MINISTERIO DE ECONOMÍA

DIRECCIÓN NACIONAL DE COORDINACIÓN Y FISCALIZACIÓN PESQUERA

Disposición 5/2023

DI-2023-5-APN-DNCYFP#MAGYP

Ciudad de Buenos Aires, 05/06/2023

VISTO el Expediente N° EX-2021-91913609- -APN-DGD#MAGYP del Registro del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549, el Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto N° 1.759/72 T.O 2017, la Ley N° 24.922 y sus modificatorias, y la Decisión Administrativa N° 1.441 de fecha 8 de agosto de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que por conducto de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y el Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto N° 1.759/72 T.O. 2017, se establecieron las normas de los procedimientos administrativos que se aplican en el ámbito de la Administración Pública Nacional centralizada y descentralizada.

Que mediante el Artículo 2° de la Decisión Administrativa N° 1.441 de fecha 8 de agosto de 2020, se aprobó la estructura organizativa de segundo nivel operativo del ex - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

Que resulta menester incorporar toda la información, normativa legal vigente y/o instrucciones sobre la organización operativa de la Dirección de Control y Fiscalización de la Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, detallando minuciosamente los procedimientos efectuados diariamente relativos al control y la fiscalización de buques pesqueros que operan en aguas de dominio y jurisdicción nacional.

Que a través del Memorándum N° ME-2021-01653176-APN-DNCYFP#MAGYP de fecha 7 de enero de 2021, la mencionada Dirección Nacional instruyó a la citada Dirección de Control y Fiscalización a confeccionar los Manuales de Procedimientos correspondientes a su funcionamiento interno.

Que asimismo, la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA en el marco del Comité de Control Interno del ex - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha requerido la necesidad de redactar Manuales de Procedimientos del sistema de control y fiscalización de los buques pesqueros en el desarrollo de la actividad pesquera.

Que a raíz de lo expuesto en el considerando precedente, se ha motivado la aprobación y publicación del Manual de Procedimientos Administrativos de la Dirección de Control y Fiscalización de la referida Dirección Nacional.

Que la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente acto se dicta conforme las facultades otorgadas por la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549, el Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto N° 1.759/72 T.O. 2017, y por la Decisión Administrativa N° 1.441 de fecha 8 de agosto de 2020.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE COORDINACIÓN Y FISCALIZACIÓN PESQUERA

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Manual de Procedimientos Administrativos de la Dirección de Control y Fiscalización de la Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA que, como Anexo, forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Julian Suarez

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 06/06/2023 N° 41848/23 v. 06/06/2023

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)

(Anexo sustituido por art. 1° de la Disposición N° 5/2023 de la Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera B.O. 8/12/2023. Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.)