SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
Resolución 487/2023
RESOL-2023-487-APN-PRES#SENASA
Ciudad de Buenos Aires, 30/05/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-56203056- -APN-DGTYA#SENASA; los
Decretos Nros. 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios y 50 del
19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios; la Decisión
Administrativa Nº 1881 del 10 de diciembre de 2018 y sus
modificatorias; las Resoluciones Nros. 520 del 13 de mayo de 2019 y 342
del 7 de junio de 2022, ambas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 50/19 y sus modificatorios se aprobaron el
Organigrama de Aplicación y los Objetivos de la Administración Pública
Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría, y se
establecieron los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los
organismos desconcentrados y descentralizados, entre ellos el SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) como organismo
descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que mediante el Decreto N° 40/07 y sus modificatorios se homologó el
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA).
Que a través de la Decisión Administrativa N° 1881/18 y sus
modificatorias se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo
nivel operativo de este Servicio Nacional.
Que por el Artículo 7° de la mentada decisión administrativa se
estableció que el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA debía aprobar las aperturas inferiores a las
autorizadas por el Artículo 2° de dicha decisión administrativa,
correspondiente al segundo nivel operativo, previa intervención de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL, dependiente de la
SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que mediante la Resolución SENASA N° 520/19 y su modificatoria N°
342/22 se aprobó la estructura organizativa de nivel inferior al
segundo nivel operativo.
Que razones de gestión tornan necesaria la modificación de la estructura organizativa de nivel departamental del Organismo.
Que la medida propuesta no implica erogación presupuestaria alguna para el ESTADO NACIONAL.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN NACIONAL
DE DISEÑO ORGANIZACIONAL, dependiente de la SECRETARÍA DE GABINETE de
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el Artículo 7° de la Decisión Administrativa Nº 1881/18.
Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyense los Anexos Id, Ie, If y Ig del Artículo 1°
de la Resolución N° 520 del 13 de mayo de 2019 del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado actuante
en la órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA, por los que, con igual denominación, obran en
la Planilla Anexa al presente artículo
(IF-2023-57992076-APN-PRES#SENASA), que forma parte integrante de la
presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- Suprímense del Anexo II del Artículo 1° de la Resolución
N° 520 del 13 de mayo de 2019 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, las Acciones de la Coordinación de
Arquitectura y Mantenimiento, dependiente de la Coordinación General
Administrativa de la Dirección de Servicios Administrativos y
Financieros de la Dirección General Técnica y Administrativa del
referido Servicio Nacional.
ARTÍCULO 3°.- Incorpóranse al Anexo II del Artículo 1° de la Resolución
N° 520 del 13 de mayo de 2019 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, las Acciones de la Coordinación de Gestión de
Proyectos Informáticos y de la Coordinación de Desarrollo de Proyectos
de Software, ambas con dependencia de la Dirección de Tecnología de la
Información; de la Coordinación de Arquitectura y de la Coordinación de
Servicios Generales y Mantenimiento, ambas con dependencia de la
Dirección de Servicios Administrativos y Financieros; y de la
Coordinación de Articulación Administrativa, todas ellas de la
Dirección General Técnica y Administrativa del mencionado Servicio
Nacional, de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al
presente artículo (IF-2023-57992062-APN-PRES#SENASA), que forma parte
integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 4°.- Incorpóranse al Anexo II del Artículo 1° de la Resolución
N° 520 del 13 de mayo de 2019 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, las Acciones de la Coordinación de Bioinsumos,
dependiente de la Dirección de Agroquímicos y Biológicos de la
Dirección Nacional de Protección Vegetal del aludido Servicio Nacional,
de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente
artículo (IF-2023-57992045-APN-PRES#SENASA), que forma parte integrante
de la presente resolución.
ARTÍCULO 5°.- El cumplimiento de la presente medida será asignado a los
créditos de la Entidad 623 – SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Diana Guillen
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 31/05/2023 N° 40117/23 v. 31/05/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII)