inherente a los aspectos de implementación de la Ley N° 26.331 en las distintas jurisdicciones.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE ha tomado intervención en el ámbito de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades comprendidas en virtud del artículo 23 octies de la Ley N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438 de fecha 12 de marzo de 1992), el Decreto N° 7 de fecha 10 de diciembre de 2019 y del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.

Por ello,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. - Créase el “Programa Nacional de Extensión Forestal de los Bosques Nativos” (PNEFBN), conforme a los fundamentos, objetivos y acciones que constan en el ANEXO I (IF-2023-19400038-APNDNB#MAD) que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°. - La implementación del Programa estará a cargo de la DIRECCIÓN NACIONAL DE BOSQUES dependiente de la SECRETARÍA DE POLÍTICA AMBIENTAL EN RECURSOS NATURALES del MINISTERIO DE AMBIENTE y DESARROLLO SOSTENIBLE.

ARTÍCULO 3°. – La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 4°. - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Cabandie

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 31/05/2023 N° 39815/23 v. 31/05/2023

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)



Anexo I

Programa Nacional de Extensión Forestal de los Bosques Nativos

Fundamentación:

La Ley de Bosques está actualmente en un periodo de cambios y crecimiento, con políticas forestales que se enfocan en lograr el desarrollo forestal con inclusión social como principal estrategia de conservación y en un momento donde emergen nuevas estrategias técnicas y financieras.

El MAyDS se ha propuesto como desafío alcanzar un desarrollo territorial libre de deforestación con inclusión social; con una propuesta metodológica con y desde el territorio a través de una multiplicación de interacciones coordinadas con un número considerable de actores nacionales, regionales, provinciales y comunales. Con esta estrategia, se busca disminuir las brechas entre los instrumentos de la política pública, los bosques y quienes los habitan. Es en este marco que surge el Programa Nacional de Extensión Forestal, quien a través de sus agentes territoriales debe contribuir a alcanzar estos desafíos alineados con los objetivos del Proyecto Pago por Resultados de REDD+ de la Argentina para el período 2014-2016 (GCP/ARG/029/GCF), el Proyecto Fortalecimiento de las capacidades institucionales para la implementación del Programa Nacional de Protección de los Bosques Nativos (PNUD ARG 20/001) y otros instrumentos técnicos financieros disponibles para la mejora de la política forestal nacional.

A pesar de que se puedan suponer similares, la extensión forestal presenta particularidades y objetivos diferentes a los que tradicionalmente ha tenido la extensión rural en Argentina, basada en general en los modelos de desarrollo agropecuarios.

La extensión forestal es entendida, como conjunto multidisciplinario (facilitador, mediador, educador, capacitados comunicador, tecnólogo) que propende gestionar capacidades humanas, conceptuales y metodológicas para alcanzar los resultados deseados del desarrollo forestal de zonas rurales de influencia del Bosque Nativo.

La extensión forestal en este Programa se define como un proceso sistemático de intercambio de ideas, conocimientos y técnicas que da lugar a cambios de actitudes, prácticas, conocimientos, valores y comportamiento destinados a mejorar la ordenación de bosques y que comprende todas o algunas de las siguientes funciones: Diagnóstico de la situación; Transmisión directa o indirecta de asesoramiento, conocimiento o desarrollo de capacidades técnicas, educación y sensibilización; Información retrospectiva y análisis de las reacciones y efectos de la población local; Creación de vínculos entre los distintos tipos de organizaciones; Seguimiento y evaluación.6

Objetivos

El objetivo general del Programa es promover el desarrollo territorial a través del uso sostenible de los bosques nativos, en el marco las estrategias de la Dirección Nacional de Bosques para la mitigación del cambio climático, compatibilizando el desarrollo social con el mantenimiento de las funciones y servicios ecosistémicos de los Bosques Nativos.

Como objetivos específicos se encuentran:

• Promover y desarrollar acciones para reducir la deforestación y la degradación de bosques nativos.

• Fomentar prácticas de manejo y conservación (adaptadas a los entornos regionales) de los bosques nativos que incluyan la generación de empleo, la diversificación productiva y la provisión de servicios ecosistémicos bajo una estrategia de mitigación del cambio climático.

• Fortalecer las capacidades y el accionar de la DNB a nivel territorial, para la implementación de políticas e instrumentos vinculados a la gestión de la 26.331 (Ley de Bosques).

• Liderar la participación de la DNB en los diferentes espacios de interacción interinstitucional (mesas de trabajo, comités técnicos regionales o provinciales y otros) requeridos para la correcta implementación de las actividades encomendadas por las políticas de la Dirección Nacional de Bosques, incluidas las vinculadas al Proyecto.

Destinatarios

El programa se encuentra diseñado para asistir a tres tipos distintos de actores claves vinculados a la implementación de la Ley de Bosques:

• Autoridades Locales de Aplicación (ALA).

• Los tenedores y habitantes de los bosques nativos.

• Técnicos que intervienen en el uso y la conservación del Patrimonio Forestal Nativo.

Principales líneas de trabajo y tipo de actividades incluidas en el Programa

Dentro de las principales actividades a desarrollar desde el Programa se identifican:

• Fortalecimiento institucional de las Autoridades Locales de Aplicación de la Ley de Bosques.

