MINISTERIO
DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Resolución 200/2023
RESOL-2023-200-APN-MAD
Ciudad de Buenos Aires, 29/05/2023
VISTO el Expediente EX-2023-06778005-APN-DGAYF#MAD del Registro del
MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, las Leyes Nº 26.331 y
27.270, el Decreto N° 91 del 13 de febrero de 2009 y la Resolución Nº
424 de fecha 4 de marzo de 2020 del CONSEJO FEDERAL DE MEDIO AMBIENTE y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 26.331 de Presupuestos Mínimos para la Protección
Ambiental de los Bosques Nativos y su Decreto Reglamentario N° 91/2009
establecen los presupuestos mínimos de protección ambiental para el
enriquecimiento, la restauración, conservación, aprovechamiento y
manejo sostenible de los bosques nativos, y de los servicios
ambientales que éstos brindan a la sociedad.
Que mediante la Ley Nº 26.331 y su Decreto Reglamentario Nº 91/2009 se
creó el FONDO NACIONAL PARA EL ENRIQUECIMIENTO Y LA CONSERVACIÓN DE LOS
BOSQUES NATIVOS, el cual tiene entre otros objetivos, compensar a las
jurisdicciones que conservan los bosques nativos, por los servicios
ambientales que éstos brindan.
Que es objetivo de la Ley fomentar las actividades de enriquecimiento,
conservación, restauración, mejoramiento y manejo sostenible de los
bosques nativos, promoviendo la conservación mediante el Ordenamiento
Territorial de los Bosques Nativos.
Que el Artículo 11 de la Ley Nº 26.331 establece que será Autoridad de
Aplicación en jurisdicción nacional la ex Secretaria de Ambiente y
Desarrollo Sustentable de la Nación, actual MINISTERIO DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SOSTENIBLE.
Que mediante el Articulo 12 de la mencionada norma, se creó el Programa
Nacional de Protección de los Bosques Nativos, ejecutado por la
Autoridad de Aplicación, enumerando dicho artículo los objetivos del
citado Programa.
Que la Dirección Nacional de Bosques, en el marco de las competencias
conferidas a partir de su creación y de las derivadas por la plena
vigencia de la Ley Nacional N° 26.331, como Autoridad Nacional de
Aplicación, se encuentra en un proceso de modificación y
fortalecimiento de su estrategia de intervención. Impulsada
principalmente por la maduración general de implementación de la Ley de
Bosques, reflejada en el crecimiento exponencial de la asignación de
fondos del Presupuesto Nacional y el reconocimiento internacional a las
buenas prácticas y consecuentes resultados en la estrategia de
mitigación del cambio climático, derivadas también de la propia ley de
bosques, y reflejadas en la aprobación del primer Proyecto Basado en
los Resultado para la Argentina del Fondo Verde para el Clima que hoy
se encuentra en ejecución desde la Dirección Nacional de Bosques y en
colaboración con la Organización de las Naciones Unidades para la
Agricultura y la Alimentación (FAO).
Que en el marco de la Ley N° 26.331, la REPUBLICA ARGENTINA presentó
ante la Convención de Marco de Naciones Unidas para el Cambio Climático
(CMNUCC) su “Estrategia Nacional de Reducción de Emisiones por
Deforestación y Degradación Forestal” (REDD+) bajo en nombre de “Plan
de Acción Nacional de Bosques y Cambio Climático (PANByCC)”.
Que la estrategia nacional REDD+ citada en el considerando precedente,
contribuirá al compromiso que nuestro país asumió en el marco del
Acuerdo de París, aprobado por la Ley N° 27.270, mediante su
Contribución Nacional Determinada (NDC, por sus siglas en inglés)
actualizada en el año 2021.
Que en el Anexo Técnico de REDD+ del Tercer Informe Bienal de
Actualización de Gases de Efecto Invernadero de la REPÚBLICA ARGENTINA
presentado a la CMNUCC, nuestro país logró acreditar reducción de
emisiones forestales para el periodo 2014-2016.
Que en marzo de 2020 el MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
a través de la Organización de Naciones Unidas para la Alimentación y
la Agricultura (FAO por sus siglas en inglés) presentó el perfil de
Propuesta de Financiamiento para ser presentada ante el Programa Piloto
de Pagos Basados en Resultados REDD+ al Fondo Verde del Clima ante el
Consejo Federal de Ambiente (COFEMA), indicando la distribución de
beneficios y los arreglos de implementación.
