CONSEJO PROFESIONAL DE INGENIERÍA DE TELECOMUNICACIONES, ELECTRÓNICA Y COMPUTACIÓN

Resolución 3/2023

Ciudad de Buenos Aires, 12/06/2023

Visto

El asunto COPITEC N° 54297 por el cual la Comisión TIC/Subcomisión FO eleva la propuesta de Recomendación vinculada con las mejores prácticas en el despliegue de las Redes de Acceso Ópticas, y

Considerando:

Que organismos internacionales mundiales y regionales de manera permanente producen recomendaciones técnicas y de servicio para la actualización tecnológica y el mejoramiento de las prestaciones, tal el caso UIT, CITEL, Mercosur, FBA, etc.

Que en el orden nacional IRAM produce normas para los cables y componentes de Fibra Óptica

Que responde a razones de interés profesional que el COPITEC adopte la iniciativa de presentar una recomendación de alcance nacional, proponiendo un nivel de calidad mínimo para proyectos de las Redes de Acceso Ópticas, siguiendo el formato UIT- T serie G.

Que el país no cuenta con un reglamento técnico para redes de la fibra óptica y que se hace imprescindible contar con elementos orientativos en materia normativa, no vinculantes, que sirvan para consulta de quienes desarrollen, construyan, diseñen, instalen y usen de las redes de Fibra Óptica

Que es necesario orientar al mundo el trabajo, de la industria, del comercio y de los servicios sobre los mejores usos, practicas desarrollos y diseños actualizados en materia de redes de Fibra Óptica

Que la Subcomisión de Fibra Óptica entiende que hay muy pocas especificaciones, con parámetros técnicos para las redes que cumplan con el arte de la buena ingeniería y la experiencia profesional volcados en un único cuerpo de recomendaciones.

Que la Subcomisión de FO también entiende que es necesario llegar a un cuerpo de Recomendaciones que tomando como base lo efectuado en el COPITEC llegue a diversos sectores donde es necesaria la orientación sobre el desarrollo de estas redes, por lo que la idea es convocar a los diversos actores (Consejos, Cámaras del sector, Laboratorios Organismos del Estado, etc.) que actúan en este tema para que de manera contributiva aporten sus conocimientos y experiencia para la realización de este cuerpo de Recomendaciones.

Que en base a las Recomendaciones emitidas por las entidades nacionales e internacionales y de manera contributiva el COPITEC puede adoptar toda normativa internacional y volcarla como recomendación en el orden nacional para el mejoramiento y economía de los sistemas y servicios que hacen uso de la Fibra Óptica

Que para el desarrollo de las redes de telecomunicaciones es conveniente y necesario estar debidamente respaldado por procedimientos conforme a las buenas prácticas profesionales de la ingeniería, para preservar eficazmente el interés público y en resguardo del adecuado ejercicio profesional ejercido por ingenieros y técnicos especializados en telecomunicaciones.

Que el COPITEC es la entidad profesional en la cual el Estado Nacional ha delegado el control sobre el ejercicio de la profesión de la ingeniería especializada en el ámbito nacional, de manera acorde con la naturaleza federal de las telecomunicaciones, conforme al Decreto-Ley 6070/58, ratificado por la Ley 14467.

Que en esa línea de acción, los Consejos Profesionales integrantes del sistema creado por el referido D.L. 6070/58, disponen de la posibilidad para proponer recomendaciones a los actores que operan en los distintos sectores sujetos a una intensa evolución técnica.

Que en el Acta N° 1148 de fecha 17/05/2022, se informa a la CD que se está propiciando la creación de un grupo de trabajo destinado a elaborar Recomendaciones técnicas de fibra óptica para plantel exterior, destacándose que ya se ha propiciado oportunamente el reglamento actual para plantel interior que ha sido sancionado por Res 2021-292 APN-SIP#JGM de la SubSetic/ 2021.

Que mediante Nota 54297/1 de la Comisión TIC/Subcomisión Fibra Óptica se han elevado a la Mesa Ejecutiva los trabajos elaborados en el seno de la Subcomisión con el contenido del trabajo realizado para la confección de una Recomendación para el despliegue de las Redes de Acceso Ópticas (plantel exterior)

Que este Consejo Profesional tiene la atribución para adoptar la presente recomendación, en virtud de lo establecido por las disposiciones del citado Cuerpo Legal. – DL 6070/58

Que ha tomado intervención la Asesoría Legal de la Institución,

Por ello,

El CONSEJO PROFESIONAL DE INGENIERÍA DE TELECOMUNICACIONES, ELECTRÓNICA Y COMPUTACIÓN

Resuelve:

Artículo 1: Proceder a aprobar como Anexo I del presente, el documento denominado “Recomendaciones para Diseño y Proyecto. Redes de acceso, FTTX - Recomendación COPITEC N° 1.0 FO-2023”.

Articulo 2°- Regístrese, comuníquese a los organismos públicos competentes, Cámaras y Federaciones del sector TIC; publíquese en el Boletín Oficial y en la página web del COPITEC, y oportunamente archívese.

Miguel Angel Pesado - Tulio R. Brusco

Anexo I

https://www.copitec.org.ar/wp-content/uploads/2023/06/RECOMENDACION-Red-de-Acceso-FTTH_1_0_FO_2.pdf

e. 23/06/2023 N° 46901/23 v. 23/06/2023