MINISTERIO DE ECONOMÍA
SECRETARÍA DE ENERGÍA
Resolución 521/2023
RESOL-2023-521-APN-SE#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 21/06/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-48393944-APN-SE#MEC, y los Expedientes
Nros. EX-2023-59257500-APN-SE#MEC y EX-2023-62671037-APN-SE#MEC,
vinculados en tramitación conjunta, las Leyes Nros. 17.319 y 24.076, el
Decreto N° 892 de fecha 13 de noviembre de 2020, y su modificatorio
Decreto N° 730 de fecha 3 de noviembre de 2022, la Resolución N° 770 de
fecha 11 de noviembre de 2022 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 892 de fecha 13 de noviembre de 2020, y su
modificatorio Decreto N° 730 de fecha 11 de noviembre de 2022, se
aprobó el “PLAN DE REASEGURO Y POTENCIACIÓN DE LA PRODUCCIÓN FEDERAL DE
HIDROCARBUROS, EL AUTOABASTECIMIENTO INTERNO, LAS EXPORTACIONES, LA
SUSTITUCIÓN DE IMPORTACIONES Y LA EXPANSIÓN DEL SISTEMA DE TRANSPORTE
PARA TODAS LAS CUENCAS HIDROCARBURÍFERAS DEL PAÍS 2023-2028”.
Que a fin de dar cumplimiento a la instrucción recibida por el Decreto
N° 892/20, y su modificatorio Decreto N° 730/22, esta Secretaría
instrumentó, a través de la Resolución N° 770 de fecha 11 de noviembre
de 2022, un procedimiento de oferta y competencia de precios a los
efectos de adjudicar volúmenes uniformes de gas natural provenientes de
todas las cuencas productivas del país, así como a la celebración de
contratos directos entre las empresas productoras y distribuidoras, por
un lado, y entre las primeras y la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO
MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), por el otro.
Que, a tales efectos, esta Secretaría convocó a un Concurso Público
Nacional, mediante el Artículo 2° de la Resolución N° 770/22 con el
objeto de promover, por un lado: a) la extensión de los compromisos
asumidos por aquellos adjudicatarios que realizaron ofertas en las
Provincias del CHUBUT y SANTA CRUZ en el marco de los procedimientos
realizados para el Concurso Público Nacional “RONDA #1 –CONCURSO
PÚBLICO NACIONAL - PLAN DE PROMOCIÓN DE LA PRODUCCIÓN DEL GAS NATURAL
ARGENTINO–ESQUEMA DE OFERTA Y DEMANDA 2020-2024”, convocado mediante la
Resolución N° 317/20 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA y adjudicado mediante
la Resolución N° 391/20, modificada por Resolución N° 447/20, ambas de
la SECRETARÍA DE ENERGÍA, y b) la presentación de proyectos de Gas
Incremental en las Cuencas Austral y Noroeste, bajo la figura de Plan
de Actividad Incremental, conforme la definición del Punto 4.26 del
Anexo del Decreto N° 892/20, sustituido por el Decreto N° 730/22; en
los términos del Pliego de Bases y Condiciones que como Anexo II
(IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC) forma parte integrante de la resolución
citada.
Que en el marco de la convocatoria establecida por el Inciso b) del
Artículo 2° de la Resolución N° 770/22 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, el
día 28 de abril de 2023 la empresa PETROMINERA CHUBUT SOCIEDAD DEL
ESTADO presentó un Plan de Actividad Incremental, en los términos del
Pliego de Bases y Condiciones del Anexo II “CONCURSO PÚBLICO NACIONAL -
PLAN DE REASEGURO Y POTENCIACIÓN DE LA PRODUCCIÓN FEDERAL DE
HIDROCARBUROS, EL AUTOABASTECIMIENTO INTERNO, LAS EXPORTACIONES, LA
SUSTITUCIÓN DE IMPORTACIONES Y LA EXPANSIÓN DEL SISTEMA DE TRANSPORTE
PARA TODAS LAS CUENCAS HIDROCARBURÍFERAS DEL PAÍS 2023-2028 - RONDA 5 –
CUENCAS AUSTRAL Y NOROESTE” (IF-2022-121955152-APN-SSH#MEC) que integra
la mencionada Resolución N° 770/22 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA.
Que en atención a lo dispuesto por los Artículos 14, 15 y 16 del
mencionado Pliego de Bases y Condiciones, la Comisión Evaluadora elevó
el dictamen N° IF-2023-62789832-APN-SSH#MEC, en el que se analizó la
oferta presentada y se efectuó la correspondiente recomendación de
adjudicación.
Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto administrativo de
adjudicación, de conformidad con lo dispuesto en el Punto 2 del
Artículo 17 de los Pliegos.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el Apartado IX del Anexo II del Decreto N° 50 de fecha 19 de
diciembre de 2019 y sus modificatorios y los Artículos 2°, 3° y 4° del
Decreto N° 892/20 y su modificatorio.
Por ello,
LA SECRETARIA DE ENERGÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Adjudícanse los volúmenes de gas natural en el marco del
Concurso Público Nacional realizado a través del Inciso b) del Artículo
2° de la Resolución N° 770/22 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, conforme al
detalle que surge del Anexo I (IF-2023-62814200-APN-SSH#MEC), que forma
parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Apruébase el Modelo de Contrato que deberán suscribir la
empresa PETROMINERA CHUBUT SOCIEDAD DEL ESTADO con la COMPAÑÍA
ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO S.A. (CAMMESA), en el
marco de la adjudicación realizada a través del Artículo 1° de la
presente resolución, y que como Anexo II (IF-2023-62814654-APN-SSH#MEC)
forma parte de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a los oferentes del Concurso Público Nacional
convocado a través del Inciso b) del Artículo 2° de la Resolución N°
770/22 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, de conformidad con lo dispuesto por
el Artículo 39 y siguientes del Reglamento de Procedimientos
Administrativos. Decreto N° 1.759/72 T.O. 2017.
ARTÍCULO 4°.- Notifíquese a las Distribuidoras y Subdistribuidoras que
hayan adherido al “PLAN DE REASEGURO Y POTENCIACIÓN DE LA PRODUCCIÓN
FEDERAL DE HIDROCARBUROS, EL AUTOABASTECIMIENTO INTERNO, LAS
EXPORTACIONES, LA SUSTITUCIÓN DE IMPORTACIONES Y LA EXPANSIÓN DEL
SISTEMA DE TRANSPORTE PARA TODAS LAS CUENCAS HIDROCARBURÍFERAS DEL PAÍS
2023-2028”, establecido en el Decreto N° 730 de fecha 3 de noviembre de
2022, en los términos del Artículo 3° de la Resolución N° 770/22 de la
SECRETARÍA DE ENERGÍA, a ENARSA y a CAMMESA.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Flavia Gabriela Royón
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 22/06/2023 N° 46874/23 v. 22/06/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)