MINISTERIO DE CULTURA

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE ESPACIOS Y PROYECTOS ESPECIALES

Disposición 96/2023

DI-2023-96-APN-SSGEYPE#MC

Ciudad de Buenos Aires, 31/05/2023

VISTO el Expediente Nº EX-2022-94107428- -APN-DGD#MC, el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Resolución N° 1818 de fecha 24 de octubre de 2022 del registro del MINISTERIO DE CULTURA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución M.C. N° 1818/22 (RESOL-2022-1818-APN-MC) se aprobó el régimen tarifario, con el propósito de establecer el canon base para el uso temporal, precario y no exclusivo de los espacios físicos disponibles del CENTRO CULTURAL DEL BICENTENARIO “PRESIDENTE DR. NÉSTOR CARLOS KIRCHNER” a fin de desarrollar actividades o eventos artísticos, culturales, diplomáticos, sociales, científicos y de interés ciudadano, conforme la reglamentación.

Que conforme lo establece el Artículo 3° de la Resolución antes mencionada, se designó a la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE ESPACIOS Y PROYECTOS ESPECIALES como Autoridad de Gestión y Aplicación de la medida que se propicia.

Que el Artículo 4° de dicha medida instituye en la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE ESPACIOS Y PROYECTOS ESPECIALES la facultad de eximir total o parcialmente del canon a toda entidad cuando razones de oportunidad, mérito y conveniencia así lo ameriten.

Que la SUBSECRETARIA DE GESTION ADMINISTRATIVA solicitó, mediante Nota Nº NO-2022-128895815-APN-SSGA#MC, la intervención del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN, actuante en la órbita del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, con la finalidad de actualizar el régimen tarifario para el uso temporal, precario y no exclusivo de los espacios físicos disponibles del CENTRO CULTURAL DEL BICENTENARIO “PRESIDENTE DR. NÉSTOR CARLOS KIRCHNER.

Que el TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN, actuante en la órbita del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, ha tomado la intervención de su competencia, según consta en el Informe Nº IF-2023-15834487-APNTTN#MOP.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 50/19 y sus modificatorios, y la Resolución M.C. N° 1818/22.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE ESPACIOS Y PROYECTOS ESPECIALES

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Régimen tarifario mediante el cual se fijan los valores del canon base por el uso precario, temporal y no exclusivo de los espacios del CENTRO CULTURAL DEL BICENTENARIO “PRESIDENTE DR. NÉSTOR CARLOS KIRCHNER” que, como ANEXO (IF-2023-34943243- APN-SSGEYPE#MC), forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.

Martin Bonavetti

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 02/06/2023 N° 41037/23 v. 02/06/2023

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)


ANEXO

RÉGIMEN TARIFARIO

VALORES DEL CANON POR EL USO PRECARIO, TEMPORAL Y NO EXCLUSIVO DE LOS ESPACIOS DEL CENTRO CULTURAL DEL BICENTENARIO “PRESIDENTE DR. NÉSTOR CARLOS KIRCHNER”

Sala Argentina: PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS CINCUENTA MIL ($ 1.550.000,-)

Plaza del Centro: PESOS QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL ($ 597.000,-)

Sala 102 1º P: PESOS CIENTO OCHENTA Y SEIS MIL ($ 186.000,-)

Sala 121 1º P: PESOS CIENTO OCHENTA Y SEIS MIL ($ 186.000,-)

Salón de Honor: PESOS SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL ($ 688.000,-)

Salón de los Escudos: PESOS OCHOCIENTOS VENTISEIS MIL ($ 826.000,-)

Auditorio 411: PESOS CIENTO NOVENTA Y TRES MIL ($ 193.000,-)

Auditorio 413: PESOS CIENTO NOVENTA Y TRES MIL ($ 193.000,-)

Sala Herradura 412: PESOS DOSCIENTOS DOCE MIL ($ 212.000,-)

Sala Sinfónica: $ 4.240.000,- (PESOS CUATRO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MIL)

Terraza Sala Sinfónica: PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL ($ 277.000,-)

Auditorio 511: PESOS CIENTO NOVENTA Y CINCO MIL ($ 195.000,-)

Auditorio 513: PESOS CIENTO NOVENTA Y CINCO MIL ($ 195.000,-)

Auditorio 612: PESOS CIENTO NOVENTA Y CINCO MIL ($ 195.000,-)

Auditorio 614: PESOS CIENTO NOVENTA Y CINCO MIL ($ 195.000,-)

Sala Federal: PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL ($ 443.000,-)

Hemeroteca: PESOS CIENTO TREINTA Y UN MIL ($ 131.000,-)

Cúpula: PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL ($ 1.285.000,-)

Foyer s/Cúpula: PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL ($ 356.000,-)

Gastronomía: PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y DOS MIL ($ 332.000,-)

Gastronómico 04: PESOS OCHENTA Y DOS MIL ($ 82.000,-)

Gastronómico 08: PESOS OCHENTA Y DOS MIL ($ 82.000,-)