• Promoción y asistencia técnica de prácticas de manejo forestal sostenible compatibles con los distintos instrumentos de la Ley de Bosques incluidos los Planes de Manejo y Conservación en todas sus formas.

• Promoción y fiscalización de Planes de Manejo y Conservación de la Ley de Bosques.

o Cuencas Forestales

o Planes Integrales Comunitarios

o Manejo de Bosque con Ganadería Integrada

o Prevención de Incendios

o Restauración

o Especies maderables CITES en Bosques Nativos

• Asistencia en la fiscalización de procesos de actualización de los Ordenamientos Territoriales de los Bosques Nativos.

• Asistencia territorial y Monitoreo al Sistema de Alerta Temprana de deforestación.

• Apoyo a la elaboración de la información de estadística forestal.

• Asistencia territorial y monitoreo de programas y proyectos impulsados por la Dirección Nacional de Bosques, entre ellos:

o Programa de Productoras de Bosques Nativos

o Programa +Ciencia +Bosques

o Programa de Restauración de Bosques Nativos de áreas afectadas por incendios forestales

o Programa de promoción de productos forestales no madereros

o Programa de mejora continua de acceso a los mercados de productos de los bosques nativos

Estas líneas de trabajo se abordan a través de distintos instrumentos y actividades en función del tipo del actor con el cuál se trabaja, el alcance territorial de cada Unidad Regional de Extensión Forestal y los acuerdos institucionales alcanzados.

Dentro de estos se encuentran:

a. Actividades de vinculación institucional y participación en mesas de trabajo interinstitucionales.

b. Prácticas de difusión y sensibilización de los distintos instrumentos de la política forestal y manejo forestal sostenible.

c. Capacitaciones.

d. Asistencias técnicas por demanda espontánea.

e. Asistencia técnica a partir marcos de trabajo específicos. De manera transversal, todas estas acciones cuentan con un abordaje de la perspectiva de género en búsqueda de la obtención de la equidad. Esta transversalidad es articulada de manera directa con la Coordinación de Género y Participación del Proyecto.

En el mismo sentido el personal de extensión forestal oficia de promotor y fiscalizador de las medidas de salvaguardas ambientales y sociales que estas actividades requieran para su correcto desarrollo.

Forma parte del Programa Nacional de Extensión Forestal el Programa de formación continua de trabajadores y trabajadoras de la Dirección Nacional Bosques, entendiendo a este como un proceso de formación multidireccional que busca brindar las herramientas necesarias para que las y los agentes de la Dirección Nacional de Bosques involucrados de diferente manera en la gestión integral de la Ley de Bosques (Ley 26.331), puedan desempeñarse correctamente y favorecer el logro de los resultados esperados a través de un espacio de formación continua.

Este programa de formación continua busca además de garantizar el crecimiento técnico y fortalecimiento de capacidades de los agentes extensión territorial, mantener actualizado a todo el personal de la Dirección Nacional de Bosques en todo lo inherente a los aspectos de implementación de la Ley 26.331 en las distintas jurisdicciones.

Unidades Regionales de Extensión Forestal (URE): alcance territorial y composición

Para el logro de los objetivos mencionados y las tareas a desarrollar desde el Programa, y en base la experiencia adquirida por la Dirección Nacional de Bosques a partir de antecedentes como los Nodos Forestales de Monitoreo de Bosques o las Unidades Ejecutoras Locales de Proyectos precedentes, es que se propone la conformación de 9 Unidades Regionales de Extensión Forestal integrados por trabajadores y trabajadoras de la DNB con alcance territorial en 23 jurisdicciones provinciales.

Cada URE se encuentra basada en territorios de influencia de los bosques nativos y cuenta con un equipo de extensionistas con perfiles técnico ambiental o forestal, social y administrativo. La composición final de cada equipo, los medios materiales requeridos y la locación de cada técnico u oficina se define en base a:

• La cantidad y tipo de demanda prevista de actividades de cada región.

• Disposición territorial de las zonas de influencia de los Bosques Nativos en cada región (dispersión o concentración).

• Cantidad de jurisdicciones en la zona de influencia de cada URE.

La distribución inicial de las URE para asistir a las 23 jurisdicciones es la siguiente:

• URE 1: Tierra del Fuego y Santa Cruz.

• URE 2: Chubut, Neuquén y Río Negro.

• URE 3: Buenos Aires, Córdoba y La Pampa

• URE 4: Catamarca, La Rioja, Mendoza, San Juan, San Luis

• URE 5: Corrientes, Entre Ríos, Misiones

• URE 6: Santa Fe, Santiago del Estero y Tucumán

• URE 7: Chaco

• URE 8: Formosa

• URE 9: Jujuy y Salta

Esta distribución puede requerir de ajustes tanto en base a la dinámica de implementación de la Ley 26.331, como a la dinámica propia que adquieran los distintos programas y proyectos que forman parte de la política forestal del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación. Todos estos ajustes serán integrados en el Documento Técnico de implementación del Programa.

Financiamiento del Programa Nacional de Extensión Forestal

Si bien, el Pago por Resultados de REDD+ de la Argentina para el período 2014-2016 (GCP/ARG/029/GCF) forma parte central del financiamiento del Programa, este cuenta con la integración de múltiples formas de financiamiento e integra tanto recursos financieros como técnicos de las diversas fuentes disponibles por parte del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Todos los aportes tanto financieros como en especies formará parte de los reportes anuales de gestión.