MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 802/2023
RESOL-2023-802-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 15/06/2023
Visto el expediente EX-2022-124041498- -APN-DGD#MAGYP, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del Plan
de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2023 formulado por el
Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM), ente de Derecho Público no
Estatal con jurisdicción en todo el territorio de la República
Argentina.
Que en el artículo 33 del decreto 1240 del 12 de julio de 2002 se
establece que el presupuesto del Instituto Nacional de la Yerba Mate
(INYM) será remitido para su aprobación por parte del Poder Ejecutivo
Nacional en los términos establecidos para las instituciones del Sector
Público Nacional definidas en el inciso c del artículo 8° de la ley
24.156.
Que mediante el artículo 49 del anexo al decreto 1344 del 4 de octubre
de 2007 se delegó en el actual Ministro de Economía la aprobación de
los presupuestos de las entidades comprendidas en los incisos b y c del
artículo 8° de la ley 24.156.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la Oficina
Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto
de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, sobre la
medida propiciada.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta resolución se dicta en virtud de las facultades previstas en
el artículo 49 de la ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1344/2007.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el
ejercicio 2023 del Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM), ente de
Derecho Público no Estatal con jurisdicción en todo el territorio de la
República Argentina, de acuerdo con el detalle obrante en los anexos I
(IF-2023-61102089-APN-SSP#MEC) y II (IF-2023-61102142-APN-SSP#MEC), que
integran esta medida.
ARTÍCULO 2°.- Estímanse en la suma de tres mil setenta y tres millones
doscientos cuarenta y seis mil doscientos cuarenta pesos ($
3.073.246.240) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de dos mil
setecientos veintiún millones quinientos setenta y cuatro mil noventa y
seis pesos ($ 2.721.574.096) los gastos corrientes, y como consecuencia
de ello apruébase el Resultado Económico (Ahorro) estimado en la suma
de trescientos cincuenta y un millones seiscientos setenta y dos mil
ciento cuarenta y cuatro pesos ($ 351.672.144), de acuerdo con el
detalle que figura en las planillas del anexo II
(IF-2023-61102142-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 3°.- Estímanse en la suma de cincuenta y tres millones
quinientos mil pesos ($ 53.500.000) los recursos de capital y fíjanse
en la suma de cuatrocientos cincuenta y cinco millones doscientos
sesenta y cuatro mil doscientos sesenta y un pesos ($ 455.264.261) los
gastos de capital, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado
Financiero (Déficit) estimado en la suma de cincuenta millones noventa
y dos mil ciento diecisiete pesos ($ 50.092.117), de acuerdo con el
detalle que figura en las planillas del anexo II
(IF-2023-61102142-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Sergio Tomás Massa
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 21/06/2023 N° 45887/23 v. 21/06/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)