MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 803/2023
RESOL-2023-803-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 15/06/2023
Visto el expediente EX-2023-60053669-APN-DGDA#MEC, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del Plan
de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2023 formulado por
Yacimientos Mineros de Agua de Dionisio (YMAD) actuante en el ámbito de
la Secretaría de Minería dependiente del Ministerio de Economía.
Que la ley 24.156 contiene en el Capítulo III del Título II, el Régimen
Presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes
Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la Oficina
Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto
de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, sobre la
medida propiciada.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta resolución se dicta en virtud de las facultades previstas en
el artículo 49 de la ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1344 del
4 de octubre de 2007.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el
ejercicio 2023 de Yacimientos Mineros de Agua de Dionisio (YMAD)
actuante en el ámbito de la Secretaría de Minería dependiente del
Ministerio de Economía, de acuerdo con el detalle obrante en los anexos
I (IF-2023-62888141-APN-SSP#MEC) y II (IF-2023-62888319-APN-SSP#MEC)
que integran esta resolución.
ARTÍCULO 2°.- Estímanse en la suma de diez mil quinientos veintitrés
millones doscientos treinta y cinco mil trescientos cuarenta y siete
pesos ($ 10.523.235.347) los ingresos de operación y fíjanse en la suma
de nueve mil novecientos cuarenta y nueve millones ciento doce mil
setecientos sesenta y cinco pesos ($ 9.949.112.765) los gastos de
operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo
(Ganancia de Operación) estimado en la suma de quinientos setenta y
cuatro millones ciento veintidós mil quinientos ochenta y dos pesos ($
574.122.582), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del
anexo II (IF-2023-62888319-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 3°.- Estímanse en la suma de once mil trescientos setenta y un
millones ochocientos sesenta y dos mil novecientos diecisiete pesos ($
11.371.862.917) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de nueve
mil novecientos cuarenta y nueve millones ciento doce mil setecientos
sesenta y cinco pesos ($ 9.949.112.765) los gastos corrientes, y como
consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (Ahorro) estimado
en la suma de mil cuatrocientos veintidós millones setecientos
cincuenta mil ciento cincuenta y dos pesos ($ 1.422.750.152), de
acuerdo con el detalle que figura en las planillas del anexo II
(IF-2023-62888319-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 4°.- Estímanse en la suma de cero pesos ($ 0) los recursos de
capital y fíjanse en la suma de dos mil setecientos cuarenta y nueve
millones setecientos sesenta y un mil pesos ($ 2.749.761.000) los
gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el
Resultado Económico establecido en el artículo 3° de esta resolución,
estímase el Resultado Financiero (Déficit) para el ejercicio 2023 en la
suma de mil trescientos veintisiete millones diez mil ochocientos
cuarenta y ocho pesos ($ 1.327.010.848), de acuerdo con el detalle
obrante en las planillas del anexo II (IF-2023-62888319-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Sergio Tomás Massa
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 21/06/2023 N° 45878/23 v. 21/06/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)