AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

Resolución 349/2023

RESOL-2023-349-APN-D#ARN

Ciudad de Buenos Aires, 22/06/2023

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, su Decreto Reglamentario N° 1390/98, lo actuado en el Expediente Electrónico N° 35448398/22 de la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a), de la Ley N° 24.804 citada en el VISTO, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la REPÚBLICA ARGENTINA, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la Licencia, Permiso o Autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.

Que, asimismo, la referida Ley en su Artículo 16, Inciso c) establece que es facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar Licencias, Permisos o Autorizaciones para los usuarios de material radiactivo.

Que, mediante Nota N° 120276089/21, de fecha 11 de diciembre de 2021, la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA) solicitó a esta ARN el otorgamiento de la Licencia de Operación de la Instalación Clase II, denominada “DEPÓSITO CENTRALIZADO DE RESIDUOS RADIACTIVOS (DCRR)”, ubicada en el Centro Atómico Bariloche.

Que el Artículo 26 de la Ley N° 24.804 establece como obligación para los usuarios de material radiactivo el pago de la tasa regulatoria.

Que de acuerdo a los registros de la GERENCIA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS - SECTOR FACTURACIÓN Y COMERCIO EXTERIOR de la ARN, la CNEA adeuda el pago de la tasa regulatoria previsto en el Artículo 26 de la Ley N° 24.804, conforme surge de la factura N° 0001- 00064674.

Que, mediante Nota N° 64495107/23 de la GERENCIA GENERAL, del 6 de junio del 2023, el Gerente General de la CNEA solicitó la prosecución del trámite de obtención de la Licencia de Operación de la Instalación.

Que, conforme a las actividades que prevé realizar la Instalación Clase II “DEPÓSITO CENTRALIZADO DE RESIDUOS RADIACTIVOS (DCRR)”, resulta de interés público dado que la misma es de vital importancia por tratarse de un lugar destinado a centralizar el almacenamiento de los residuos radiactivos sólidos de muy bajo y bajo nivel de actividad generados en el sitio Centro Atómico Bariloche (CAB) hasta tanto puedan ser gestionados por el Programa Nacional de Gestión de Residuos Radiactivos (PNGRR) para su disposición final.

Que el otorgamiento de una Licencia de Operación a un usuario de material radiactivo que no ha dado cumplimiento al pago de la tasa regulatoria exigido por el Artículo 26 de la Ley N° 24.804, conlleva una excepción a lo dispuesto en la citada normativa.

Que las SUBGERENCIAS CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS CLASE I Y DEL CICLO DE COMBUSTIBLE NUCLEAR y CONTROL DE LAS SALVAGUARDIAS Y PROTECCIÓN FÍSICA, la ACTIVIDAD ACTUALIZACIÓN SISTEMA DE LICENCIAMIENTO DE ARN y la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA FÍSICA Y SALVAGUARDIAS recomiendan dar curso favorable al otorgamiento de la Licencia de Operación de la Instalación Clase II, denominada “DEPÓSITO CENTRALIZADO DE RESIDUOS RADIACTIVOS (DCRR)”, por cuanto se ha dado cumplimiento a los procedimientos regulatorios previstos en dicho trámite y se ha verificado que la Instalación se ajusta a los requerimientos de la normativa regulatoria de aplicación vigente.

Que la GERENCIA ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado en el trámite la intervención correspondiente.

Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en el Artículo 22, Inciso a) de la Ley N° 24.804.

Por ello, en su reunión de fecha 16 de junio de 2023 (Acta N° 25),

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

RESOLVIÓ:

ARTÍCULO 1°.- Otorgar la Licencia de Operación solicitada por la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA) para la Instalación Clase II “DEPÓSITO CENTRALIZADO DE RESIDUOS RADIACTIVOS (DCRR)”, ubicada en el Centro Atómico Bariloche, cuya versión se adjunta como Anexo a la presente Resolución, en excepción a lo establecido en el Artículo 26 de la Ley N° 24.804.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL y a la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS. Notifíquese a la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA), en su carácter de ENTIDAD RESPONSABLE. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA y archívese.

Agustin Arbor Gonzalez

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.

e. 23/06/2023 N° 47128/23 v. 23/06/2023