Que el Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA) mediante Resolución
N°424 de fecha 04 de marzo de 2020, declaró de interés federal
ambiental la preparación de la propuesta de financiamiento.
Que el 13 de noviembre de 2020 en la 27º Junta del Fondo Verde para el
Clima, se aprobó el proyecto Pagos Basados en Resultados REDD+
Argentina para el Periodo 2014-2016 en el marco del Programa Piloto de
Pagos Basados en Resultados del mencionado fondo, por un monto de
OCHENTA Y DOS MILLONES DE DÓLARES ESTADOUNIDENSES (U$S 82.000.000.-)
los que son co-ejecutados entre el MINISTERIO DE AMBIENTE y DESARROLLO
SOSTENIBLE y la FAO a través de un Acuerdo de Socios Operacionales (OPA
por sus siglas en inglés).
Que el mencionado proyecto incluye entre sus actividades la creación
del Programa Nacional de Extensión Forestal de los Bosques Nativos
(PNEFBN).
Que el Programa Nacional de Extensión se complementa con financiamiento
del Programa Nacional de Protección de Bosques Nativos.
Que el Programa Nacional de Extensión Forestal de los Bosques Nativos,
busca garantizar el crecimiento técnico y el fortalecimiento de las
capacidades de los agentes extensión territorial, manteniendo
actualizado a todo el personal de la Dirección Nacional de Bosques en
todo lo inherente a los aspectos de implementación de la Ley N° 26.331
en las distintas jurisdicciones.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SOSTENIBLE ha tomado intervención en el ámbito de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades comprendidas
en virtud del artículo 23 octies de la Ley N° 22.520 (T.O. Decreto N°
438 de fecha 12 de marzo de 1992), el Decreto N° 7 de fecha 10 de
diciembre de 2019 y del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios.
Por ello,
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. - Créase el “Programa Nacional de Extensión Forestal de
los Bosques Nativos” (PNEFBN), conforme a los fundamentos, objetivos y
acciones que constan en el ANEXO I (IF-2023-19400038-APNDNB#MAD) que
forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°. - La implementación del Programa estará a cargo de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE BOSQUES dependiente de la SECRETARÍA DE POLÍTICA
AMBIENTAL EN RECURSOS NATURALES del MINISTERIO DE AMBIENTE y DESARROLLO
SOSTENIBLE.
ARTÍCULO 3°. – La presente resolución entrará en vigencia al día
siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA.
ARTÍCULO 4°. - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL
DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Juan Cabandie
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 31/05/2023 N° 39815/23 v. 31/05/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
Anexo
I
Programa Nacional de Extensión
Forestal de los Bosques Nativos
Fundamentación:
La Ley de Bosques está actualmente en un periodo de cambios y
crecimiento, con políticas forestales que se enfocan en lograr el
desarrollo forestal con inclusión social como principal estrategia de
conservación y en un momento donde emergen nuevas estrategias técnicas
y financieras.
El MAyDS se ha propuesto como desafío alcanzar un desarrollo
territorial libre de deforestación con inclusión social; con una
propuesta metodológica con y desde el territorio a través de una
multiplicación de interacciones coordinadas con un número considerable
de actores nacionales, regionales, provinciales y comunales. Con esta
estrategia, se busca disminuir las brechas entre los instrumentos de la
política pública, los bosques y quienes los habitan. Es en este marco
que surge el Programa Nacional de Extensión Forestal, quien a través de
sus agentes territoriales debe contribuir a alcanzar estos desafíos
alineados con los objetivos del Proyecto Pago por Resultados de REDD+
de la Argentina para el período 2014-2016 (GCP/ARG/029/GCF), el
Proyecto Fortalecimiento de las capacidades institucionales para la
implementación del Programa Nacional de Protección de los Bosques
Nativos (PNUD ARG 20/001) y otros instrumentos técnicos financieros
disponibles para la mejora de la política forestal nacional.
A pesar de que se puedan suponer similares, la extensión forestal
presenta particularidades y objetivos diferentes a los que
tradicionalmente ha tenido la extensión rural en Argentina, basada en
general en los modelos de desarrollo agropecuarios.
