MINISTERIO DE CULTURA
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN DE PROYECTOS CULTURALES
Disposición 6/2023
DI-2023-6-APN-DNPPC#MC
Ciudad de Buenos Aires, 31/05/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-59318134- -APN-DGD#MC, la Resolución N°
5 de fecha 6 de enero de 2023 del MINISTERIO DE CULTURA, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución M.C. N° 5/23 (RESOL-2023-5-APN-MC) se aprobó y
declaró abierta la TERCERA CONVOCATORIA NACIONAL DEL PROGRAMA DE APOYO
A FERIAS DEL LIBRO DEL PAÍS, de conformidad con el Reglamento Técnico
de Bases y Condiciones que como ANEXO I
(IF-2022-137709021-APN-DNPPC#MC), ANEXO II (IF-2022-135101537-
APN-DNPPC#MC), ANEXO III (IF-2022-134985571-APN-DNPPC#MC) y ANEXO IV
(IF-2022-134977028-APN-DNPPC#MC) forman parte integrante de la citada
medida.
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 3º de la
mencionada norma, la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN DE PROYECTOS
CULTURALES dependiente de la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL es la
autoridad de aplicación e interpretación del Programa.
Que según lo estipulado en los apartados 5.1 y 5.2 del Reglamento
Técnico de Bases y Condiciones, registrado como ANEXO I
(IF-2022-137709021-APN-DNPPC#MC), la convocatoria comprenderá DOS (2)
llamados.
Que el primer llamado dió comienzo el día 11 de enero y finalizó el día
9 de febrero del corriente año, mientras que el segundo llamado se
habilitó el día 2 de mayo y se extenderá hasta el día 31 de mayo.
Que, conforme el apartado 5.3 del mencionado Reglamento, y con el
objeto de garantizar la adecuada difusión de la convocatoria, asi´ como
la amplitud y pluralidad en la participación, la autoridad de
aplicación podrá prorrogar el plazo de inscripción.
Que se considera oportuno y necesario disponer la ampliación del plazo
para la inscripción, a fin de garantizar una mayor amplitud y
pluralidad de la Convocatoria, y asegurar una mayor participación y
difusión del Programa, así como también garantizar la consecución del
objeto del mismo.
Que, asimismo, y de acuerdo con lo establecido en el apartado 6.1 del
Reglamento precitado, la selección de las propuestas ganadoras estará a
cargo de un jurado compuesto por TRES (3) miembros titulares y UN (1)
suplente, de los cuales DOS (2) serán representantes del MINISTERIO DE
CULTURA DE LA NACIÓN y DOS (2) representantes destacados del ámbito
cultural y del libro.
Que por tal razón, corresponde además designar a los/as especialistas
que intervendrán en la selección antedicha, teniendo en cuenta sus
antecedentes que acreditan una amplia y relevante actuación en la
materia.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades
otorgadas por la Resolución M.C. N° 5/23 (RESOL-2023-5-APN-MC).
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE PROYECTOS CULTURALES
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Prorrogar, hasta el día martes 6 de junio de 2023
inclusive, el plazo de inscripción correspondiente a la TERCERA
CONVOCATORIA NACIONAL DEL PROGRAMA DE APOYO A FERIAS DEL LIBRO DEL PAÍS
- SEGUNDO LLAMADO, aprobada por la Resolución M.C. Nº 5/23
(RESOL-2023-5-APN-MC).
ARTÍCULO 2°.- Designar la nómina de jurados correspondiente a la
TERCERA CONVOCATORIA NACIONAL DEL PROGRAMA DE APOYO A FERIAS DEL LIBRO
DEL PAÍS - SEGUNDO LLAMADO, conforme el detalle del ANEXO I Jurado
Ferias 2023 - Segundo llamado (IF-2023-59278126-APN-DNPPC#MC) que forma
parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.
Maria Agustina Balduzzi
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 02/06/2023 N° 40609/23 v. 02/06/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)