La extensión forestal es entendida, como conjunto multidisciplinario
(facilitador, mediador, educador, capacitados comunicador, tecnólogo)
que propende gestionar capacidades humanas, conceptuales y
metodológicas para alcanzar los resultados deseados del desarrollo
forestal de zonas rurales de influencia del Bosque Nativo.
La extensión forestal en este Programa se define como un proceso
sistemático de intercambio de ideas, conocimientos y técnicas que da
lugar a cambios de actitudes, prácticas, conocimientos, valores y
comportamiento destinados a mejorar la ordenación de bosques y que
comprende todas o algunas de las siguientes funciones: Diagnóstico de
la situación; Transmisión directa o indirecta de asesoramiento,
conocimiento o desarrollo de capacidades técnicas, educación y
sensibilización; Información retrospectiva y análisis de las reacciones
y efectos de la población local; Creación de vínculos entre los
distintos tipos de organizaciones; Seguimiento y evaluación.6
Objetivos
El objetivo general del Programa es promover el desarrollo territorial
a través del uso sostenible de los bosques nativos, en el marco las
estrategias de la Dirección Nacional de Bosques para la mitigación del
cambio climático, compatibilizando el desarrollo social con el
mantenimiento de las funciones y servicios ecosistémicos de los Bosques
Nativos.
Como objetivos específicos se encuentran:
• Promover y desarrollar acciones para
reducir la deforestación y la degradación de bosques nativos.
• Fomentar prácticas de manejo y conservación (adaptadas a los entornos
regionales) de los bosques nativos que incluyan la generación de
empleo, la diversificación productiva y la provisión de servicios
ecosistémicos bajo una estrategia de mitigación del cambio climático.
• Fortalecer las capacidades y el accionar de la DNB a nivel
territorial, para la implementación de políticas e instrumentos
vinculados a la gestión de la 26.331 (Ley de Bosques).
• Liderar la participación de la DNB en los diferentes espacios de
interacción interinstitucional (mesas de trabajo, comités técnicos
regionales o provinciales y otros) requeridos para la correcta
implementación de las actividades encomendadas por las políticas de la
Dirección Nacional de Bosques, incluidas las vinculadas al Proyecto.
Destinatarios
El programa se encuentra diseñado para asistir a tres tipos distintos
de actores claves vinculados a la implementación de la Ley de Bosques:
• Autoridades Locales de Aplicación
(ALA).
• Los tenedores y habitantes de los bosques nativos.
• Técnicos que intervienen en el uso y la conservación del Patrimonio
Forestal Nativo.
Principales líneas de trabajo y tipo de actividades incluidas en el
Programa
Dentro de las principales actividades a desarrollar desde el Programa
se identifican:
• Fortalecimiento institucional de las
Autoridades Locales de Aplicación de la Ley de Bosques.
• Promoción y asistencia técnica de prácticas de manejo forestal
sostenible compatibles con los distintos instrumentos de la Ley de
Bosques incluidos los Planes de Manejo y Conservación en todas sus
formas.
• Promoción y fiscalización de Planes de Manejo y Conservación de la
Ley de Bosques.
o Cuencas Forestales
o Planes Integrales Comunitarios
o Manejo de Bosque con Ganadería Integrada
o Prevención de Incendios
o Restauración
o Especies maderables CITES en Bosques Nativos
• Asistencia en la fiscalización de procesos de actualización de los
Ordenamientos Territoriales de los Bosques Nativos.
• Asistencia territorial y Monitoreo al Sistema de Alerta Temprana de
deforestación.
• Apoyo a la elaboración de la información de estadística forestal.
• Asistencia territorial y monitoreo de programas y proyectos
impulsados por la Dirección Nacional de Bosques, entre ellos:
o Programa de Productoras de Bosques Nativos
o Programa +Ciencia +Bosques
o Programa de Restauración de Bosques Nativos de áreas afectadas por
incendios forestales
o Programa de promoción de productos forestales no madereros
o Programa de mejora continua de acceso a los mercados de productos de
los bosques nativos
Estas líneas de trabajo se abordan a través de distintos instrumentos y
actividades en función del tipo del actor con el cuál se trabaja, el
alcance territorial de cada Unidad Regional de Extensión Forestal y los
acuerdos institucionales alcanzados.
Dentro de estos se encuentran:
a. Actividades de vinculación
institucional y participación en mesas de trabajo interinstitucionales.
b. Prácticas de difusión y sensibilización de los distintos
instrumentos de la política forestal y manejo forestal sostenible.
c. Capacitaciones.
d. Asistencias técnicas por demanda espontánea.
e. Asistencia técnica a partir marcos de trabajo específicos. De manera
transversal, todas estas acciones cuentan con un abordaje de la
perspectiva de género en búsqueda de la obtención de la equidad. Esta
transversalidad es articulada de manera directa con la Coordinación de
Género y Participación del Proyecto.
En el mismo sentido el personal de extensión forestal oficia de
promotor y fiscalizador de las medidas de salvaguardas ambientales y
sociales que estas actividades requieran para su correcto desarrollo.
Forma parte del Programa Nacional de Extensión Forestal el Programa de
formación continua de trabajadores y trabajadoras de la Dirección
Nacional Bosques, entendiendo a este como un proceso de formación
multidireccional que busca brindar las herramientas necesarias para que
las y los agentes de la Dirección Nacional de Bosques involucrados de
diferente manera en la gestión integral de la Ley de Bosques (Ley
26.331), puedan desempeñarse correctamente y favorecer el logro de los
resultados esperados a través de un espacio de formación continua.
Este programa de formación continua busca además de garantizar el
crecimiento técnico y fortalecimiento de capacidades de los agentes
extensión territorial, mantener actualizado a todo el personal de la
Dirección Nacional de Bosques en todo lo inherente a los aspectos de
implementación de la Ley 26.331 en las distintas jurisdicciones.
Unidades Regionales de Extensión
Forestal (URE): alcance territorial y composición
Para el logro de los objetivos mencionados y las tareas a desarrollar
desde el Programa, y en base la experiencia adquirida por la Dirección
Nacional de Bosques a partir de antecedentes como los Nodos Forestales
de Monitoreo de Bosques o las Unidades Ejecutoras Locales de Proyectos
precedentes, es que se propone la conformación de 9 Unidades Regionales
de Extensión Forestal integrados por trabajadores y trabajadoras de la
DNB con alcance territorial en 23 jurisdicciones provinciales.
Cada URE se encuentra basada en territorios de influencia de los
bosques nativos y cuenta con un equipo de extensionistas con perfiles
técnico ambiental o forestal, social y administrativo. La composición
final de cada equipo, los medios materiales requeridos y la locación de
cada técnico u oficina se define en base a:
• La cantidad y tipo de demanda
prevista de actividades de cada región.
• Disposición territorial de las zonas de influencia de los Bosques
Nativos en cada región (dispersión o concentración).
• Cantidad de jurisdicciones en la zona de influencia de cada URE.
La distribución inicial de las URE para asistir a las 23 jurisdicciones
es la siguiente:
• URE 1: Tierra del Fuego y Santa Cruz.
• URE 2: Chubut, Neuquén y Río Negro.
• URE 3: Buenos Aires, Córdoba y La Pampa
• URE 4: Catamarca, La Rioja, Mendoza, San Juan, San Luis
• URE 5: Corrientes, Entre Ríos, Misiones
• URE 6: Santa Fe, Santiago del Estero y Tucumán
• URE 7: Chaco
• URE 8: Formosa
• URE 9: Jujuy y Salta
Esta distribución puede requerir de ajustes tanto en base a la dinámica
de implementación de la Ley 26.331, como a la dinámica propia que
adquieran los distintos programas y proyectos que forman parte de la
política forestal del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de
la Nación. Todos estos ajustes serán integrados en el Documento Técnico
de implementación del Programa.
Financiamiento del Programa Nacional
de Extensión Forestal
Si bien, el Pago por Resultados de REDD+ de la Argentina para el
período 2014-2016 (GCP/ARG/029/GCF) forma parte central del
financiamiento del Programa, este cuenta con la integración de
múltiples formas de financiamiento e integra tanto recursos financieros
como técnicos de las diversas fuentes disponibles por parte del
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Todos los aportes tanto
financieros como en especies formará parte de los reportes anuales de
gestión.